Indica que la autorización de entrada debe estar conectada con la existencia de un procedimiento inspector ya abierto y cuyo inicio se haya notificado.
A los tres se les atribuye un presunto delito de tenencia de explosivos con fines terroristas, recogido en los artículo 571 y siguientes del Código Penal.
Bal pide la comparecencia en el Congreso del vicepresidente, y reclamará su dimisión si el Supremo también ve motivos para investigarle y solicita un suplicatorio.