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Arriaga Asociados, despacho del que es socio director Jesús María de Arriaga, ha interpuesto, con esta, cuatro querellas por el mismo motivo. Foto: Arriaga.

Arriaga Asociados se querella contra tres magistrados de la Audiencia Provincial de Córdoba por el IRPH

29 / 11 / 2023 11:22

Actualizado el 29 / 11 / 2023 17:27

Arriaga Asociados ha presentado una nueva querella contra tres magistrados. Esta vez contra los componentes del tribunal de la Sección Primera de la Audiencia Provincial (AP) de Córdoba –Felipe Luis Moreno Gómez, Cristina Mir Ruza y María Paz Ruíz del Campo– por un supuesto delito de prevaricación

De acuerdo con este firma, los tres magistrados habrían ignorado «deliberada y dolósamente la sentencia del 13 de Julio de 2023 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en un caso sobre el IRPH, así como otras anteriores».

El delito de prevaricación está previsto y tipificado en el artículo 446 CP y subsidiariamente, al tipificado en los artículos 447 y 448 del CP, dando cumplimiento a lo que determinan los artículos 277 y concordantes de dicha ley.

Esta es la cuarta querella que presenta contra magistrados de tribunales colegiados. La primera ha sido contra los componentes de la Sección 5ª de la Audiencia Provincial de las Islas Baleares, la segunda y la tercera contra los magistrados de la Secciones 13 y 14 de la Audiencia Provincial de Barcelona.

En todos los casos, la argumentación ha sido por ignorar deliberadamente la jurisprudencia europea obligatoria sobre el IRPH establecida por el TJUE.

A pesar de tener conocimiento de esta sentencia, habrían desatendido el mandato jurisprudencial que obliga al juez nacional a analizar la transparencia y posible abusividad, considerando la mala fe en cada caso concreto.

«La jurisprudencia del TJUE» –recuerda la firma Arriaga Asociados– «es vinculante para todos los tribunales en España y la Unión Europea, abarcando instancias como jueces de primera instancia, Audiencias Provinciales, Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional».

En opinión de este despacho, «la Audiencia Provincial de Córdoba, incumpliendo el deber de emitir sentencias de acuerdo con la ley y la jurisprudencia del TJUE, ha ignorado requisitos fundamentales establecidos en la sentencia del TJUE del 13 de julio de 2013. Dicha sentencia es clara y contundente al establecer que el banco o institución financiera tenía la obligación de informar a sus clientes con hipotecas que incluyeran la cláusula IRPH sobre la Circular 8/1990 del Banco de España».

Además, la sentencia del TJUE establece la necesidad de evaluar si el banco comunicó la recomendación contenida en otra Circular, la 5/1994, que insta a aplicar un diferencial negativo para equiparar el interés del índice IRPH al del mercado.

«La carga de probar este hecho recae en el banco, y la falta de dicha información se considera abusiva, ya que forma parte de una labor de ‘investigación jurídica’ que ‘no podía exigírsele razonablemente a ‘un consumidor medio’ (STJUE 13 de julio, párrafo 60, página 15)», subraya.

La Audiencia Provincial de Córdoba, recuerda Arriaga Asociados, «tiene la obligación de emitir sentencias de conformidad con la legislación y la jurisprudencia establecida por el TJUE. La negativa a cumplir con este deber, según lo estipulado en el artículo 4 Bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se consideraría un delito de prevaricación».».

Arriaga Asociados espera que la querella prospere, que se diluciden las responsabilidades penales de los magistrados y que la justicia española respete y aplique la jurisprudencia del TJUE. De esta manera, se garantizarían los derechos de todos los ciudadanos europeos de manera equitativa.

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