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El esqueleto que Victoria Rosell tiene en su armario

El esqueleto que Victoria Rosell tiene en su armario
Sobre estas líneas la delegada del Gobierno contra la violencia de género, Victoria Rosell, sobre cuyo esqueleto en el armario versa esta columna.
24/10/2022 06:50
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Actualizado: 24/10/2022 19:53
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Es un esqueleto sobre el que la Justicia no ha tenido ningún interés en investigar pero que está en el transfondo de todo lo que ha rodeado a Victoria Rosell Aguilar, delegada del Gobierno contra la violencia de género –por Unidas Podemos– y magistrada en servicios especiales.

Un esqueleto que tiene forma de venta de emisora de radio, que era propiedad de su pareja, el periodista Carlos Sosa. Una venta que este realizó al empresario Miguel Ángel Ramírez.

Desde enero de 2014, Ramírez y su empresa, Seguridad Integral Canaria, figuraban como imputados por delitos contra la Hacienda Pública y la Seguridad Social, correspondientes a los años 2008 y 2009, en una causa de la que era competente Rosell, como titular de su Juzgado de Instrucción 8 de la capital gran canaria.

El 23 de noviembre de 2015 Evangelina Ríos, fiscal anticorrupción de la Fiscalía Provincial de Las Palmas, recibió un sobre cerrado a su nombre.

Contenía una fotocopia de un contrato de prestación de servicios. Tenía fecha de 26 de octubre de 2015. Estaba suscrito entre Clan de Medios, Comunicación y Marketing, S.L.U., propiedad de Carlos Sosa, por una parte. Y Patricio Viñayo García, en representación de la productora audiovisual Unión Deportiva Las Palmas, S.L., equipo, entonces de Primera División de Fútbol, del que era máximo accionista el mencionado empresario Miguel Ángel Ramírez.

El valor global de la operación fue de 300.000 euros, según el contrato.

Rosell había dejado el Juzgado dos días después de que su pareja de hecho firmase el referido contrato.

Cesó el 28 de octubre de 2015, tras pedir al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) su pase a servicios especiales –semejante a la excedencia pero respetando la antigüedad y guardando el destino– para incorporarse a Podemos como candidata a diputada por Las Palmas. Con vista a las elecciones generales que se celebraron el 20 de diciembre de 2015.

El contrato fue firmado el 26 de octubre de 2015. El 14 de octubre Sosa recibió un adelanto de 60.000 euros, según testigos.

Se daba la circunstancia de que el periodista Francisco Chavanel ya había informado un mes antes de la existencia de ese contrato y de su inminente firma. Fue el 15 de septiembre de 2015, a través de su programa de radio «El Espejo Canario».

Y cifró la cantidad a pagar en casi 250.000 euros.

La Justicia jamás investigó si Sosa había vendido la radio a Ramírez antes de que Rosell dejara el Juzgado para pasar a la política, si Rosell había estado al corriente de la venta de la emisora de radio de Sosa a Ramírez, y si Rosell había beneficiado a Ramírez durante la instrucción

Es decir, los términos del contrato entre Carlos Sosa y Miguel Ángel Ramírez se habían fijado semanas antes de que la magistrada informara al CGPJ de su pase a la política. 

Esto fue lo que desató las alarmas en el seno de la Fiscalía de Las Palmas.

¿Cómo era posible que un contrato por esa fuerte cantidad fuera firmada, de un día para otro, y tres días después de que Rosell abandonara su Juzgado?

Necesariamente tuvo que ser negociado antes del cese de la magistrada Rosell.

La Justicia jamás investigó si Sosa había vendido la radio a Ramírez antes de que Rosell dejara el Juzgado para pasar a la política, si Rosell había estado al corriente de la venta de la emisora de radio de Sosa a Ramírez, y si Rosell había beneficiado a Ramírez durante la instrucción.

INVESTIGACIÓN A ROSELL: ¿POR QUÉ NO SE ABSTUVO EN LA CAUSA CONTRA RAMÍREZ? 

La Fiscalía Provincial de Las Palmas abrió diligencias preprocesales sobre Rosell «con la finalidad de valorar la posible comisión de una infracción disciplinaria prevista en el artículo 417.8° de la Ley Orgánica del Poder Judicial al no haberse abstenido del conocimiento del asunto por concurrir en ella la causa prevista artículo 219.10° de la LOPJ»: «Tener interés directo o indirecto en el pleito o causa».

De lo que se encargó la fiscal anticorrupción Evangelina Ríos. 

Dos meses después, el 11 de diciembre de 2015 firmó un decreto que, entre otras cosas decía: «A la vista de todo lo anterior resulta que la señora Rosell mantenía su condición de magistrada-juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Las Palmas mientras su pareja sentimental, señor Sosa, negociaba con entidades dependientes del señor Miguel Ángel Ramírez, imputado en las Diligencias Previas 644/2014, diligencias que sufrían un retraso que ya calificamos de injustificado en escrito dirigido al CGPJ y que dio origen a la Información Previa número 463/2015, resulta el 17 de septiembre de 2015. Tales negociaciones reportaron un beneficio económico al señor Sosa que, en principio, asciende a los establecido en el contrato”.

Victoria Rosell y el empresario Miguel Ángel Ramírez, investigado por la magistrada durante dos años, y al que su pareja le vendió una emisora de radio.

SE OCULTÓ LA VENTA DE LA EMISORA DE RADIO COMO CONTRATO PRIVADO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS

Ríos afirmó que se ocultó la venta de la emisora de radio camuflándola como contrato privado de prestación de servicios: «Esa ocultación necesariamente hay que ponerla en relación con el hecho de que la señora Rosell era la Juez Instructora del procedimiento reverenciado. De manera que debió abstenerse del conocimiento de las Diligencias Previas número 644/2014 en las que de manera notoria había hecho dejación de sus funciones de instructora«.

Según la fiscal anticorrupción, la empresa de Sosa, cedió a Productora Audiovisual la licencia de radio a cambio de 250.000 euros, «de los que 100.000 euros se abonan según el contrato, en el momento de la firma de éste, y el resto en 100 mensualidades de 1.500 euros».

Y añadió, «son hechos públicos y notorios que el señor don Carlos Sosa Baez y la señora doña María Victoria Rosell Aguilar mantienen una relación sentimental estable de pareja y que el señor don Miguel Ángel Ramírez Alonso es el presidente de la entidad ‘Unión Deportiva Las Palmas, SAD’».

La fiscal anticorrupción Evangelina Ríos afirmó que se ocultó la venta de la emisora de radio camuflándola como contrato privado de prestación de servicios

«La sociedad ‘Productora Audiovisual Unión Deportiva Las Palmas, S.L.’ está inequívocamente vinculada a la entidad ‘Unión Deportiva Las Palmas, SAD», agregó.

Y recordó que Viñayo García era, a su vez, el director general de gestión de la entidad Unión Deportiva Las Palmas, SAD.

Otros documentos evidenciaron que la relación empresarial entre Ramírez y la pareja de Rosell se extendía en el tiempo desde el año 2006.

La investigación inició su senda por dos vías paralelas, la disciplinaria y la penal.

Porque de la misma comenzaron a emerger perfiles de contornos de supuestos delitos de prevaricación, por no haberse dictado ninguna resolución sobre el caso de Ramírez desde marzo de 2014 a abril de 2015, lo que posibilitó que prescribieran los delitos de 2008, cuando el empresario era todavía administrador único, cohecho y tráfico de influencias.

La disciplinaria fue archivada por el CGPJ. La penal fue asumida por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, que perdió la competencia en favor del Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) cuando Rosell renunció a presentarse otra vez, en junio de 2016, a las elecciones generales.

EL TSJC DIO CARPETAZO A LA INVESTIGACIÓN SOBRE LA VENTA DE LA EMISORA DE RADIO

Cuando regresó el asunto a la Sala de lo Civil y Penal del TSJC se dio carpetazo a esta investigación sin indagar apenas y sin darle importancia a los «sólidos» indicios aportados por la Fiscalía Anticorrupción.

Jamás se dirimió el fondo de la cuestión: la venta de la emisora por parte de la pareja de la magistrada al investigado por la magistrada.

La otra Sala, la de lo Contencioso-Administrativo del TSJC centró la cuestión sobre si la Fiscalía podía investigar disciplinariamente a jueces o magistrados o no.

Y el resultado fue que no. Un resultado tumbado por el Supremo después.

En su sentencia de casación, el Supremo solo le dio la razón en dos cosas a Rosell: Primero, la Fiscalía Provincial se extralimitó al interrogar al hombre de Ramírez que llevó las negociaciones para la compra de la emisora de radio Patricio Vinayo; y segundo, por solicitar información al CGPJ sobre la fecha en que la magistrada había pasado a servicios especiales.

Hay que decir que Viñayo aportó el comprobante del pago previsto en el contrato, en el que constó, unido a las actuaciones, un pagaré por valor de 100.000 euros.

REVÉS EN EL CONSTITUCIONAL

Rosell, casi en secreto –porque no le dio ninguna publicidad mediática–, recurrió ante el Tribunal Constitucional en amparo la sentencia «negativa» del Tribunal Supremo.

La magistrada Rosell alegó en su demanda que dichas actuaciones de la Fiscalía de Las Palmas habían vulnerado su derecho a un proceso con todas las garantías por falta de competencia del Ministerio Fiscal para incoar y tramitar diligencias en materia disciplinaria de jueces y magistrados al atentar contra la independencia judicial.

También adujo que se había producido una lesión a su derecho de representación política, ya que en las citadas diligencias se quebrantó el principio de neutralidad de los poderes públicos en periodo electoral con las continuas filtraciones y la emisión de una nota de prensa por parte de la Fiscalía Provincial de Las Palmas sobre unas actuaciones que, por ser reservadas, ni siquiera se posibilitó que la recurrente pudiera tener acceso a ellas para ejercer su derecho de defensa.

En principio tuvo suerte. Porque la ponencia le tocó al magistrado «progresista» Fernando Valdés Dal-Ré. Todo parecía ir viento en popa, aparentemente. Pero Valdés Dal-Ré tuvo que hacer frente a un contratiempo «inesperado» en su vida: su detención, acusado de un delito de malos tratos en la persona de su anciana esposa.

Fue un caso que llenó ríos de tinta y que desembocó en la renuncia de Valdés Dal-Ré como magistrado del Constitucional.

Un caso sobre el que la delegada del Gobierno contra la violencia de género no pronunció ni una palabra a favor de la víctima. Curioso.

El Tribunal Constitucional finalmente denegó su recurso de amparo por unanimidad por no encontrar ningún tipo de lesión constitucional a los derechos a la defensora de las víctimas de violencia de género.

Una sentencia que firmaron tres magistrados «progresistas» (Juan Antonio Xiol Ríos, Cándido Conde-Pumpido Tourón y Ramón Sáez Valcárcel) y dos «conservadores» (Concepción Espejel Jorquera y Enrique Arnaldo Alcubilla).

Rosell respondió a este revés con el silencio. El mismo silencio estruendoso que suele rodear a la mención de este esqueleto que guarda en su armario.

Porque ahí permanece, sin resolver.

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