Sttishs Cuarta querella de Arriaga Asociados contra magistrados por fallar contra la jurisprudencia del TJUE sobre el IRPH
Se trata de un juzgado habilitado expresamente para tratar las cláusulas abusivas, cuyas sentencias, según Jesús María Ruiz de Arriaga, socio director de Arriaga Asociados, estaban saliendo prácticamente «con cuentagotas».

El Defensor del Pueblo recomienda crear un nuevo juzgado de Primera Instancia en Madrid tras la denuncia de Arriaga Asociados sobre el ‘colapso crónico’ del 101 Bis

Al Ministerio de Justicia, a la Consejería de Justicia de la Comunidad de Madrid y al Consejo General del Poder Judicial

23 / 09 / 2022 10:37

Actualizado el 09 / 02 / 2024 12:22

El Defensor del Pueblo ha recomendado al Ministerio de Justicia la creación de un nuevo juzgado de Primera Instancia en Madrid que tenga atribuido en exclusiva el conocimiento de «acciones individuales sobre condiciones generales de la contratación incluidas en contratos de financiación con garantías reales inmobiliarias cuyo prestatario sea una persona física», con el objetivo de reforzar el trabajo del Juzgado 101 Bis, especializado en cláusulas abusivas.

Atiende así la queja presentada por Arriaga Asociados sobre el «colapso crónico» de este juzgado. Esta firma, dirigida por Jesús María Ruiz de Arriaga, representa a «más de 31.000 clientes perjudicados por la parálisis del juzgado 101 Bis, creado al efecto de dar salida a casos que afectaban de manera masiva a consumidores como las cláusulas suelo, los gastos hipotecarios, el índice IRPH o la hipoteca multidivisa».

Arriaga Asociados explica que los más de 31.000 casos que ha tramitado en el 101 Bis, que se encuentran actualmente en distintas fases procesales, tienen en común que «el 90% fue presentado ya entre los años 2017 y 2019» y que de casi 20.000 de ellos «no se ha emitido a los abogados ni a los procuradores ningún tipo de notificación desde la presentación de la demanda». 

A esto se añade, según indica, que sólo en admitir a trámite la demanda, está tardando entre 30 y 40 meses, por lo que «no solamente no se está mitigando el problema, sino que el escenario empeora, ya que la consecuencia inevitable será que habrá consumidores que conozcan su sentencia 6 años después de presentar la demanda».

«Su funcionamiento es desesperantemente lento, dado que si a nivel nacional el plazo de admisión a trámite se encuentra situado en menos de un año, en Madrid supera los cuatro años de espera», precisa.

Ante esta situación, el pasado mes de mayo presentó varios escritos de queja ante distintas instituciones denunciando la situación de «parálisis» del 101 Bis, entre ellas el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El Defensor del Pueblo también ha recomendado a la Consejería de Presidencia de la Comunidad de Madrid y al CGPJ que valoren la procedencia de incorporar en el informe correspondiente para la propuesta de programación de desarrollo de la Planta Judicial de 2022 que debe ser remitido al Ministerio de Justicia para su estudio, la solicitud de creación de este nuevo juzgado de primera instancia.

Arriaga Asociados espera que las administraciones concernidas por dichas recomendaciones «procedan a aplicarlas lo antes posible», ya que «es inadmisible la situación en la que se encuentran miles de madrileños clientes tanto de Arriaga Asociados como del resto de despachos de abogados de Madrid en el Juzgado 101 bis».

Jesús María Ruiz de Arriaga agradece la respuesta del Defensor del Pueblo y sus recomendaciones hacia las distintas instituciones «para intentar solucionar esta situación de colapso».

«Desde Arriaga seguimos muy de cerca la situación de abandono que sufren los ciudadanos al retrasarse la gestión de sus demandas y procedimientos durante años. Esperamos con atención la decisión del Tribunal Constitucional sobre esta situación en el ámbito laboral, que tendrá lugar el próximo 26 de septiembre, previsiblemente reconociendo que la demora en la obtención de una sentencia por parte de los juzgados y tribunales atenta contra el derecho a la tutela judicial efectiva de los ciudadanos, consagrado en la Constitución española en su artículo 24.1», declara.

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