Por un delito de abuso sexual a una de ellas se le han impuesto cinco años de prisión, y por un delito continuado de agresión y abuso sexual a su otra hija, ocho años.
La Audiencia de Pontevedra la absolvió por no probarse que carecía de autorización, pero el alto tribunal gallego considera que debe ser la acusada la que demuestre que tenía permiso.
El magistrado considera que no se ha acreditado una “relación de causalidad” entre la crisis sanitaria y las dificultades económicas para pagar la renta “que alega, y no prueba” la empresa demandante.