Entiende que "destinar dinero público a defender a funcionarios o políticos que han cometido ilegalidades manifiestas constituye un supuesto claro de prevaricación y malversación de caudales públicos".
Desestima el recurso del Ayuntamiento de Barcelona contra la sentencia del TSJCat que declaró nulo el artículo 75.2 del Reglamento Orgánico Municipal de la Ciudad Condal.