El Valle de los Caídos, en el tejado del Tribunal Supremo
Valle de los Caídos. Foto: Carlos Berbell/Confilegal.

El Valle de los Caídos, en el tejado del Tribunal Supremo

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23/2/2017 14:10
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Actualizado: 23/2/2017 14:22
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La «patata caliente» del Valle de los Caídos finalmente ha caído en el tejado de la Sala de lo Contencioso-Adminstrativo del Tribunal Supremo. Concretamente en la Seción 4ª, que preside el magistrado Jorge Rodríguez Zapata -exmagistrado del Tribunal Constitucional-. La ponencia le ha correspondido a Rafael Toledano. Y el día clave es el próximo 28 de febrero.

Ese día sus 8 componentes –Segundo Menéndez Pérez, Celsa Pico Lorenzo, Pilar Teso Gamella, José Luis Requero Ibáñez, Jesús Cudero Blas, y los mencionados Toledano y Rodríguez Zapata– está previsto que se reúnan para deliberar, votar y fallar el recurso interpuesto para convertir el Valle de los Caídos en un Espacio de Memoria de las Víctimas de ambos bandos de la guerra civil española.

Un espacio al estilo de los que ya existen en el mundo, como la Escuela de Mecánica de la Armada argentina, un centro clandestino de detención, tortura y exterminio en la última dictadura de ese país; el Memorial Choeung Ek, monumento conmemorativo camboyano en el que se honran a las víctimas que fueron ejecutadas durante el régimen de los jemeres rojos; o el campo de exterminio de Auschwitz-Birkenau, en Polonia, donde se ejecutaron a millones de seres humanos durante el periodo nazi.

“No existe – dice la demanda- mayor manifestación de exaltación de la Guerra Civil y la Dictadura ni mayor acto de naturaleza política exaltador que el hecho de reposar los restos de las víctimas (más de 33.000 víctimas), en la mayor fosa de España, alrededor de la sepultura del dictador, y la del fundador de la Falange, todas ellas sin identificar ni honrar su memoria”.

Los autores del recurso presentado son los abogados Baltasar Garzón, Manuel Ollé -uno de los grandes especialistas españoles en derecho internacional y derechos humanos- y Eduardo Ranz Alonso, que hoy explicaron la demanda y la importancia de un fallo positivo en el curso de un desayuno informativo.

En el recurso, los tres letrados solicitan que se apruebe un nuevo marco jurídico, especificando el régimen jurídico de carácter general, por el cual haya de regirse el Valle de los Caídos y la institución que lo dirige.

Y que «el contenido de la nueva normativa incluya la transformación del ‘Valle de los Caídos’ en un espacio de memoria, donde las víctimas de la guerra civil y la dictadura y sus familiares, así como la sociedad en su conjunto, puedan ejercitar su derecho a la Verdad y a la Reparación», dice el recurso.

Un derecho que deberá incluir «Un lugar de identificación, dignificación y homenaje de quienes se
encuentran inhumados; la publicación oficial del nombre de todas las víctimas; información suficiente para que quienes acudan a vistar este nuevo espacio, puedan conocer su sentido original y actual; la creación de un Centro Ocupacional de Memoria y mecanismos que garanticen el más amplio acceso a los archivos e información de El Valle de los Caídos, con sujeción expresa a las normas aprobadas en la Ley de Transparencia de 9 de diciembre de 2013».

De izquierda a derecha, los letrados Pedro Javier Díaz Carreño, y los autores del recurso ante el Supremo, Eduardo Ranz Alonso, Baltasar Garzón Real y Manuel Ollé Sesé.

Los restos de Franco y José Antonio, fuera

Los recurrentes plantean, también, de forma clara, que se de orden de entregar los restos del dictador Francisco Franco Bahamonde y del líder falangista, José Antonio Primo de Rivera, a sus familiares para que estos decidan un nuevo lugar de enterramiento.

«La presencia de ambas tumbas en la zona del altar contraviene las normas de la propia Iglesia católica», explica Garzón. «Porque sólo se pueden enterrar los romanos pontífices, obispos y arzobispos. Lo que pedimos es lógico».

Solicitan, asimismo, la supresión de toda la simbología de exaltación de la guerra civil y de la dictadura, en especial de dos escudos preconstitucionales, con el águila imperial; un escudo de Franco sobr ela puerta de acceso a la Sacristía; la inscripción en letras de bronce ‘Caídos por Dios y por España, 1936-1939, R.I.P.; o un mosaico que representa a un Cristo sentado al que se dirigen cuatro procesiones de mártires, dos de las cuales portan respectivamente los estándares de Falange y de requetés.

«Todo ello es un manifiesto incumplimiento de la Ley de Memoria Histórica», afirma Garzón.

La demanda, en síntesis, solicita la anulación del Decreto de 1 de abril de 1940 y del Decreto-Ley de 23 de agosto de 1957,  de creación de la Basílica y de La Fundación de la Santa Cruz del Valle de los Caídos, “en cuanto contradicen la letra y el espíritu de la Constitución Española de 1978 y la Ley 52/2007, de 26 de diciembre (de Memoria Histórica), por la que se reconoce y amplía derechos y establece medidas en favor de quienes padecieron persecución o violencia durante la guerra civil y la dictadura”.

Exhumación e identificación de los restos

Otra de las peticiones que han planteado a la citada Sección 4ª de lo Contencioso-Administrativo es que apoye la constitución de una dotación económica suficiente a cargo del estado, para la exhumación e identificación de los restos de las víctimas inhumanas.

Y la convocatoria de un acto público en sede parlamentaria, para que la autoridad competente del Estado -el Rey- pida perdón a las víctimas del franquismo y a sus familiares, como manifestación del pleno reconocimiento y reparación moral.

El Supremo ante un decisión histórica

«El Supremo se halla ante una decisión histórica», afirma Ollé. «El derecho a la memoria histórica, el derecho a la justicia, es un derecho humano reconocido. Y una garantía de que lo sucedido no vuelva a tener lugar. El Supremo tiene la obligación de adecuar el Valle de los Caídos a la legislación española».

 

RECURSO ANTE EL SUPREMO:

(2016.07.29) Formalización demanda C-A (Firmado)

 

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