Improcedente un despido de Burger King por “echar” a unos clientes media hora antes del cierre
La empresa achaca al empresario que actuó de forma negligente.

Burger King tendrá que readmitir o indemnizar con 32.224 euros a un empleado que fue despedido tras un robo en el establecimiento 

6 / 09 / 2023 06:30

Actualizado el 07 / 09 / 2023 16:16

La Justicia ha declarado improcedente el despido de un empleado de Burger King tras sufrir un robo en el establecimiento en el que trabajaba. El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha obligado a la empresa de comida rápida readmitirle o pagarle una indemnización de 32.224 euros.

Decisión que es idéntica a la que ya tomó en primera instancia el Juzgado de lo Social Nº6 de Madrid tras tirar por tierra el relato de la empresa, la cual acusó al trabajador de no tomar las medidas necesarias. El juez consideró que no había pruebas suficientes.

Ahora, los magistrados María Aurora de la Cueva Aleu, María Begoña Álvarez y Ana María Orellana Cano han explicado en la sentencia 472/2023 de 19 de julio no encuentran el momento en el cual actuó de forma negligente. 

En la empresa desde 2008

El empleado trabajaba como gerente en Burger King desde el año 2008 en el local situado en la calle Ora de Madrid, pero el 1 de septiembre de 2021 recibió una carta por parte de la empresa en la que le comunicaba su despido.

En dicha misiva, cuyos hechos no se han considerado probados, se explicó que el 25 de agosto de 2021, sobre las 06:08 horas una persona con ropa deportiva y encapuchada accedió a la puerta trasera del establecimiento. 

Posteriormente intentó desconectar la alarma -la cual según la carta no fue activada por una compañera antes del cierre- y se dirigió a la caja de cambio para coger tres sobres que tenían la recaudación de cada turno, que eran 4.960 euros en total.

El dinero, por norma general, debía guardarse en en esa caja, pero desde hacía un tiempo se encontraba averiada, por lo que una superior comunicó al gerente que el dinero debía ingresarse en la ranura para las monedas. No se pudo introducir ahí porque estaba lleno.

Recurso ante el TSJM

La empresa decía que el trabajador había llevado a cabo una actitud negligente, por lo que le despidió. Al no estar conforme con ello demandó a la empresa.

Como en primera instancia le dieron la razón, Burger King recurrió la sentencia para que se revisasen los hechos declarados probados. Sin embargo, los magistrados recordaron que una sentencia dictada por la Sala de lo Social del Tribunal Supremo de 22 de noviembre de 2021 explica que en recursos como este hay que señalar con claridad y precisión el hecho que se cuestiona, no sólo manifestar la discrepancia con la sentencia recurrida. Es decir, hay que ofrecer de forma concreta el texto que se pretende modificar.

Y, en este caso, “no cabe la supresión de un hecho probado sobre la base de que no ha sido probado”.

Por otro lado, la empresa entendió que el trabajador actuó de forma negligente por no poner remedio a la situación de inseguridad en el restaurante al ser el máximo responsable del local. Consideraron que si hubiese actuado de forma correcta el robo no se hubiese producido. 

Pero tal y como ha explicado el tribunal, simplemente se dedican a indicar que actuó de forma negligente sin indicar en qué ha consistido la infracción que se le achaca, por lo que han desestimado el recurso y confirmado la decisión de declarar improcedente el despido.

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