El Abogado General UE respalda a Illumina contra el veto de Bruselas para su fusión con Grail
Fachada de la biotecnológica estadounidenses Illumina.

El Abogado General UE respalda a Illumina contra el veto de Bruselas para su fusión con Grail

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21/3/2024 12:58
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Actualizado: 21/3/2024 13:03
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El Abogado General de la Unión Europea, Nicholas Emiliou, ha respaldado este jueves en sus conclusiones al Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) que respalden a la biotecnológica estadounidenses Illumina en su recurso contra la decisión de la Comisión Europea.

En su momento, la Comisión decidió vetar la compra, por parte de Illumina, de la ‘startup’ Grail, una operación que las empresas han consumado pero que Bruselas exige deshacer por su impacto en la competencia europea.

El sistema de control de fusiones de la UE, regulado por el Reglamento de Fusiones, se basa principalmente en el volumen de negocios de las empresas que se fusionan.

Excepcionalmente, el Artículo 22 de este reglamento permite a la Comisión revisar fusiones que no cumplen con los umbrales de volumen de negocios establecidos, cuando los Estados miembros lo solicitan o la Comisión lo invita a hacerlo.

El caso, Illumina contra Comisión y C-625/22 P Grail contra Comisión e Illumina, se remonta a abril de 2021, cuando el Ejecutivo comunitario abrió una investigación para examinar la fusión a petición de varios Estados miembro; un procedimiento que fue avalado más tarde en una primera sentencia del Tribunal General de la UE en julio de 2022.

Meses después Bruselas vetó la operación pero las dos compañías siguieron adelante con una fusión que los servicios comunitarios mandaron deshacer en una nueva decisión adoptada en otoño del pasado año y que Illumina ha llevado de nuevo ante la Justicia europea.

Sin embargo, en sus conclusiones, que no son vinculantes para el TJUE pero suelen marcar en la gran mayoría de casos la línea de la sentencia final, el Abogado General considera que las reglas de competencia de la Unión Europea no permite a los Estados miembro pedir a la Comisión que examinen una fusión, en virtud de su legislación nacional, porque ellos no son competentes.

La fusión en cuestión afecta a dos empresas norteamericanas y no fue notificada a la Comisión Europea al considerar que la operación no tenía dimensión europea por el bajo volumen de negocio de las compañías en Europa.

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