Opinión | El cálamo y la tinta: El juicio con jurado que no se grabó

Luis Romero, socio director de Luis Romero Abogados y doctor en derecho, relata un juicio con jurado en el que participó y en el que tanto el juez como el letrado de la Administración de Justicia permitieron que no se grabara el juicio como es preceptivo. Foto: LRS.

18 / 10 / 2024 05:38

Actualizado el 18 / 10 / 2024 17:03

En esta noticia se habla de:

Desde la lejanía, desde la distancia temporal, aquí en una isla perdida en el mediterráneo, recuerdo aquel juicio donde ejercí la defensa en junio de 2022. Como en todos los juicios donde he comparecido desde que comencé a ejercer en 1991, asistí a éste con la máxima ilusión y toda la confianza puesta en la justicia.

Ahora bien, deduje que algo no iba bien cuando en el minuto 23 de mis alegaciones iniciales fui bruscamente interrumpido por el magistrado presidente en un juicio con jurado en el que solicitaban veinte años para mi defendido, quien sigue en libertad provisional cinco años después del día de autos.

Algunas señales de lo que iba a suceder llegaron cuando el juez no me invitó a tomar café tras la selección del jurado, pues solo se hizo acompañar del séquito formado por tres fiscales y una magistrada espectadora.

Igualmente, observé una “sillita” destinada como asiento para mi defendido a la izquierda de donde yo me ubicaba. De la misma forma, hubo diversas contrariedades con los micrófonos que me proporcionaron pues por un extraño motivo dejaban de funcionar a los pocos minutos de accionarlos mientras el de la fiscal siempre era óptimo.

Tras cambiar varias baterías a dichos artilugios y seguir inactivos, me entregaron un micrófono de karaoke con lucecitas rojas, azules y verdes en círculos, como si en un club nocturno nos encontráramos.

No deseaba pensar yo que sufría alguna discriminación pero mis alumnas asistentes a la vista me narraron en el descanso que la fiscal y la agente judicial hacían muecas y morisquetas para desaprobar mis alegatos, frente al jurado e incluso de cara al al público.

EL JUICIO NO SE ESTABA GRABANDO, COMO ERA OBLIGACIÓN

Un juez irascible se enfurecía con este abogado de la defensa, que no hablaba con él sino que al contrario, dirigía sus alegaciones iniciales a los jueces populares, los auténticos jueces que deberían emitir su veredicto al finalizar el juicio.

No fue una interrupción al letrado defensor en esta intervención inicial sino siete o más, con la única argumentación de “¡Ya vamos repitiéndonos, letrado!”, pareciendo que la hora dedicada al cafelito ahora le pasaba cuenta al magistrado cuando se acercaba la hora del almuerzo.

Por mucho que este abogado trataba de contestar con la máxima educación y acatamiento a Su Señoría, éste parecía que como en un ajuste de cuentas fuese al acoso y derribo del defensor interrumpiéndolo una y otra vez de modo arrogante y soberbio.

Lógicamente, en estas circunstancias podían perder el hilo tanto el abogado como los miembros del jurado, pero el desempeño de la autoridad en éste su último juicio antes de pasarse a la abogacía pareciera querer basarse únicamente en la aniquilación de la defensa.

Descubrióse poco después, en el receso del día siguiente, que este injusto juicio no se estaba grabando. Siendo la explicación que el magistrado me procuró que “por problemas con el sistema de grabación, este juicio no se está grabando”.

Un embuste que hizo tomar medidas a este defensor para grabar el juicio con su teléfono, al menos los últimos interrogatorios.

Menos mal que unas estudiantes grabaron el primer día de juicio y parte del segundo, pues en dichas reproducciones podría comprobarse cómo se celebra un juicio injusto.

Este juez, que podría ilustrarnos sobre cómo no se debe comportar un juez ante el tribunal del jurado, consintió al letrado judicial, máxima autoridad de la oficina del tribunal del jurado desde 1996, que no video grabase el juicio, como venía haciendo en los últimos trece años.

EL ACTA DEL JUICIO ERA UN «TOTUM REVOLUTUM»

Podían prescindir de las imágenes y el sonido del juicio con la sola transcripción parcial por una funcionaria. No importaba que el acta del juicio fuese irregular, incompleta y mendaz, y que no se recogiesen la mayoría de las protestas del abogado defensor y aún menos sus motivos: pues el LAJ esperaba siempre el “plácet” del magistrado presidente.

Para ellos no desmerecía el acta el que no recogiese las preguntas y sólo las respuestas, con mermas, que no especificase cuándo preguntaba el juez y las respuestas a éste constasen como respuestas a la fiscal o al abogado. En un totum revolutum el acta era la imagen de un supuesto juicio perfecto cuando más bien era la muestra de un juicio propio de dictaduras bananeras.

En la firme convicción de que el juicio estaba siendo grabado, y con las afrentas de un juez parcial y nada objetivo que contaminaba al jurado, este abogado creía que podría demostrar con las filmaciones el grave atentado al derecho de defensa.

Pero muy al contrario, tras el receso referido, este abogado tuvo la certidumbre de que debería haber recusado a aquel juez injusto que de ninguna forma respetaba el principio de igualdad de partes e infringía el derecho a la tutela judicial efectiva y a un juicio con todas las garantías.

No podía alegar nada el abogado, todo era puesto en cuestión y el juez se enfurecía nada más comenzaba a argumentar aquél. La locuacidad del magistrado presidente se extendía a las interrupciones de los interrogatorios de las partes, principalmente de la defensa, pues en medio de las mismas, se adentraba sin ningún disimulo como un elefante en una cacharrería.

Si bien, el sistema “diseñado” por el LAJ que dirigía a la funcionaria “linotipista” no permitía descubrir tal ultraje, pues silenciaba ese adentramiento del togado como si las respuestas del acusado, testigos y peritos, fuesen proporcionadas directamente a las partes.

¿PARA QUÉ IBAN A GRABAR EL JUICIO SI UNA FUNCIONARIA LO RECOGÍA TODO?

Pero la realidad contradecía los deseos de ese tribunal un tanto inquisidor, ya que en la crucial prueba pericial conjunta, había una pantalla donde se proyectaban imágenes y en las que el forense ayudante de la autopsia, pues el director había fallecido, se permitió proyectar imágenes de otras autopsias y concluir una causa del fallecimiento distinta a la recogida en el informe original.

Es decir, el tribunal podría ser contaminado, influenciado por unas imágenes y conclusiones que le confundían en cuanto al primer informe de autopsia y único oficial, mientras que el juez ignoró las peticiones de la defensa para que o bien no se permitiesen esas irregularidades, bien se suspendiese el juicio.

Desde luego, que Su Señoría definiese las alegaciones iniciales interruptus como fuegos artificiales (sic) fue una premonitoria señal de cómo habría de trascurrir el juicio. “¡Lo verdaderamente importante viene ahora!” ¡Desde luego! ¡Cómo no! ¿Para qué tendríamos que haber expuesto esas alegaciones iniciales las partes?

A todo esto, en el discurso inicial de la fiscal, ya había advertido ésta que iba a cobrar lo mismo ganara o perdiese frente a la imaginaria ventaja pecuniaria de la defensa.

Es decir, la representante del ministerio público era más creíble como funcionaria incorrupta que un profesional liberal que no había cursado oposición. A esto último se refirió también el juez espetándome “¡Si quiere usted ocupar mi puesto haga una oposición!”, aclarándole yo que siempre quise ser abogado.

UN JUEZ MUY PARCIAL

Se sintió el presidente ultrajado cuando este letrado no se dejó “pisar” al verse impedido de hablar cuando clamaba por hacer constar las singularidades de tan peculiar vista oral. Incluso intimidó con conminar a este letrado.

De vez en cuando las sonrisas socarronas del LAJ se dejaban entrever ante el dominio de la situación siempre en contra de nuestros intereses.

El colmo de todo llegó cuando el juez no contento con la entrega al jurado de siete páginas de instrucciones, tuvo a bien disertar casi una hora para analizar las pruebas practicadas ante los ciudadanos jurados, algo que expresamente prohíbe la exposición de motivos de la ley orgánica del tribunal del jurado; por supuesto, en contra de los intereses de mi defendido.

Esas instrucciones fueron inferidas siempre en contra del acusado dejando clara la falta de imparcialidad objetiva del juez que junto a una redacción desfavorable del objeto del veredicto, dieron al traste definitivamente con la labor de la defensa.

Descubrimos meses después que el letrado judicial accedió a grabar el siguiente juicio con jurado no por una firme convicción sino por imposición, inaugurándose así una nueva época de luz y taquígrafos frente al cálamo y la tinta.

Opinión | Epístola moral de Séneca a Pedro Sánchez: “Precisa abandonar los cargos públicos”

Opinión | El síndrome de La Mareta: las vacaciones palaciegas de Pedro Sánchez

Romero Santos no reveló ningún secreto en el caso de Cerro Muriano: el Juzgado Togado Central 2 archiva la causa

Opinión | El Juez de los Santos Inocentes

Luis Romero Abogados sigue creciendo y reforzándose con el fichaje de Nuria Lendínez

Opinión | Pedro Sánchez ensalza a Francisco Franco

Lo último en Firmas

CDL

Opinión | CDL: Los jueces españoles ya cuentan con la ‘anti-suit injunction’ y probablemente muchos aún no lo saben (II)

Junceda en un quirófano

Opinión | ¿Cámaras en los quirófanos?

fraude

Opinión | Firmas, mentiras y dinero público: así se cocina el fraude en las ayudas en España

Policía UDEF en Ferraz

Opinión | La Justicia no es fango

1975-2026 carrera

Opinión | El mundo de anteayer: lo que veían los ojos de un joven en 1975 y lo que ven los de hoy