Los préstamos ICO-Covid llegan a los tribunales: hubo «vicio en el consentimiento contractual»
La magistrada reconoce que el error de los afectados al aceptar este crédito "ICO-Covid" es "excusable" ante el vicio informativo. Foto: EP

Los préstamos ICO-Covid llegan a los tribunales: hubo «vicio en el consentimiento contractual»

|
18/7/2024 06:30
|
Actualizado: 18/7/2024 10:49
|

La pandemia del Covid-19 no sólo suponía una brutal crisis sanitaria y social, sino también económica; especialmente, para las pequeñas y medianas empresas. Pymes que recibieron, en muchos casos, con los brazos abiertos, los créditos avalados por el ICO durante la pandemia. Unos créditos que, ahora, han llegado a los tribunales.

En concreto, ha sido el Juzgado de Primera Instancia nº29 de Barcelona el que ahora ha fallado en relación a estos créditos procedentes del Covid-19. Ello, para favorecer a una empresaria, afectada por estos créditos ICO, y en riesgo de perder hasta su propio domicilio.

«Manifestó que el banco puso como condición que ella y su marido firmaran, y que anteriormente habían afianzado otras operaciones de ICO. Explicó que a ella le ofrecieron la financiación por teléfono durante el confinamiento, indicándole que reunía los requisitos para obtenerla. Ella no inició esas operaciones, sino que fue el banco quien la llamó. Firmaron una póliza de crédito y un préstamo, sin que se produjeran conversaciones ni reuniones, solo les enviaron los contratos para que los leyeran», explica la sentencia del juzgado barcelonés.

Unas explicaciones en las que, igualmente, la afectada asegura que tanto ella como su marido «pensaban que su responsabilidad era del 20% porque así lo veían en la televisión, se lo decían en el banco y estaba en un email que indicaba que el 80% estaba garantizado».

Promesas del préstamo ICO-Covid que se alejan de la realidad que posteriormente se encontraron ante este préstamo. «No le informaron que con esa operación podían llegar a perder su casa».

Un préstamo ICO-Covid con «vicio de consentimiento»

Una posición de los afectados por el préstamo ICO-Covid ante el que el Juzgado de Primera Instancia nº 29 de Barcelona decide fallar en contra de la entidad bancaria Sabadell, responsable de este préstamo.

«La magistrada Leonor Sanz indica que tanto las cláusulas como la publicidad de los créditos ICO-Covid hicieron creer al empresario que el Estado asumiría el 80″ del aval, y no el 20%», explica el abogado Jorge Couso Fernández-Getino, que ha compartido la sentencia.

Un error en el que la empresaria afectada «no actuó de mala fe». Y que lleva a la magistrada a «apreciar el vicio en el consentimiento contractual».

«En el presente caso, el error alegado es un error vicio. Se sostiene que se produjo una creencia errónea de aquello que se estaba contratando, en la medida que, al tratarse de un préstamo ICO avalado por el Estado, los actores sólo asumían una fianza del 20%»establece la magistrada en la sentencia 142/2024.

Una creencia apoyada por las apariciones del presidente del Gobierno «en las que anunciaba la creación de una línea de avales». «Del mismo modo, la entidad Sabadell remitió un informe disponiendo que ya se había aprobado préstamo garantía ICO 80%».

Palabras que llevaron a los afectados a creer que se trataba de una línea de financiación «especial Covid». Error «excusable» que lleva al Juzgado a estimar la demanda presentada por la empresaria afectada. Y por ello, declarar su responsabilidad reducida al 20% sobre el importe capital concedido por el préstamo ICO-Covid. La cifra que se comprometieron a asumir ante el anuncio de financiación en plena pandemia del coronavirus a nivel mundial.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales