El Supremo eleva a 14 años la pena para la policía Raquel Gago por el asesinato de Isabel Carrasco
Raquel Gago, durante el juicio por el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco. (EP)

El Supremo eleva a 14 años la pena para la policía Raquel Gago por el asesinato de Isabel Carrasco

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15/12/2016 14:07
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Actualizado: 15/12/2016 15:58
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El Tribunal Supremo ha confirmado las condenas por el asesinato de la presidenta de la Diputación de León, Isabel Carrasco, para Montserrat González y su hija Triana, de 22 y 20 años de cárcel respectivamente, pero ha endurecido en dos años, de 12 a 14, la condena para la policía municipal Raquel Gago, por tenencia ilícita de armas.

Tal y como solicitó ayer el fiscal del Tribunal Supremo José María Casado la Sala de lo Penal de este órgano ha confirmado  las sentencias de 22 y 20 años de cárcel impuestas a Montserrat Ascensión González y Montserrat Triana Martínez por el asesinato en mayo de 2014 de la presidenta de la Diputación de León Isabel Carrasco. 

Y ha aumentado en 2 años la condena de la policía municipal Raquel Gago, al entender que incurrió en tenencia ilícita de armas, por hacerse cargo del revólver con el que se cometió el crimen.

Tras esta resolución, Gago perderá su empleo como agente de la Policía Local de León. En la actualidad, Gago recibía un sueldo de casi mil euros, correspondiente a su salario sin los complementos.

Durante su intervención en la vista pública celebrada por esta causa, el representante del Ministerio Público respaldó todos los argumentos expresados en la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (TSJLC), cuya valoración de la prueba ha calificado de «correcta y lógica».

Discrepó tan sólo en lo referido a la tenencia ilícita de armas, ya que considera que ha existido una «inaplicación indebida» del artículo que impone una pena por este hecho, algo que ha estimado también el Supremo con su fallo.

«NO HUBO ENFERMEDAD MENTAL SINO ODIO»

Sobre Monstserrat González, el fiscal rechazó al igual que han hecho todas las instancias anteriores que pudiera sufrir una enfermedad mental -trastorno paranoide delirante, según su abogado defensor-, «sino odio», por lo que rechaza la aplicación de una eximente a su caso.

Sobre la hija, expresó que la prueba practicada no arroja duda alguna sobre la existencia de un concierto para la comisión del crimen.

En relación con el revólver utilizado, el fiscal consideró que «no cabe la menor duda de que Raquel Gago tenía conocimiento y aceptó hacerse cargo del arma», de la que además conocía que era un revólver sin licencia, que había sido alterada para borrar su número y que tuvo en su poder durante al menos 30 horas.

La Sala que ha estudiado los recursos presentados por las defensas de las tres condenadas y por la Fiscalía -que solicita un incremento de la pena para Gago-, está integrada por los magistrados Manuel Marchena, Alberto Jorge Barreiro, Joaquín Giménez, Andrés Palomo y Andrés Martínez Arrieta, que será el ponente de la resolución.

La sentencia se conocerá en los próximos días.

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