La Justicia avala el despido de un trabajador que denunció acoso para evitar que le echaran por bajo rendimiento
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la decisión de declarar procedente el despido de un trabajador de la empresa Financiera Des Paiments Electroniq SAS.

La Justicia avala el despido de un trabajador que denunció acoso para evitar que le echaran por bajo rendimiento

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05/1/2025 00:36
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Actualizado: 06/1/2025 00:44
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El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado la decisión de declarar procedente el despido de un trabajador de la empresa Financiera Des Paiments Electroniq SAS al considerar que se inventó sufrir acoso por parte de un superior jerárquico tras haber corrido el rumor de que le iban a echar porque no había cumplido con los objetivos. Algo que se iba a materializar durante el periodo de prueba.

Así lo han constatado las magistradas Ana María Orellana (ponente), María Begoña García y Alicia Catalá en la sentencia 713/2024 de 18 de noviembre.

El empleado comenzó su andadura en la empresa en noviembre de 2022 como técnico administrativo. Pero comenzó a tener constancia de que querían extinguir su relación laboral porque había tenido unos resultados deficientes. Todo ello unido a su falta de organización y su poco interés por aprender.

De modo que el empleado decidió comunicar a una compañera que su superior le estaba acosando. Llegó a denunciarle ante el Juzgado de Instrucción Nº4 de Fuengirola, por lo que se activó el protocolo antiacoso para evitar que la empresa le despidiera.

Sin embargo, el procedimiento de investigación de la empresa determinó que no había sufrido acoso. Y aunque estuvo de baja por ansiedad en julio de 2023, se llegó a la conclusión de que podía haber tenido lugar tras saber que no iba a superar el periodo de prueba. Pues la baja laboral se desencadenó un día después de haberle informado de su situación laboral, dice la sentencia dada a conocer a través de la laboralista Caty Pou.

Uso ilícito del canal de denuncias

Finalmente fue despedido, y ya no sólo por su bajada de rendimiento, sino también por haber hecho un uso ilícito del canal de denuncias que había dentro de la compañía para poder «blindarse» ante sus sospechas de que le iban a echar.

Además, hizo una llamada grupal a través de WhatsApp con varios de sus compañeros en la que les comentó que había denunciado a su superior jerárquico y que uno de los motivos era porque se acercaba el fin de su periodo de prueba. Varios testigos comentaron que mientras lo contaba, parecía que se estaba riendo.

En otra llamada con algunos miembros del equipo comercial comentó en tono jocoso que no era la primera vez que había provocado este tipo de situaciones. Sin embargo el trabajador decidió impugnar su despido, pero el Juzgado de lo Social Nº47 de Madrid desestimó la demanda y lo declaró procedente, por lo que decidió recurrirla ante el TSJM.

Pero las magistradas consideraron que había quedado acreditado que el demandante activó el protocolo interno de acoso interno de acoso frente a su superior para evitar que la empresa le echara, algo de lo que tenía pleno conocimiento.

Por lo que, dada la gravedad de su comportamiento, la Sala de lo Social manifestó que no se le podía aplicar la teoría gradualista.

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