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Las repetidas faltas del gerente de Mercadona en su puesto de trabajo son suficientes para justificar su despido, según los tribunales. Foto: EP

Quitar la grasa al jamón, no cortarlo en taquitos, o no ponerse el delantal: razones para el despido procedente en Mercadona

20 / 05 / 2025 05:39

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha avalado el despido procedente de un trabajador de Mercadona. Ello, después de que el empleado llevara a cabo diferentes acciones que el supermercado consideró como «faltas graves» dentro de la compañía. Entre ellas, llegar tarde a su turno laboral, no limpiar su zona de trabajo, o no etiquetar correctamente los productos.

Modesto (nombre ficticio) trabajaba como gerente en Mercadona, como gerente y con contrato indefinido, desde marzo de 2011. Un puesto de trabajo en el que, sin embargo, Modesto comenzó a bajar su rendimiento. Ello, siendo reprendido por la coordinadora.

Unas advertencias que, sin embargo, el empleado del conocido supermercado decidía no escuchar en la zona de charcutería, donde llevaba a cabo gran parte de sus labores profesionales. Y es que, tal y como le informaban sus superiores, algunas de sus conductas no correspondían al correcto desempeño de su puesto de trabajo.

«Se deja los tacos restantes del jamón sin taquear y sin envasar al vacío«, se expone, durante su jornada del 9 de octubre de 2023. Problemas con el jamón que se repiten otros días. «Se abre un jamón de cebo sin cumplir el método de corte. Decide eliminar gran parte del tocino, siendo esto parte de la loncha«, destaca ahora la sentencia del TSJM.

Un trabajo de charcutería en el que Modesto no cumple con las medidas de seguridad de la empresa. En concreto, no ponerse el delantal de metal de protección.

«No cumple la descongelación del panecillo en la sección de horno» o «guarda las empanadas sin etiquetar», son otras «faltas» del trabajador que, finalmente, llevan a Mercadona a informarle de su despido disciplinario el 16 de diciembre de 2023.

Los tribunales confirman el despido de Mercadona

Un incumplimiento repetido que Mercadona, en la carta de despido, aseguraba al trabajador que suponía «el quebranto de la buena fe depositada en usted, y de la lealtad debida por usted».

Decisión del supermercado que el trabajador llevaba ante los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº25 de Madrid que, en su sentencia de 9 de octubre de 2024, desestimaba las pretensiones del trabajador. Y que llevaba este despido ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.

Sentencia 305/2025 en la que los magistrados Ángela Mostajo Veiga (ponente), José Luis Asenjo Pinilla y María del Carmen López Hormeño confirmaban nuevamente el despido de Mercadona.

Recurso de suplicación en el que el trabajador alegaba los hechos indicados en la carta de despido «no eran cierto, algunas imputaciones eran genéricas, y otras irrelevantes». Y así, negaba que las infracciones cometidas fuesen de gravedad suficiente para justificar su despido. Algo que desestimaba el tribunal. Especialmente, en el caso del delantal de protección.

«El delantal protege al trabajador de los posibles cortes derivados del uso de chuchillos de filos muy agudos», destaca el TSJM. Una prevención de riesgos que «descansa sobre empresa y trabajadores, de modo que el incumplimiento de la misma tiene gravedad suficiente».

Del mismo modo, aseguraba el trabajador que el despido se había producido por denegársele un cambio de centro de trabajo. Algo que el TSJM desestima también, debido a que esta alegación no aparece en los hechos probados. Y, además, no tiene relación alguna con el incumplimiento de los riesgos laborales.

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