La salud mental de esta profesora ha llevado a los tribunales a reconocer, en contra del INSS, su incapacidad permanente absoluta. Foto: Confilegal

Cuando la salud mental gana en los tribunales: la inestabilidad emocional también es incapacidad permanente absoluta

12 / 06 / 2025 00:45

El Tribunal Superior de Justicia de La Rioja (TSJLR) ha estimado las pretensiones de la mujer, declarando su incapacidad permanente en grado absoluto por su salud mental. En concreto, por un trastorno de inestabilidad emocional de la personalidad de larga evolución.

Crescencia (nombre ficticio) era profesora de enseñanza no reglada. Un trabajo que compaginaba con una complicada situación médica en cuanto a su salud mental.

Así pues, desde los 18 años, la mujer cuenta con varios ingresos hospitalarios en psiquiatría. Algo que continuaba en su ingreso de noviembre de 2022, cuando su malestar anímico se agravaba por su situación personal, al aumentar su responsabilidad en el cuidado de su hija.

“Inestabilidad afectiva, con predominio de hipotimia, angustia, temores inespecíficos, insomnio de conciliación. Ideas de muerte frecuentes, sin ideación autolítica estructurada. Existencia de malestar emocional mantenido en el tiempo con sensación de fragilidad e incapacidad”, destacaba el informe médico.

Una situación que se agravaba en 2023, acudiendo en diversas ocasiones a urgencias.

“Empeoramiento anímico reactivo a ruptura sentimental reciente. Con sensación de abandono y soledad, impotencia, rabia, frustración”, destacaba el informe de urgencias de mayo de 2023. Algo que empeoraba poco después: “refiere la paciente que se quiere morir, para dejar de sufrir”. Y, en septiembre de 2024, era atendida en urgencias por una crisis de ansiedad con sobreingesta medicamentosa.

Situación ante la que, sin embargo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) le reconocía la incapacidad permanente absoluta. Es decir, la inhabilitación por completo, pero sólo para su oficio habitual.

La salud mental gana la incapacidad permanente absoluta

Una decisión que los abogados de Crescencia llevaban a los tribunales. En concreto, ante el Juzgado de lo Social nº2 de Logroño. Juzgado que dictó sentencia estimatoria. Y así, reconoció a la mujer una incapacidad permanente absoluta.

Fallo ante el que recurría el INSS ante el TSJLR. Ello, alegando que “la patología física no impide los desplazamientos, y la psíquica es compatible con trabajos sencillos de escasa responsabilidad”.

Caso que llegaba ante la Sala de lo Social compuesta por los magistrados María José Muñoz Hurtado (presidenta y ponente), Mercedes Oliver Albuerne y Carlos González González.

Magistrados que, en su sentencia 41/2025, desestimaban el recurso de suplicación interpuesto por el INSS y TGSS. Y así, confirmaban la resolución de incapacidad permanente absoluta para la mujer afectada por su salud mental.

“Crescencia es portadora de un trastorno de inestabilidad emocional de larga data, no habiéndose alcanzado un mínimo de estabilidad clínica”, destaca el TSJLR.

Una situación de salud mental que, según el tribunal, “no le permite acometer, con las exigencias de asiduidad, disciplina y rendimiento propias de cualquier trabajo inserto en el mundo laboral, ninguna actividad profesional, por liviana o sencilla y exenta de estrés que la misma sea”.

“Es una llamada de atención sobre cómo la salud mental debe ser valorada con el mismo rigor y respeto que cualquier otra dolencia”, celebra la abogada Alessia Macchia, que ha dado a conocer la sentencia. “La salud mental sí puede generar incapacidad absoluta. Y la ley debe reconocerlo”.

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