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El alto tribunal valora que la custodia compartida puede ser perjudicial para los menores debido a la mala relación entre sus padres. Foto: Confilegal

Denuncias y acusaciones de alcoholismo: la «relación nula» con su ex le lleva a perder la custodia compartida ante el TS

27 / 10 / 2024 00:45

Actualizado el 27 / 10 / 2024 02:20

Un hombre ha llegado hasta el Tribunal Supremo para conseguir la custodia completa, o en su defecto, compartida, de sus tres hijos. Una situación que, sin embargo, se convertía en un revés para el hombre. Y es que el alto tribunal, analizando su mala relación con la madre de sus hijos, tomaba la decisión de dar la custodia completa a la mujer. Ello, a pesar de que los menores expresaron su deseo de ver de forma más continuada a su progenitor.

Pedro (nombre ficticio) presentó ante el Juzgado de Primera Instancia nº8 de Gijón una demanda para la modificación de medidas de su régimen de visitas, vacaciones y guarda y custodia de sus tres hijos menores. Una demanda, presentada en julio de 2018, en la que el hombre solicitaba la «supresión de la guarda y custodia de Ángeles sobre sus hijos, pasando éste a disfrutar la guarda y custodia de los tres menores».

«Suspensión de las visitas y vacaciones de los tres menores a su madre. Y supresión de cualquier tipo de pensión de alimentos», solicitaba también Pedro ante el juzgado, en sustitución a las medidas establecidas previamente.

Una solicitud que era rechazada por el juzgado que, del mismo modo, estimaba las pretensiones de la parte demandada. Ello, contradiciendo radicalmente en su fallo las pretensiones del padre.

Así pues, estipulaba el juzgado que sería la madre la que ostentara la guarda y custodia de los menores, manteniendo el régimen de visitas. Y, del mismo modo, aumentaba «en la suma de 150 euros mensuales la pensión alimenticia a abonar por Pedro».

El TS niega la custodia compartida ante la mala relación de los padres

Decisión judicial ante la que Pedro presentaba un recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Asturias. Tribunal que, el 12 de enero de 2023, escuchaba en parte las alegaciones del hombre. Y así, revocaba la sentencia de primera instancia.

«En el sentido de establecer el régimen de guarda y custodia compartida de los menores por periodos semanales. Así como derivar al núcleo familiar a los Equipos de Intervención Técnica de Atención a la Familia a fin de capacitar a los progenitores para el establecimiento de una comunicación eficiente«. Sentencia que, posteriormente, era aclarada en un auto, en el que suprimía la pensión de alimentos.

Sentencia ante la que la madre de los menores presentaba recurso de casación ante el Tribunal Supremo. En concreto, ante la sala de lo Civil compuesta por los magistrados Francisco Marín Castán (presidente), Antonio García Martínez (ponente), Mª Ángeles Parra Lucán y José Luis Seoane Spiegelberg.

Tribunal que, en su sentencia 1231/2024, reconocía las pretensiones de la madre. Y, a su vez, escuchaba las alegaciones de la fiscal.

«La recurrente dice que el caso no es un supuesto de meras desavenencias. Alega que entre ellos existe un grado de conflictividad que afecta al interés superior de los menores», destaca la sentencia. Enfrentamientos entre los que se encuentran «atribuciones inadecuadas y consumos excesivos de alcohol y otras sustancias», así como diversas demandas.

Punto compartido por la fiscal, que destacaba que la falta de relación de los padres «hace inviable dicho sistema de custodia» compartida.

Algo en lo que coincide el Supremo que destaca que, a pesar de que los menores han reconocido querer ver más tiempo a su padre, éstos mismos sufren «preocupación y desasosiego» ante la situación altamente conflictiva entre sus progenitores.

Situación que lleva al alto tribunal a estimar el recurso de casación de la mujer. Y con ello, a confirmar la sentencia de primera instancia, dando la custodia a la madre de los niños.

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