Arriaga Asociados continuará demandando a bancos y emisores de tarjetas «revolving» por opacidad y usura
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05/3/2023 06:48
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Actualizado: 06/3/2023 11:34
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La sentencia número 258/2023 de 15 de febrero pasado del Pleno de la Sala Primera del Tribunal Supremo no va alterar no altera la estrategia de defensa de los clientes del despacho de abogados Arriaga Asociados, que podrán seguir solicitando la nulidad del contrato de la tarjeta «revolving» por «la falta de información y la opacidad en las condiciones económicas en las que accedieron a la financiación, no pudiendo entender el carácter perpetuo de la deuda contraída».
La clave es la falta de transparencia del contrato.
De acuerdo con Arriaga, otra realidad «que sufren los clientes de las tarjetas ‘revolving’, es que los jueces solo valoran la carga económica teórica de la tarjeta al dar por válido el TIN (tipo de interés anual), sin incluir, en el cálculo del interés del dinero de la tarjeta, los gastos y comisiones que suponen para el cliente el seguro de pagos, las disposiciones de efectivo en cajeros, interés de demora, etc».
Esta es una nueva oportunidad que deja abierta esta sentencia, que obliga a demostrar la carga económica real de cada contrato, frente a la teórica que viene tomándose de referencia, y que es irreal.
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