El juzgado, ante esta práctica "abusiva y desproporcionada", condena a Carrefour a abonar 3.000 euros de indemnización a su clienta. Foto: EP
Carrefour, condenada por vulnerar el derecho al honor de una clienta al ponerla en el registro de morosos
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25/3/2025 05:36
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Actualizado: 25/3/2025 08:37
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El uso de una tarjeta de crédito Carrefour ha llevado a una mujer a estar incluida en el registro de morosos, y a acabar ante los tribunales. Y es que, a pesar de su desconocimiento de una presunta deuda con el conocido supermercado, éste, de forma unilateral, procedió a incorporarla al fichero de morosos ASNEF. Una cuestión que, ahora, el juzgado ha determinado que supuso una vulneración del derecho al honor de la consumidora.
Marina (nombre ficticio), contrataba una tarjeta de crédito con Carrefour el 5 de octubre de 2019. Una tarjeta por la que, en noviembre de 2022, la clienta liquidaba una suma de 2.055 euros, con lo que consideraba cerrado de forma definitiva dicho contrato.
«Mi mandante no volvió a tener noticia alguna de tal asunto, con lo que continuó su vida con normalidad, desconociendo la existencia de cualquier deuda que tuviese pendiente, pues en ningún momento fue informada de ello», explica ahora el abogado de la mujer, Ignacio Palomar Ruiz, socio director de Servilegal Abogados, en el escrito de demanda.
Sin embargo, apenas un año después, llegaba la sorpresa para Marina. Y es que, durante un procedimiento bancario relacionado con su hipoteca, la entidad bancaria rehusaba la firma de la operación. Algo que provocaba el hecho de que la mujer «constaba en una deuda en el fichero de morosos ASNEF».
Una incorporación llevada a cabo por Carrefour, tal y como explica la demanda, «sin ni siquiera haberle sido notificada la inclusión, o sin requerimiento de pago previo a la deuda«. Una cifra «a deber» aparentemente al supermercado que ascendía a los 679 euros.
Cifra que cambiaba cuando la mujer acudía al supermercado a pagar la supuesta deuda. Y es que, en ese momento, Carrefour le cobraba cerca de 610 euros.
Carrefour vulneró el derecho al honor de su clienta
Demanda que llegaba ante el Juzgado de Primera Instancia nº6 de Burgos, bajo la magistratura de Marta Tudanca Martínez. Ello, alegándose que Carrefour había vulnerado el derecho al honor de su clienta.
Situación ante la que la empresa alegó «que se remitió a la actora varios requerimientos previos de pago». Requerimientos en los que, sin embargo, el supermercado «no aporta prueba alguna de que se recibieran por la actora. Ni tampoco de haberse enviado las mismas».
«No puede darse por acreditado que la entidad bancaria remitiera al actor requerimiento fehaciente de pago, con apercibimiento de incluirle en los ficheros de morosos», destaca ahora el juzgado.
Algo que lleva a la magistrada a entender que la inclusión de Marina en el listado de morosos es «una intromisión ilegítima en el derecho al honor». Especialmente, debido al hecho de «aparecer ante la multitud de asociados de estos registros como moroso sin serlo».
Una actuación por parte de Carrefour que se considera «abusiva y desproporcionada». Y que condena a la entidad a abonar 3.000 euros a la clienta, más intereses, por vulnerar su derecho al honor.
«Las entidades financieras han convertido los registros de morosos en un mecanismo de coacción y presión sobre los ciudadanos. Muchas veces, sin pruebas suficientes ni cumplimiento de los requisitos legales», critica Palomar Ruiz ante esta sentencia.
Y es que, según el abogado, «cada día, miles de consumidores en España descubren que están en registro de morosos. Ello, sin siquiera haber sido notificados o con deudas inexistentes o discutidas. Estas prácticas no solo afectan su acceso al crédito, sino que dañan su reputación y su estabilidad económica. Esta sentencia envía un mensaje claro: los derechos del consumidor deben ser respetados y cualquier abuso será perseguido y castigado», asegura.
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