Opinión | La cartelería del Gobierno en los tribunales: un riesgo para la apariencia de independencia judicial      

La profesora María Luisa García Torres, doctora en Derecho Procesal y jefe de estudios del área de Derecho Facultad Business & Tech, aborda el conflicto de la nueva cartelería en edificios judiciales que pone en tela de juicio la apariencia de independencia judicial.

13 / 11 / 2025 05:42

En esta noticia se habla de:

El Pleno de la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha acordado solicitar al Consejo General del Poder Judicial -en adelante, CGPJ- que evalúe un posible ajuste de la nueva cartelería institucional en varios edificios judiciales, al considerar que genera “confusión” y puede afectar la percepción de independencia de los tribunales.

La cuestión trasciende lo estético y la comunicación institucional, ya que incide directamente en la confianza de la ciudadanía en una Justicia independiente.

Desde la implantación de los nuevos Tribunales de Instancia, las sedes judiciales han experimentado una renovación integral. En Castilla-La Mancha, bajo competencia directa del Ministerio de Justicia, los rótulos incluyen, junto al nombre del órgano judicial, la leyenda “Gobierno de España”, siendo la primera vez que esta referencia aparece asociada visualmente a los Tribunales.

En las comunidades autónomas -en adelante, CC.AA.- con competencias transferidas, los letreros incorporan la identidad gráfica del gobierno autonómico junto al nombre del órgano judicial.

Separación de poderes y la independencia del Poder Judicial

La arquitectura constitucional española hunde sus raíces en el principio clásico de separación de poderes, formulado por Montesquieu en 1748, en El espíritu de las leyes.

Aún hoy, esa doctrina constituye el cimiento del constitucionalismo moderno: la división funcional entre el Poder Legislativo, el Poder Ejecutivo y el Poder Judicial no es una cuestión ornamental, sino una garantía estructural frente a cualquier forma de abuso del poder.

En nuestro país, la independencia del Poder Judicial alcanza rango constitucional en el artículo 117 de la Constitución, que proclama: “La justicia emana del pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados integrantes del poder judicial, independientes, inamovibles, responsables y sometidos únicamente al imperio de la ley” y, según el Tribunal Constitucional -en adelante, TC, constituye una pieza esencial de nuestro ordenamiento como del de todo Estado de Derecho -sentencia 108/1986, de 29 de julio-.

Este precepto encierra dos dimensiones complementarias, tal y como manifiesta la sentencia del TC 37/2012, de 19 de marzo: la independencia externa, frente a injerencias de otros poderes del Estado o de intereses particulares; y la independencia interna, que protege a cada juez frente a presiones jerárquicas o corporativas dentro del propio sistema judicial.

«Cuando el ciudadano observa un cartel que antepone “Gobierno de España” al nombre del órgano judicial, puede legítimamente percibir una confusión de planos: el de quien administra y quién juzga, pudiendo cuestionar la titularidad del Poder Judicial, aunque siga siendo única y estatal, tal y como exige el artículo 117 de nuestra Norma Fundamental».

Administración de Justicia no es Poder Judicial

Conviene aclarar una confusión habitual: la llamada “Administración de Justicia” no es el Poder Judicial. Se refiere a la gestión administrativa de los recursos necesarios para el funcionamiento de los órganos judiciales -edificios, personal funcionario, servicios comunes y sistemas informáticos-, competencia del Poder Ejecutivo. Doce CC.AA tienen transferida esta gestión: Cataluña, País Vasco, Galicia, Andalucía, Comunidad Valenciana, Canarias, Aragón, Asturias, Navarra, Cantabria, Madrid y La Rioja, mientras que en las 5 restantes, Ceuta, Melilla, la Audiencia Nacional y el Tribunal Supremo, permanece centralizada en el Ministerio de Justicia.

Esta tensión refleja el modelo híbrido español, donde coexisten competencias fragmentadas entre el Ministerio de Justicia, las CC.AA y el CGPJ.

Los carteles son un síntoma visible de esta dispersión: edificios estatales, personal dependiente de comunidades, sistemas informáticos distintos y criterios de inversión desiguales. Informar sobre esta diversidad es razonable, pero siempre sin comprometer la percepción de independencia de los tribunales.

La apariencia como garantía de la independencia

Cuando el ciudadano observa un cartel que antepone “Gobierno de España” al nombre del órgano judicial, puede legítimamente percibir una confusión de planos: el de quien administra y quién juzga, pudiendo cuestionar la titularidad del Poder Judicial, aunque siga siendo única y estatal, tal y como exige el artículo 117 de nuestra Norma Fundamental.

No se trata de una cuestión meramente estética. La forma en que se simboliza el Poder Judicial afecta directamente a la percepción de su independencia, fundamento esencial del Estado de Derecho. Y es que los símbolos importan: la toga, el estrado, el escudo y la bandera tras el juez, el silencio solemne de la sala; todo contribuye a dotar de autoridad y legitimidad al acto jurisdiccional. La señalética de los edificios judiciales no escapa a esa dimensión simbólica.

La célebre máxima de Lord Hewart en R v. Sussex Justices; Ex parte McCarthy, en 1924, «la Justicia no solo debe hacerse, sino también parecer que se hace» puede aplicarse a la independencia judicial. El Tribunal Europeo de Derechos Humanos -en adelante, TEDH- la adoptó en relación con la imparcialidad de los jueces, entre otros en el caso De Cubber c. Bélgica, el 26 de octubre de 1984, sosteniendo que la confianza de la ciudadanía depende no solo de la imparcialidad real, sino también de que ésta sea percibida externamente. En este mismo sentido, la independencia judicial debe proyectarse de manera objetiva y visible, de modo que los tribunales sean percibidos como órganos ajenos a intereses particulares o presiones externas.

Como recuerda la sentencia del TC 60/1995, de 17 de marzo, esta percepción resulta esencial para garantizar la confianza de los ciudadanos en los tribunales de una sociedad democrática.

Una propuesta ambiciosa

La polémica sobre la cartelería judicial invita a una reflexión de fondo y a una propuesta ambiciosa: ¿es sostenible una Justicia cuya administración depende de trece centros de decisión distintos? ¿Puede garantizarse un servicio público homogéneo cuando cada territorio gestiona sus propios recursos, incluso sus sistemas informáticos, con escasa interoperabilidad?

Esta fragmentación administrativa afecta también a la eficacia y coherencia de la digitalización judicial, un pilar esencial de la modernización del sistema. De ahí la necesidad de avanzar hacia un modelo de gestión unificada, interoperable y coordinada, que preserve la autonomía de las CC.AA pero asegure estándares comunes en infraestructuras, comunicación institucional y tecnología.

Solo una administración de Justicia racionalizada y cohesionada puede garantizar una imagen institucional coherente y, con ella, la apariencia de independencia que la ciudadanía exige a los tribunales.

«La independencia judicial no se garantiza solo con normas, sino también mediante estructuras y símbolos que la refuercen y la hagan visible. El ciudadano ha de saber quién proporciona los medios, pero, sobre todo, debe percibir con claridad que los jueces no sirven al Gobierno, sino a la Justicia».

Conclusión

En un momento en que la confianza institucional se ve debilitada, la imagen pública de la Justicia adquiere un valor simbólico y pedagógico decisivo. La presencia destacada del logotipo gubernamental, sea del Estado o de una comunidad autónoma, en edificios judiciales puede proyectar, aunque no sea intencionado, una impresión de dependencia o subordinación.

Y esa mera apariencia basta para minar la credibilidad del Poder Judicial.

Porque, en este ámbito, como en la vida, las apariencias importan. La independencia judicial no se garantiza solo con normas, sino también mediante estructuras y símbolos que la refuercen y la hagan visible. El ciudadano ha de saber quién proporciona los medios, pero, sobre todo, debe percibir con claridad que los jueces no sirven al Gobierno, sino a la Justicia. Porque cuando la imagen del Poder Judicial se confunde con la del poder político, no solo se borra una línea estética, sino un principio constitucional.

El presidente del TEDH advierte que atacar a los jueces es una estrategia para destruir el Estado de Derecho

Alfonso Villagómez, magistrado: «Bolaños no ha reformado la Justicia, la ha demolido»

Opinión | La corrupción política, los jueces, los políticos y la prensa

Opinión | El juez Peinado y su hoja de ruta

El Colegio de Procuradores de Madrid respalda la independencia judicial como «pieza clave» del Estado de Derecho

El PP lleva al Congreso una reforma para que el CGPJ, y no el Gobierno, elija a los candidatos españoles para el TEDH y otros los tribunales internacionales

Lo último en Firmas

Nómina

Opinión | La nómina: claridad, justicia y reconocimiento profesional

Salarios

Opinión | Los sueldos salen a la luz: Europa pone fin al secreto del salario

Carlos III en el Capitolio

Opinión | El discurso del Rey de Inglaterra en el Capitolio: Lo que la Casa Blanca debería haber entendido

teniente coronel balas(1)

Opinión | Un binomio lapidario: «Al final, el que paga manda»

Trump y el eje chino-ruso-iraní

Opinión | China, Rusia e Irán, el Eje que Trump no supo ver