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CDL: Los celos de los jueces al arbitraje en el caso Scott contra Avery

CDL: Los celos de los jueces al arbitraje en el caso Scott contra Avery
Josep Gálvez explica en su columna en qué consistía la "doctrina de la recovabilidad", imperante hasta mediados del siglo XIX, en Inglaterra y Gales y cómo quedó en desuso por decisión de la Cámara de los Lores. Una doctrina que desmontó definitivamente Lord Campbell, retratado sobre estas líneas.
05/9/2023 06:31
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Actualizado: 05/9/2023 12:40
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Justo debajo de Leicester Square se encuentra la muy londinense National Portrait Gallery, la galería de arte con la colección de retratos más extensa del mundo.

Entre sus pasillos, y colgados en sus paredes, se muestran orgullosos personajes de la historia del país y que, curiosamente, son escrupulosamente seleccionados en función de la importancia de quien aparece retratado, no del artista.

La cuestión es que, casi escondido entre interminables imágenes de militares del imperial pasado, me encontré de frente con nada menos que con Lord Campbell, célebre Juez de la Cámara de los Lores, además de ‘barrister’ del Lincolns Inn.

Por cierto, fantásticamente retratado por Sir Francis Grant.

Entre otras cuestiones, a Lord Campbell le debemos mucho en el ‘common law’, ya que fue el ponente en una de las más relevantes sentencias en materia de arbitraje cuando resolvió el asunto Scott contra Avery en el siglo XIX y cuyas consecuencias llegan incluso hasta nuestros días.

Y es que Lord Campbell aprovechó la ocasión para denunciar la actitud envidiosa de todo el poder judicial inglés frente al arbitraje, lo que no es poco como se imaginarán.

Fue tal el escándalo que se formó, que durante años algunos de los pasajes más duros de la sentencia fueron directamente omitidos de los ‘Law Reports’.

De hecho, es tal la importancia que tuvo la sentencia, que incluso hoy día se sigue llamando al tipo de estipulación discutida en el caso como la ‘cláusula Scott contra Avery’.

Por eso, si usted se dedica al arbitraje internacional y nunca ha oído hablar de la ‘cláusula Scott v Avery’ entonces, amigo mío, no se preocupe porque hoy vamos a darle solución.

¿LOS JUECES INGLESES CELOSOS DEL ARBITRAJE?

Como ya vimos en alguna carta anterior, tras las críticas de Sir Edward Cooke al arbitraje, la llamada “doctrina de la revocabilidad” campaba a sus anchas en el derecho de Inglaterra y Gales, expandiéndose a todos los países del ‘common law’.

Como recordarán, esta doctrina venía a decir que, si uno es libre para someterse a arbitraje, también lo es para desligarse de esa obligación, dado que la naturaleza de la sumisión es precisamente su revocabilidad.

Esto supuso en la práctica que, hasta mediados del siglo XIX, la aplicación doctrina de la revocabilidad permitía a cualquiera de las partes acudir a los tribunales ordinarios, aunque se hubiera pactado expresamente acudir a arbitraje para resolver las controversias.

De ahí que los jueces ingleses raramente declinaban su jurisdicción para conocer de un asunto, aunque estuviera expresamente sometido a arbitraje.

Y sólo lo hacían si lo consideraban una medida de ‘equity’, o de justicia material, lo que equivalía a una situación de absoluta inseguridad e indefensión.

En otras palabras, como no existía obligación de cumplir la cláusula de arbitraje, el personal acudía directamente a los tribunales ordinarios, especialmente cuando se ganaba alguna ventaja competitiva, como por ejemplo poner la demanda en la propia jurisdicción.

Hasta que el asunto Scott versus Avery llegó a la Cámara de los Lores, el Tribunal Supremo de la época y Lord Campbell no se cortaron un pelo en mostrar las vergüenzas de todos y cada uno de sus colegas en la jurisdicción civil británica.

Y el hombre se quedó a gusto, como verán.

LOS HECHOS EN EL CASO ‘SCOTT V AVERY’

El asunto es el siguiente: Avery suscribe con Scott una póliza de seguro sobre un buque.

En concreto, Scott se comprometía a indemnizar a Avery para el caso que el barco tuviera un percance y se produjeran daños.

Además, en una cláusula de esta póliza se establecía expresamente que, en caso de litigio entre las partes, el asunto debía someterse a arbitraje.

En concreto, la cláusula de marras decía que acudir al arbitraje era una “condición precedente” al mantenimiento de una acción.

Total que así fue y al sufrir el barco un siniestro, Avery reclamó entonces las pérdidas sufridas a Scott en virtud de la póliza entre ambos.

Y aquí es cuando surgen los problemas ya que Avery no estaba para nada conforme con la cantidad ofrecida por Scott para cubrir los daños.

¿Y qué hizo entonces?

Pues pasó de llevar el asunto a arbitraje y, por el contrario, demandó a Scott directamente ante los tribunales ordinarios.

Para ello, Avery alegó que la cláusula que obligaba a someter el asunto a arbitraje era directamente ilegal.

Y es que al negar a las partes el derecho a demandar excepto mediante arbitraje previo, para Avery la cláusula excluía la jurisdicción ordinaria para resolver tales reclamaciones mediante sentencia.

Sería algo así como impedir la tutela judicial efectiva, en términos españoles.

Pues eso es exactamente una cláusula ‘Scott versus Avery’, una cláusula que, por un lado, establece la obligación de someter a arbitraje .

Y, por el otro, además impide la existencia de la acción si no es mediante el proceso arbitral.

Sería como una doble llave de jiu-jitsu arbitral.

Si con la primera vuelta el contratante no queda obligado a acudir al arbitraje por la doctrina de la revocabilidad, pues nada oiga, le metemos una segunda vuelta de llave para negar directamente la acción si acude a la jurisdicción ordinaria y todo arreglado.

La cuestión que se planteaba, por tanto, era la legalidad de la doble llave.

LA DECISIÓN DE LA CÁMARA DE LOS LORES

El ponente en la sentencia, Lord Cranworth, resolvió que la cláusula del asunto ‘Scott versus Avery’ era plenamente válida.

Para ello distinguió entre una cláusula contractual, que excluiría la jurisdicción ordinaria cuando una causa de acción ya ha surgido, de la cláusula ‘Scott versus Avery’ en la que la jurisdicción del tribunal no queda excluida porque la causa de acción aún no ha surgido.

Mientras en el primer caso, dicha cláusula supondría la imposibilidad de acudir a la jurisdicción ordinaria al momento de la suscripción del contrato y por tanto no sería permisible, en el segundo caso la cláusula ‘Scott versus Avery’ se refiere a un hecho incierto y a una acción aún no nacida, siendo así que la jurisdicción del tribunal ordinario no queda excluida, siendo así admisible.

En concreto, Lord Cranworth concluyó que no existía en el derecho de Inglaterra y Gales ningún principio que impidiera a las partes un contrato con una cláusula de estas características, admitiendo de esta manera la legalidad de las cláusulas ‘Scott versus Avery’.

De esta manera, la Cámara de los Lores acababa con la doctrina de la revocabilidad, dando un portazo al baile entre la jurisdicción ordinaria y la arbitral, cuestión que ha sido recogida en la actual Arbitration Act 1996, donde se establece precisamente que los jueces no deben intervenir en los procedimientos arbitrales salvo cuando la ley arbitral lo permita expresamente.

LA OPINIÓN VITRIÓLICA DE LORD CAMPBELL

Pero ya sabemos que la andanada final fue para Lord Campbell, quien remató sin piedad.

En su opinión, la vieja hostilidad de los tribunales ingleses a las cláusulas de arbitraje respondía al hecho de que los jueces antes cobraban en función de la cantidad de sentencias que resolvían.

Y como los arbitrajes privaban a los jueces de sus ingresos, esto les llevaba a ser especialmente permisivos en la práctica aquellos litigantes díscolos, quienes lejos de cumplir con las cláusulas de sometimiento a arbitraje, acudían a la jurisdicción ordinaria, encontrando el resguardo de los tribunales:

“Como anteriormente los salarios de los jueces dependían casi totalmente de los honorarios y no tenían un salario fijo, había una gran competencia para obtener la mayor cantidad posible de litigios en Westminster Hall por la división del botín.

[Los jueces ]tenían grandes celos de los arbitrajes, por lo que Westminster Hall fue despojado de casos que no llegaron ni al Queen’s Bench, ni al Common Pleas, ni al Exchequer. Por lo tanto, dijeron que los tribunales no debían ser despojados de su jurisdicción, y que hacerlo era contrario a la ley.”

Como se imaginarán, las durísimas palabras de Lord Campbell cayeron como un mazazo y removieron los cimientos de la judicatura británica hasta tal punto que cambió para siempre la práctica en la jurisdicción de Inglaterra y Gales, abandonando la “doctrina de la revocabilidad” para siempre.

En fin, la semana que viene seguiremos con más casos.

Hasta entonces, mis queridos anglófilos.

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