Confirmado el despido de un trabajador de Apple por hacer descuentos a amigos y desviar correos con valoraciones negativas 
Los magistrados argumentaron que estas conductas no eran esporádicas, sino que eran continuas en el tiempo a pesar de que el trabajador tenía información suficiente de las normas a seguir establecidas en la política de empresa. 

Confirmado el despido de un trabajador de Apple por hacer descuentos a amigos y desviar correos con valoraciones negativas 

En la carta de despido también le reprocharon que le había propuesto a una compañera por WhatsApp fuera de horario laboral mantener relaciones, pero en primera instancia consideraron que aunque era una conducta reprochable, fue en un momento puntual y no encajaban en la definición de acoso sexual
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23/9/2023 06:30
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Actualizado: 22/9/2023 23:31
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El Tribunal Superior de Justicia de Castilla León (TSJCyL) ha confirmado la decisión dictada por el Juzgado de lo Social Nº1 de Valladolid de calificar de procedente el despido de un trabajador de Apple que regaló productos, hizo descuentos de empleado amigos y familiares y dio correos erróneos a clientes para evitar que le pusiesen una valoración negativa de la compra.

Esta sentencia, que es la 438/2023 de 11 de abril ha sido dictada por los magistrados María del Mar Navarro, Manuel María Benito López y José Manuel Martínez Illade. 

Los magistrados argumentaron que estas conductas no eran esporádicas, sino que eran continuas en el tiempo a pesar de que el trabajador tenía información suficiente de las normas a seguir establecidas en la política de empresa. 

Por tanto, el hecho de que ocupara un puesto en contacto directo con clientes en el que manejaba dispositivos y altas cantidades de dinero derivadas de la gestión de reparaciones hizo que su comportamiento fuese inaceptable y perjudicial para los intereses de la empresa.

En la carta de despido también le reprocharon que le había propuesto en 2016 a una compañera por WhatsApp a las 4:00 horas mantener sexo, petición la que ella se opuso. Pero en primera instancia el titular del juzgado relató que aunque era una conducta reprochable, fue fuera de horario laboral y ella no lo puso en conocimiento de la empresa ni tampoco presentó acciones penales.

Por lo que al haber sido en un momento puntual y fuera de horario laboral, el juez consideró que los hechos no encajaban en la definición de acoso sexual en el trabajo.

El caso completo

Todo comenzó cuando el 31 de mayo de 2022 un trabajador del centro dirigió una comunicación escrita a Apple poniendo de manifiesto que se estaban llevando a cabo diversas irregularidades en la tienda en relación a la distribución de turnos, días festivos y conductas de empleados, entre ellos, el protagonista de esta historia. 

En relación al empleado, el compañero denunciante relató que había regalado un Apple Pencil, que había revisado fotografías de la galería de clientes, que ofreció sexo a una compañera y que había hecho descuentos a amigos, familiares y famosos para obtener entradas gratis a conciertos y espectáculos.

La empresa decidió iniciar una investigación. Llevaron a cabo 19 entrevistas a 17 empleados y revisaron diversas herramientas que aportaban datos como, por ejemplo, la gestión de reparaciones, auditoría de los descuentos de trabajadores y la gestión de compras de clientes.

Despedido en agosto de 2022

Una vez finalizada la investigación, el 19 de agosto de 2022 le entregaron la carta de despido en la que le imputaron diversas faltas graves. Entre ellas, acoso sexual -que como se ha comentado, no tuvo trascendencia por el juez de instancia-, invasión de la intimidad de clientes de la tienda, abuso de confianza en el desempeño de funciones y quebrantamiento de las políticas de la compañía.

Respecto a las irregularidades en la tienda, Apple le argumentó en la carta de despido que hizo un trato de favor a un amigo al considerar como garantía el desperfecto de una funda de iPhone que estaba rota por su uso sin consentimiento del manager, hecho que reconoció en la entrevista que le hicieron en la investigación.

También que hasta en 24 ocasiones entre 2018 y 2022 había llevado a cabo descuentos a familiares y amigos y que, también, en la cita de reparación de un Apple pencil de un cliente, decidió darle otro sin autorización.

Además, le dio a clientes correos erróneos para evitar que, cuando tuviesen que hacer una valoración del servicio, llegasen comentarios negativos. 

El trabajador demandó a la empresa, quiso que se declarase nulo y pidió 120.000 euros

Tras el despido, decidió demandar a la empresa. Solicitó que se declarase nulo y que se le indemnizase por daños y perjuicios con 120.000 euros. Consideró que le habían despedido porque se redujo la jornada, pero el juzgado de primera instancia desestimó su petición.

Así las cosas, decidió recurrir la sentencia ante el TSJCyL donde volvió a insistir en que su despido se declarase nulo o, de forma subsidiaria, improcedente.

Manifestó que se había interpretado mal el artículo 55.1 del Estatuto de los Trabajadores que regula la forma del despido disciplinario. Sin embargo, los magistrados relataron que en la carta de despido aparecían los hechos imputados y la fecha, por lo que consideraron que no se había infringido nada.

Por otro lado, destacó que los hechos por los que se relacionaba en la carta de despido estaban prescritos al haber transcurrido más de 6 meses, pero, de acuerdo con el juez de instancia, dicho plazo “no se inicia hasta el conocimiento pleno y exacto de los hechos”. Y, en este caso, la investigación concluyó en agosto de 2022. 

Asimismo, reiteró en el recurso que el despido debía declararse nulo porque se había producido tras solicitar la reducción de jornada para cuidar de su hijo. 

Pero el tribunal, de acuerdo con el juzgador de instancia, explicó que la procedencia del despido tuvo lugar por unos hechos que no estaban relacionados con su petición y que, además, en el momento en el que solicitó la reducción de jornada ya se habían llevado a cabo las entrevistas de investigación. Por lo que el recurso fue desestimado.

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