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El criterio «peligroso» de la carga de trabajo en los Juzgados de la Violencia sobre la Mujer

El criterio «peligroso» de la carga de trabajo en los Juzgados de la Violencia sobre la Mujer
Susana Gisbert, portavoz de la Fiscalía de Valencia, reveló que el sistema Fortuny, de los fiscales, no se habla con el sistema que utilizan los jueces. Confilegal.
13/11/2016 06:55
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Actualizado: 12/11/2016 23:20
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Leía hace unos días en estas mismas páginas un artículo sobre la carga de trabajo en los Juzgados de Violencia sobre la Mujer donde se destacaba que la mayoría de ellos no llegan a los módulos establecidos como óptimos por los criterios del Consejo General del Poder Judicial.

O sea, que en la mayor parte de casos se trabaja “poco”.

Y claro, he sucumbido a la tentación de dar mi propia versión del asunto. No he podido evitarlo.

Vayan dos cosas por delante. La primera, que no se trata de tirar piedras al mensajero. El artículo en cuestión desgrana de modo objetivo los datos y los confronta con los criterios de un modo impecable.

Lo que cuestiono son precisamente esos baremos y esos criterios que además, sirven de base para tomar decisiones importantísimas en orden a creación de plazas o juzgados, que no es poca cosa.

Y en segundo lugar, vaya también por delante que no se trata de hacer autodefensa, puesto que el juzgado que despacho entra dentro de esos márgenes de corrección en cuanto a carga de trabajo. Así que tampoco lo tomé como una alusión personal. Dicho sea por las susceptibilidades.

Pero entrando en materia, lo primero que debería llamar la atención es que desde el máximo órgano de los jueces se consideren estos Juzgados poco productivos, cuando el problema a que pretenden dar respuesta es tan grave y no cesa. ¿Podemos afirmar que una tragedia que se despacha cada año con cerca de una cincuentena de asesinatos y miles de denuncias da poco trabajo? ¿Qué poco menos que quienes nos dedicamos a ello somos nos privilegiados respecto al resto de nuestros compañeros?

La respuesta es y debe ser que no, y las razones a mi juicio están muy claras. Y no pueden, en modo alguno, traducirse en una simple estadística.

En primer término, desde la frialdad de los números se olvida la trascendencia de los temas que se tratan en estos juzgados. No hay un solo día que una no se marche a casa con la duda de si se habrá equivocado al valorar el riesgo, al decidir la medida a adoptar y, lo que es casi peor, con la impotencia de no poder hacer nada ante la insuficiencia de pruebas por la negativa a denunciar o declarar de la víctima.

Muchos de quienes trabajamos en esto hemos pasado por la terrible experiencia de que “nos maten a una vìctima”, porque no quiso denunciar, porque no había prueba para acusar o para condenar o por cualquier otra razón. Y aseguro que eso no hay números del Consejo que lo plasmen. Como no lo hay para medir el tiempo que se ha de dedicar a cada una de ellas para dar una atención eficaz, o al menos intentarlo.

GUARDIA CASI PERMANENTE

Pero vayamos a temas más prosaicos. Tampoco mide el Consejo la carga adicional que supone la guardia casi permanente, y en muchos casos no remunerada. Los únicos Juzgados de Violencia Sobre la Mujer que hacen guardia más allá de las horas de oficina son los de aquellas poblaciones que cuentan con cuatro juzgados o más –Madrid, Barcelona, Valencia y Sevilla-.

En estos casos las guardias, aún remuneradas, lo son en una cuantía bastante inferior a las de nuestros homónimos de Instrucción, por más que haya detenidos y juicios rápidos exactamente igual. Y la frecuencia de las mismas es difícilmente soportable, máxime teniendo en cuenta el tijeretazo dado a los sustitutos.

En Valencia, por ejemplo, los juzgados hacen tres días de guardia seguidos de cada doce, esto es, el personal esta de guardia la cuarta parte de su vida, incluidos fines de semana, y es casi imposible tomar más de nueve días seguidos de vacaciones salvo una favor personal. En cómputo global, se trabajan muchos más días al año, al incluir un fin de semana al mes, y además estos juzgados no se han considerado acreedores de la compensación por libranza –al menos de momento-.

¿Alguien sigue pensando que es un chollo?. Pues sigamos leyendo.

En cuanto al resto de juzgados exclusivos, las cosas son aun peores. Sirven todos los días hábiles en horario de oficina en régimen de guardia, pero sin considerarla tal y por tanto, sin remuneración por ello. Pero eso no es lo grave, desde luego.

Son juzgados que deben despachar su trabajo diario –civil y penal- con la espada de Damocles encima de que no aparezca un detenido, una orden de protección o cualquier otra cosa –por no hablar de un nuevo asesinato-, y obligue a suspender las actuaciones señaladas. Y como están las cosas, lo último que desea el justiciable es que se aplace su divorcio, o su juicio, hasta que vuelva a haber hueco en la agenda. Pero es lo que hay. Además de que, aunque no estén de guardia los fines de semana, si que heredan lo que sucede en ellos, inmediatamente inhibido por el juez de instrucción que realizó las primeras diligencias.

Y si el panorama es mucho menos halagüeño de lo que los números cantan en los juzgados exclusivos, la situación se vuelve dramática en ese engendro llamado “mixtos compatibles”, que no son otra cosa que juzgados de primera instancia e instrucción a los que, sin comerlo ni beberlo, les “tocó la china” de llevar la violencia de género por la azarosa circunstancia de ser más nuevos o su titular más moderno en el escalafón cuando entró en vigor la ley integral.

Y ahí tan pronto reciben un detenido por una red de blanqueo o un tráfico de drogas como uno que ha asesinado a su pareja, y mezclan juicios de desahucio, divorcios, reclamaciones de cantidad, alcoholemias o hurtos de cobre con órdenes de protección y detenidos y víctimas por violencia de género. Un batiburrillo que en modo alguno responde a la especialización y al compromiso con el tema que nos pretenden vender desde las más altas instancias.

Pero la cuestión no es solo ésa, sino que va mucho más allá. La atención o la declaraciòn de una víctima, en tiempo, esfuerzo y carga de responsabilidad, no es mesurable en “palotes”. Y en esos criterios de valoración se computa igual un juicio rápido por alcoholemia que uno por maltrato. Lo que vienen siendo manzanas y peras.

Y otro tanto cabe decir de cualquier otro delito, incluidos los leves. No es comparable un juicio por vejaciones a la pareja que el hurto de un frasco de colonia en un centro comercial, lo entiendan como lo entiendan lo módulos. Y no solo en esfuerzo o carga personal, también el tiempo dedicado es mucho mayor, y tampoco tiene reflejo en el baremo. E igual ocurre con los procesos de familia que se llevan en ellos, mucho más intrincados y con mucha menor frecuencia de acuerdos que en una jurisdicción ordinaria de familia.

Y hay otra leyenda urbana que estaría bien despejar. Suele decirse que lo que aquí se ve son apenas tres preceptos del Código Penal. Sota, caballo y rey.

Cuando nuestra baraja es mucho mayor. Parecen olvidar muchos que no solo se ve el maltrato de obra y las amenazas. Asesinatos, violaciones y cualquier otro tipo penal cometido con violencia entran en las competencias de estos juzgados, sin olvidar la complejidad de algunos casos de maltrato habitual y la última incorporación, el quebrantamiento de condena o medida cautelar, tan frecuente como peligroso

Así que ahí queda eso. El verdadero problema no es que nos consideren más o menos vagos, o que se escuche «soto voce» que esta materia es una bicoca. El problema es lo que hagan con esas cifras. Que mucho me temo que serán emplearlas como salvoconducto para no crear un solo juzgado, e incluso para reducirlos bajo la oscura manta de comarcalización, una idea que puede ser buena en el qué pero temible en el cómo.

La realidad del maltrato no se puede traducir en la frialdad de unos números. Mientras ese sea el criterio, tiemblo al pensar lo que se nos viene encima. Ojala me equivoque

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