Por "vulneración del derecho fundamental de libertad sindical e incumplimiento del deber establecido en el artículo 8.2 del Decreto de huelga de convocar al comité durante la duración de la misma".
El órgano de gobierno de los jueces ha elaborado un plan estratégico para conocer la situación de la planta judicial y las necesidades de incremento de plantilla hasta 2032
Le solicita que acuerde el reconocimiento expreso del derecho fundamental a la huelga y abra procedimiento formal de infracción contra España por incumplimiento del plazo de transposición de la Directiva (UE) 2019/1158.