La Sección Civil y de Instrucción del Tribunal de Instancia de Salúcar de Barrameda ha estimado la demanda de la propietaria de la vivienda frente a sus inquilinos. Y con ello, a condenado a los que vivían en el alquilar a abonar cerca de 5.000 euros por los destrozos provocados en la vivienda. Ello, más la imposición de costas.
La vivienda se ha convertido, en los últimos años, no sólo en un bien de primera necesidad. También en una de las principales preocupaciones de los ciudadanos españoles. Y es que la falta de oferta, sumado al aumento de los precios de alquiler y compra, ha provocado que cada vez sea más difícil contar con un hogar en España.
Un hogar que, sin embargo, ahora ha llegado ante los tribunales. Y es que, tras el aparente «destrozo» provocado por unos inquilinos, la propietaria de la vivienda no ha dudado en reclamar la situación ante los tribunales.
«La demandante suscribió un contrato de arrendamiento con los demandados respecto a una vivienda de la que es propietaria», explica ahora la sentencia del Tribunal de Instancia. Un contrato de alquiler que resuelto por ambas partes antes de esta sentencia. Pero que, sin embargo, contenía una sorpresa para su propietaria.
Y es que el piso era «devuelto» con graves destrozos. Destrucción del piso valorada en casi 5.000 euros, tal y como establecía el informe pericial que acompañaba a la demanda.
«Del informe pericial aportado se entiende debidamente probado que se causaron unos daños en la vivienda por valor de la cantidad que ahora se reclama, debiendo entender que, atendida la fecha de desalojo de la vivienda y la fecha de visita del perito, los daños fueron provocados por los arrendatarios», explica la sentencia.
Los inquilinos deben pagar el destrozo
Una reclamación que llegaba ante el Tribunal de Instancia de Salúcar de Barrameda. En concreto, ante la juez titular Clara Arroyo Plasencia.
Tribunal de Instancia que, en su sentencia 271/2025, a la que ha tenido acceso Confilegal, estimaba íntegramente las pretensiones de la propietaria, representada por el abogado José Luis Ortiz.
Una estimación de la demanda en la que, además, se pone de manifiesto que los arrendatarios no han comparecido para negar las acusaciones. Una situación declarada de «rebeldía procesal», ante la que la juez estimaba íntegramente la petición de la propietaria.
Y así, condenaba a los inquilinos a abonar 4.651,24 euros a su casera. Cifra a la que se deben sumar los intereses moratorios legales desde la fecha de emplazamiento para contestar a la demanda hasta la sentencia. Y en ese momento, serán sustituidos por intereses de mora procesal. Y, del mismo modo, la imposición de costas procesales.