El abogado general del TJUE, Dean Spielmann, con su dictamen pone en duda el criterio de la Ley austriaca en materia de revelación de datos en controles antidopaje. Foto: TJUE.

El abogado general del TJUE cuestiona la publicación en webs oficiales de los nombres de deportistas sancionados por dopaje

26 / 09 / 2025 05:40

El abogado general del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en este caso, Dean Spielmann, considera que la publicación en webs oficiales del nombre de todos los deportistas profesionales sancionados por dopaje vulnera el Derecho de la Unión. A su juicio, esta práctica no respeta el principio de proporcionalidad y puede suponer una injerencia excesiva en la protección de datos personales.

El caso llega al TJUE tras la impugnación de cuatro futbolistas austriacos cuyos nombres, periodo de suspensión y motivos de exclusión fueron difundidos por la Agencia Nacional Antidopaje (NADA Austria) y la Comisión Jurídica Antidopaje Austriaca (ÖADR), en cumplimiento de la legislación nacional.

La ley austriaca justifica la publicación de todos estos sustentándose en dos pilares: disuadir a otros deportistas de cometer infracciones de la normativa antidopaje, y por otro lado, prevenir del dopaje en el deporte.

Sin embargo, los afectados sostuvieron que la publicación vulnera el Reglamento General de Protección de Datos (RGPD). De ahí que el Tribunal Federal de lo Contencioso-Administrativo de Austria elevara una cuestión prejudicial ante el TJUE.

El abogado general del TJUE, figura que forma parte del tribunal pero que no participa en la sentencia final y cuya función es asesorar a los magistrados para la toma de una decisión mediante estas conclusiones –que no son vinculantes–, plantea que los objetivos de prevención y transparencia podrían alcanzarse con medidas menos intrusivas, como una publicación nominativa restringida a federaciones y organismos deportivos, acompañada de una versión seudonimizada accesible «on line».

En este caso, el daño que se causa a la privacidad y a la protección de los datos personales del deportista es mayor que el beneficio que se obtiene.

El abogado propone una solución que podría dar respuesta a los dos objetivos que busca la ley, sin mermar el derecho de información: la publicación nominativa, pero limitada a los organismos pertinentes y a las federaciones deportivas, acompañada, por ejemplo, de una publicación en Internet bajo pseudónimo.

Es decir, se permitiría su publicación de los datos personales si es esta corresponde a términos proporcionales en cuanto al alcance y duración de la publicación.

Ahora le toca al tribunal austriaco decidir sobre la cuestión.

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