La dirección de la residencia decidió despedir de forma procedente a la trabajadora, que recurrió ante los tribunales. Foto: Confilegal
Una auxiliar de residencia, despedida porque su compañero administró calmantes a una paciente sin autorización
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07/7/2024 06:30
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Actualizado: 06/7/2024 21:37
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El Tribunal Superior de Justicia de País Vasco ha confirmado el despido disciplinario de la auxiliar asistencial, debido a sus actuaciones “muy graves” de cara al cuidado de una de las residentes.
Las residencias de mayores se han convertido en un foco de polémica. Ello, debido a los aparentes abusos que los trabajadores acaban ejerciendo sobre los ancianos a los que deben cuidar. Algo a lo que se suma la complicada situación vivida por estos centros de mayores durante la pandemia del Covid-19 en los primeros meses de 2020.
Una cuestión que llevaba a la Fundación José María Calvo, junto a Ananda Gestión de Empresa de Trabajo Temporal S.L. y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) ante los tribunales. Esta vez, sin embargo, para defender el despido de una trabajadora de la residencia de mayores que vulneró las normas del centro.
Adelaida (nombre ficticio) formaba parte de la plantilla de la residencia de mayores desde 2007, a través de diversos contratos temporales, hasta obtener la posición de indefinida.
El 15 de marzo de 2023, la empleada se encontraba en la cocina del centro junto a su compañero de trabajo, Justino. Momento en el que una de las residentes comenzó a mostrar un fuerte grado de inquietud y nerviosismo ante ambos auxiliares.
“Justino cogió del armario de la cocina un bote de Haloperidol, y agregó varias gotas de dicho medicamento a un yogur. Tras removerlo con una cuchara, Justino le dio varias cucharadas del yogur a la residente, para después indicarle que se sentara en una mesa, con el fin de que ella misma se lo acabara de tomar”. Una acción de la que fue testigo Adelaida.
Toma de medicación que la residente no tenía pautada, y que suponía la ingesta de un neuroléptico de gran potencia no recetado.
Un parte de incidencias que acabó en despido
“Adelaida reflejó de manera manuscrita en el parte de incidencias que, debido al estado de inquietud y nerviosismo de la residente, ese día le suministraron cinco gotas de Haloperidol”.
Una acción fuera de la normativa de la residencia. Por un lado, debido a que Adelaida “carecía de competencias y conocimientos” para este suministro. Por otro lado, debido a que los medicamentos deben “permanecer custodiados en la enfermería”.
“En caso de alteración de cualquier residente, los auxiliares deben acudir al médico o a la enfermera correspondiente, a fin de que sean estas personas las que decidan qué medidas adoptar”, explica la sentencia del TSJPV.
Procedimiento que no se llevó a cabo. Y que provocó que la empresa abriera, poco después, un expediente disciplinario por “infracción” muy grave que culminó en un despido procedente.
Ello, especificando en la carta de despido que la administración de este medicamento no sólo no cumplía con el reglamento, sino que “podría haber tenido consecuencias fatales para la salud de la persona”.
Los tribunales dan la razón a la residencia
“Niego mi responsabilidad en los hechos referidos. No administré ni indiqué la administración de ningún documento” justificó la empleada tras la apertura del expediente disciplinario. Algo que, para la empresa, no supone una desvirtuación de los hechos acontecidos.
Tampoco para el Juzgado de lo Social nº3 de Donostia-San Sebastián. Así pues, el juzgado desestimaba demanda de despido con vulneración de derechos fundamentales presentada por la trabajadora despedida.
Un hecho que hacía que la auxiliar presentara un recurso de suplicación ante el TSJ de País Vasco. En concreto, ante la Sala de lo Social compuesta por los magistrados Garbiñe Biurrun (presidenta y ponente), José Félix Lajo González y Fernando Breñosa Álvarez de Miranda.
Tribunal que, en su sentencia 1412/2024, desestima nuevamente las pretensiones de la extrabajadora.
“Es claro para la Sala que la conducta de la demandante incurre en causa de desobediencia a expresas órdenes de la empresa. Y también constituye una transgresión de la buena fe contractual”, explica el tribunal.
Algo ante lo que “ninguna justificación concurre” para exculpar a la trabajadora de la residencia de una conducta que podría haber sido nefasta para “la salud y el bienestar de una persona residente”.
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