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Cartas desde Londres: Este es el mapa judicial por recorrer en el caso de Corinna versus Juan Carlos de Borbón

Cartas desde Londres: Este es el mapa judicial por recorrer en el caso de Corinna versus Juan Carlos de Borbón
El Rey Emérito y Corinna Larsen –o Sayn-Wittgenstein-Sayn– fueron amantes entre 2004 y 2009. Su relación terminó en 2012. La mujer inició la causa en los tribunales londinenses contra don Juan Carlos por el supuesto acoso al que le sometió el CNI. En esta columna, Josep Gálvez, abogado y "barrister", explica el recorrido que le queda a la causa en los tribunales londinenses.
07/12/2022 06:49
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Actualizado: 21/2/2023 12:00
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Contundente”, este sería el apelativo que viene a la cabeza cuando se lee la sentencia del Tribunal de Apelaciones de 6 de diciembre en el caso de doña Corinna Sayn-Wittgenstein-Sayn contra el Rey Emérito, don Juan Carlos de Borbón.

Lo cierto es que la resolución echa por tierra algunas de las decisiones del juez Matthew Nicklin, de la “High Court”, al permitir el enjuiciamiento de los hechos anteriores a la abdicación del entonces Rey Juan Carlos I, lo que quedará ahora vedado en el proceso que seguirá adelante pero únicamente respecto a los realizados a instancia del Rey Emérito con posterioridad al 19 de junio de 2014.

Para la Lady Justice Ingrid Simler y sus colegas Andrew Popplewell y Eleanor King, de la sala de apelación, sólo la posición de Juan Carlos como Jefe de Estado le permitió conseguir que el jefe del servicio de seguridad del Estado realizara los actos denunciados, utilizando al Centro Nacional de Inteligencia, el CNI, nuestro principal servicio secreto, cualesquiera que fueran sus motivos privados, y por abusivos que éstos pudieran haber sido.

UN AUTÉNTICO TIRÓN DE OREJAS DEL TRIBUNAL DE APELACIÓN

Dicho de otra manera, todos los hechos quedaron cubiertos con la inmunidad del Rey de España y sobre eso no hay nada que discutir.

Punto final.

Obsérvese en este sentido las reiteradas menciones en la sentencia de apelación a que el Juez de la “High Court”, Matthew Nicklin, se equivocó en sus conclusiones (“the Judge was wrong”, “the judge was also wrong”) al permitir que los abogados de Corinna rehicieran su escrito de alegaciones inicial (“Ordenar a la demandada que modificara su escrito en las circunstancias y de la manera informal en que lo hizo fue un error.”).

Pero más allá del tirón de orejas al juez de primera instancia y a los abogados de Corinna, que es muy importante, se va acercando la hora de la verdad.

Y es que ya despejada la carretera, está claro que se juzgarán finalmente los hechos alegados en la demanda contra don Juan Carlos de Borbón después de abdicar.

Pero agárrense porque hay curvas y antes habrá que desbrozar algunas partes del camino.

NO SE VAYAN TODAVÍA, AÚN HAY MÁS

Es importante tener en cuenta que antes de entrar al fondo, previamente se tendrá que examinar previamente algunas cuestiones procesales de cierta complejidad.

En primer lugar, las cuestiones relativas a la jurisdicción de Inglaterra y Gales, es decir si los jueces ingleses son competentes para conocer de la demanda de Corinna al rey emérito, donde muy previsiblemente la defensa pondrá todos los palos posibles a las ruedas mediante declinatoria de jurisdicción para que hacer descarrilar la reclamación de Corinna o, al menos, obstaculizar el proceso todo el tiempo que sea posible.

Y después, no lo olvidemos, tendremos la siempre interesante y espinosa cuestión de la notificación de la demanda a don Juan Carlos, donde se analizará si fue debidamente emplazado ante los tribunales ingleses, de conformidad con el debido proceso (“due process”), por lo que cualquier cuestión procesal puede convertirse en una discusión jurídica de calado que sea resuelta por la ‘High Court’ y alcance nuevamente a la ‘Court of Appeal’ mediante el correspondiente recurso.

UN AUTÉNTICO AVISO A NAVEGANTES, BAJO RIESGO DE NAUFRAGAR

Sin duda, la sentencia de la “Court of Appeal” al cerrar la reclamación a los hechos anteriores a la abdicación, pero sobre todo en su crítica a las decisiones en la primera instancia suponen un claro aviso a navegantes, teniendo como destinatarios claros al Juez Nicklin y a los ‘barristers’ y ‘solicitors’ del equipo legal de Corinna.

Al primero porque tendrá que alzar sus barreras de exigencia probatoria y de carácter procesal para no ser tachado nuevamente de ser “informal” en los futuros recursos que puedan plantearse a lo largo del proceso que seguirá su marcha.

Y a los segundos, porque deberán esforzarse en cumplir escrupulosamente con todos y cada uno de los requisitos formales, evitar cualquier resbalón por pequeño que pueda parecer y al final de este tránsito procesal acreditar sin duda alguna que esos daños que se reclaman fueron realizados a instancia de D. Juan Carlos.

Lo dicho, una auténtica odisea judicial.

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