De TikTok al juzgado: una limpiadora alega despido improcedente tras grabar vídeos bailando en el trabajo
En uno de los vídeos que la mujer publicó en la red social TikTok , se la veía bailando con la mopa en la mano, junto al mensaje: “Motivándome para empezar a currar, y para enseñaros mi nuevo uniforme. Vamos, el sábado por la noche me lo pongo para irme de fiesta, jajaja”.

De TikTok al juzgado: una limpiadora alega despido improcedente tras grabar vídeos bailando en el trabajo

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03/2/2025 05:35
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Actualizado: 02/2/2025 18:50
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El Juzgado de lo Social número 12 de Madrid celebra un juicio por la demanda interpuesta por una limpiadora contra su empresa por despedirla disciplinariamente tras grabar varios vídeos de TikTok en los que bailaba con el uniforme y una mopa.

Maika Cabrera, de 61 años, fue despedida de su puesto en el Colegio Gandhi de Madrid, en el distrito de Ciudad Lineal, tras dos décadas dedicadas al sector. El centro escolar tachó de falta muy grave el hecho de aparecer en los citados vídeos.

El despido disciplinario le fue notificado el pasado 22 de abril, alegando la empresa que la conducta de la trabajadora proyectaba una mala imagen de la contrata de servicios.

En TikTok se la veía bailando con la mopa en la mano

En uno de los vídeos que la mujer publicó en la red social TikTok , se la veía bailando con la mopa en la mano, junto al mensaje: “Motivándome para empezar a currar, y para enseñaros mi nuevo uniforme. Vamos, el sábado por la noche me lo pongo para irme de fiesta, jajaja”.

La defensa de la trabajadora, ejercida por el abogado Alfredo Arrién Paredes, sostiene que el despido es nulo y, de forma subsidiaria, improcedente.

Según el letrado, Cabrera no recibió advertencias ni sanciones previas antes de su despido, lo que vulneraría el principio de proporcionalidad en la imposición de sanciones laborales.

«Es únicamente fruto de la avanzada edad y duración del contrato que tenía Maika con la empresa, pues ni siquiera la publicación de los vídeos es causa de despido disciplinario ni conforme al Estatuto de los Trabajadores ni al convenio colectivo del sector de limpieza de la Comunidad de Madrid», argumenta Arrién Paredes.

La empresa, por su parte, rechazó la conciliación previa, señalando que realizará sus alegaciones en sede judicial.

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