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Opinión | CDL: Tribunales ordinarios o arbitraje internacional, perspectivas de España e Inglaterra sobre disputas parcialmente cubiertas por Cláusulas Arbitrales (II)
15/10/2024 05:36
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Actualizado: 15/10/2024 15:52
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Durante el dominio británico de la India, el gobierno del Raj estaba seriamente preocupado por la numerosa población de cobras en Delhi, por lo que ideó un plan ingenioso para reducir el número de estas peligrosas serpientes.
Así, por cada cobra que llevaran a la policía, los cazadores recibirían una generosa recompensa, y la idea pareció funcionar con gran éxito.
El problema surgió cuando algunos avispados comenzaron a criar cobras sólo para cobrar la recompensa, lo que llevó al gobierno a cancelar el programa de inmediato.
¿El resultado de todo esto?
Pues que criadores soltaron las cobras, ya que no les servían para nada, provocando una plaga aún peor que la que las autoridades británicas intentaban erradicar.
Este caso es un excelente ejemplo de cómo lo que parece un plan sin fisuras puede acabar en una auténtica pesadilla, algo que quizás Mozambique haya experimentado cuando intentó mejorar su economía a través de sus controvertidos proyectos de desarrollo pesquero.
EL FRAUDE DE LOS ‘BONOS DEL ATÚN’
Hoy nos adentramos en un famoso caso relacionado con unos contratos celebrados en el marco del desarrollo de la zona pesquera de la República de Mozambique.
Así que vamos con los hechos, que se remontan al año 2013, cuando este país intentaba impulsar su economía mediante unos proyectos de desarrollo a través de la pesca y la exploración de gas en sus aguas costeras.
Para ello, primero creó varias sociedades de propiedad estatal suscribió una serie de contratos de suministro con varias compañías de un grupo empresarial llamado Privinvest.
Estos contratos con Privinvest se regían por la legislación suiza y establecían que, en caso de disputas entre las partes, se debían resolver mediante arbitraje en Ginebra.
En concreto, las cláusulas de arbitraje se aplicaban a «todas las disputas que surjan en relación con» o «cualquier disputa, controversia o reclamación que surja de, o en relación con» el contrato de suministro que se tratase.
Pero claro, para empezar a funcionar, estas compañías necesitaban de una serie de equipos y servicios, por lo que además suscribieron unos importantes préstamos con bancos con sede en Londres.
Una financiación en la que Mozambique intervenía otorgando garantías soberanas.
Y, como ya se imaginarán, estos préstamos y las garantías estaban sujetos al derecho y los tribunales ingleses.
LA RECLAMACIÓN DE MOZAMBIQUE CONTRA PRIVINVEST Y LOS BANCOS
En 2019, cuando estos proyectos ya arrastraban importantes pérdidas, saltó la liebre cuando Mozambique reclamó contra Privinvest y contra los bancos prestamistas ante la ‘High Court’ de Londres, en virtud de las garantías otorgadas.
En estas demandas, el país acusaba a Privinvest y a su propietario, el empresario franco-libanés Iskandar Safa, de soborno, conspiración y otras lindezas, afirmando que habían sobornado a representantes de Mozambique y de los bancos para obtener pagos indebidos a su favor.
¿Y qué hizo Privinvest?
Pues con gran visión estratégica, primero solicitó la suspensión del procedimiento inglés en virtud de la Sección 9 de la Arbitration Act 1996, que ya vimos la semana pasada, diciendo que las reclamaciones de Mozambique quedaban bajo las cláusulas de arbitraje en Suiza.
Y en segundo lugar, inició los correspondientes arbitrajes en Suiza contra las sociedades mozambiqueñas y contra la propia República de Mozambique.
Es decir, presentaron una declinatoria de jurisdicción en toda regla, sosteniendo que las cláusulas arbitrales eran tan amplias que abarcaban todas las reclamaciones de Mozambique ante los tribunales ingleses.
Además, aunque Mozambique no había firmado los contratos de suministros, los de Privinvest argumentaron que, como beneficiario último de los acuerdos, el país estaba vinculado a las cláusulas arbitrales según el derecho suizo.
Y aquí es donde está el meollo del asunto.
Como vimos en el caso español, nos encontramos ante un tribunal ordinario que debe lidiar con una reclamación donde se mezclan cláusulas arbitrales y materias que pueden quedar fuera de su alcance, por lo que el juez debe decidir qué hacer al respecto.
La solución española ya la conocemos: barrer con todo como si la jurisdicción ordinaria fuera un coche escoba, llevándose por delante la cláusula arbitral y lo que sea necesario.
En este caso, el juez inglés enfrenta una disyuntiva similar.
LA DECISIÓN DE LA ‘HIGH COURT’
En primera instancia, la decisión recayó en Mr Justice Waksman, quien, para sorpresa de muchos, determinó en [2020] EWHC 2012 (Comm) que las reclamaciones de Mozambique contra Privinvest no estaban incluidas en el ámbito de los acuerdos arbitrales de los contratos de suministro.
Es decir, el juez consideró que las reclamaciones basadas en las garantías no estaban suficientemente conectadas con los contratos de suministro, ya que no se referían a aspectos como podrían ser los precios de compra establecidos en dichos acuerdos.
Por lo tanto, la jurisdicción ordinaria podía continuar conociendo de las reclamaciones de Mozambique contra Privinvest y los bancos prestamistas, aunque sólo por las denuncias de fraude y soborno, dejando el resto de las materias bajo la competencia del tribunal arbitral suizo.
Y es que, a diferencia de la práctica española, el juez inglés no acumuló todas las posibles reclamaciones en un único proceso, sino que primero examinó si las materias de la demanda entraban dentro del ámbito de la cláusula arbitral.
Pero, naturalmente, Privinvest no estuvo de acuerdo y apeló ante la ‘Court of Appeal’ en febrero de 2021.
Y hacia allá vamos.
LA DECISIÓN DE LA ‘COURT OF APPEAL’
En su apelación, Privinvest alegó que las demandas de Mozambique estaban vinculadas por las cláusulas de arbitraje de sus contratos con las empresas estatales.
Y, por su parte, el Gobierno de Mozambique argumentó que su reclamación se refería exclusivamente a las garantías otorgadas en los contratos de préstamo, que presuntamente fueron el resultado de un soborno al exministro de Finanzas, Manuel Chang.
La sorpresa llegó cuando la ‘Court of Appeal’ revocó la decisión de la ‘High Court’.
En efecto, en la sentencia Republic of Mozambique v Credit Suisse International and others [2021] EWCA Civ 329, la ‘Court of Appeal’ concluyó que Mr. Justice Waksman se había equivocado en sus conclusiones.
El nudo gordiano residía en determinar qué debía considerarse una «materia» o ‘matter’ bajo arbitraje según los criterios del derecho inglés, subrayando la distinción con la causa de la acción, considerando que la primera es “cualquier cuestión susceptible de constituir una disputa bajo la cláusula arbitral relevante”.
Así, la ‘Court of Appeal’ devolvió el asunto a la práctica habitual de los tribunales ingleses, donde el juez debe analizar “la naturaleza y el fondo de la demanda y las cuestiones que suscita, y no simplemente la forma en que se formula”.
Y así, en marzo de 2021, la ‘Court of Appeal’ dio la razón a Privinvest, determinando que las reclamaciones de Mozambique estaban vinculadas a los acuerdos arbitrales.
En otras palabras, el caso debería resolverse en Suiza, no ante los tribunales ingleses ya que las reclamaciones de Mozambique estaban lo suficientemente conectadas para quedar bajo el ámbito de aplicación de los acuerdos de arbitraje.
Naturalmente, esta decisión no fue del agrado de Mozambique, que ahora se veía obligada a luchar en Ginebra, bajo derecho suizo y mediante arbitraje, por lo que decidió recurrir ante el Tribunal Supremo del Reino Unido.
Pero esto lo veremos la semana que viene.
Hasta entonces, mis queridos anglofilos.
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