Anulada tarjeta «revolving» Carrefour Pass gracias a un informe pericial, en lo que supone una innovadora sentencia
El TAE oficial de la tarjeta Carrefour Pass, del 21,99 %, era engañoso; la realidad es que era del 33,97 %, según la Justicia. Foto: Confilegal.

Anulada tarjeta «revolving» Carrefour Pass gracias a un informe pericial, en lo que supone una innovadora sentencia

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21/2/2024 14:10
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Actualizado: 21/2/2024 17:06
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Luis Cáceres Ruiz, magistrado titular del Juzgado de Primera Instancia 1 de Badajoz ha dictado una sentencia histórica –la número 68/2024, de 14 de febrero– anulando una tarjeta «revolving de Carrefour Pass por considerarla usuaria al aplicar una TAE muy superior a la que figuraba formalmente en el contrato.

La decisión, basada en un meticuloso informe pericial de un matemático, evidenció una TAE real del 33,97%, sustancialmente superior a la pactada en el contrato, del 21,99 %.

Este hito judicial no solo representa una victoria significativa para el demandante, sino que también establece un precedente crucial para futuras disputas sobre tarjetas «revolving» en España porque marca un antes y un después en la lucha contra las prácticas crediticias abusivas.

El caso ha sido defendido por la firma Don Recuperador con el concurso del perito Jesús Blanco López, cuya exposición «demostró la complejidad y el engaño detrás del cálculo de la TAE en este tipo de contratos, ofreciendo un nuevo horizonte para los consumidores afectados por condiciones crediticias desventajosas».

Una reciente sentencia del Tribunal Supremo, de 15 de febrero de 2023, había endurecido los criterios para considerar un crédito como usurario, pero no afectó al desenlace de este caso, gracias a la sólida argumentación y la evidencia presentada por el matemático.

LA FÓRMULA APLICADA NO CONTEMPLABA LOS GASTOS ANEXOS

Blanco López analizó la fórmula que aparece en contratos como el de Carrefour y llegó a la conclusión de que la fórmula utilizada era estática y por la naturaleza del crédito «revolving» debería ser dinámica.

¿Cómo se traduce esto?

Pues explicó con todo detalle que la formula aplicada hasta ahora no sumaba los gastos anexos que explica el Banco de España que conforma la TAE, como pueden ser las primas de seguro de protección, las cuotas de mantenimiento de las tarjetas, las comisiones por disposición, etcétera.

Este contrato en cuestión, que tenía una TAE del 21,99 %, no hubiera sido considerado como tal porque el tipo de contraste habría sido el 19,32 %, superando en poco más de dos puntos el tipo medio.

Pero el contrato Carrefour Pass anulado, objeto del litigio, que presentaba un TAE aparente del 21,99 % TAE, era en realidad del 33,97 % TAE.

EL JUEZ LO HA VISTO MUY CLARO

«Por el informe pericial aportado por la parte actora (acontecimiento 12) emitido por el perito señor López Jesús y no rebatido por ninguna otra prueba, se constata que la TAE realmente aplicada es del 33,97 %«, dice el magistrado en su sentencia.

Y añade: «Si bien la TAE incluida en el contrato es del 21,99 %, la parte actora aporta informe pericial en el que se acredita que incluyendo todos los conceptos resulta una TAE 33,97 %. Ha de ser calificado el préstamo como usurario, al haber una diferencia de más del 6 %, al ser la TAE media publicada por el Banco de España correspondiente a dicho periodo del 19,63 %».

En su fallo de febrero de 2023, la Sala de lo Civil modificó su propia jurisprudencia elevando en 6 puntos –sobre los tipos medios publicados por el Banco de España– la consideración de crédito usurario.

Según fuentes de la firma, dicha «sentencia del Tribunal Supremo de 15 de febrero fue un auténtico baño de realidad para todo el sector jurídico que se dedica a este tipo de reclamaciones. Se pudo apreciar una autentica y clara voluntad de acabar con la litigación en masa en contra de los consumidores y a favor de la banca . Y para ello , en contra de la mayoría de la criterios unificados de las principales Audiencias Provinciales como la de Madrid que consideraban la usura todo lo que superase en 3 puntos los tipos medios , aumentó este porcentaje en 6 puntos para la consideración de usura».

En opinión de Don Recuperador la situación que se había creado era como «ir al mercado a comprar naranjas y descubrir que el tendero tiene manipulada la báscula…”. El informe pericial del matemático Blanco López ha puesto las cosas negro sobre blanco, finalmente.

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