El consejero Javier Medina contesta a Confilegal por la carta contra el periodista de El País
El consejero Javier Medina, quien trató de colocar a su hermano en una plaza de libre designación nivel 30 -4.300 euros al mes- en la Presidencia del Tribunal de Cuentas, cosa que anuló el Tribunal Supremo. La Sexta.

El consejero Javier Medina contesta a Confilegal por la carta contra el periodista de El País

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30/3/2017 05:59
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Actualizado: 30/3/2017 00:22
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El consejero del Tribunal de Cuentas, Javier Medina, ha remitido a Confilegal una carta de rectificación sobre la información que publicábamos el martes por la tarde con el título «Un consejero del Tribunal de Cuentas recaba firmas entre sus subordinados contra un periodista de El País».

Según el señor Medina, la información central de la noticia es «inveraz» porque en ningún momento ha «promovido, incitado y, mucho menos, ordenado que se proceda a la elaboración de una carta cuya existencia y contenido desconozco».

De acuerdo con nuestra información, la carta se gestó en el entorno de la Presidencia de Fiscalización y del Departamento 5º de Fiscalización, del que él es su máximo responsable, por personas de su entorno y que, después, pasaron a su firma entre las personas que dependen jerárquicamente de él.

El consejero Medina lleva 16 años en ese puesto y todavía le quedan cuatro más. Todo el mundo en el Tribunal de Cuentas conoce el equilibrio de poder interno y hasta donde llega el suyo.

Nuestras fuentes nos aseguran que «sin el visto bueno del consejero Medina nunca se podría haber redactado una carta como esa. Y mucho menos que hayan sido los jefes de ese departamento los que hayan pasado personalmente a la recogida de las firmas entre los funcionarios».

Que la carta sale del entorno del Consejero, no puede generar ninguna duda, porque en vez de ser una carta aséptica de defensa de la institución, protestando contra una información periodística, es una carta de alabanza, hagiográfica, destacando exclusivamente los méritos de un consejero, el señor Medina.

Además la distribución comenzó en los departamentos donde Javier Medina es consejero (máximo jefe), es decir, la Presidencia de la Sección de Fiscalización y el Departamento 5ª de Fiscalización. Incluyendo el Departamento Segundo de la Sección de Enjuiciamiento, del que fue consejero durante 10 años.

Confilegal, por otra parte, no desconoce en absoluto la estructura jerárquica del Tribunal de Cuentas, como afirma Medina cuando se queja de la calificación de «subordinados» que hacemos en nuestro artículo, refiriéndonos a los funcionarios que trabajan con él, por lo que es, por lo tanto, su superior jerárquico.

Muy al contrario. Como bien sabe el señor Medina, la Real Academia de la Lengua Española describe subordinado como «Dicho de una persona: sujeta a otra o dependiente de ella».

Es evidente que las personas que han redactado el escrito y que luego han pasado a su firma entre los funcionarios del Tribunal de Cuentas son subordinados suyos.

Por lo tanto, la palabra está utilizada en su justa medida, por mucho que le moleste.

Él es el jefe.

El consejero Medina también hace referencia a las «posibles represalias contra los llamados ‘subordinados’ por esa hipotética puesta a a disposición» de la carta, y nos achaca, por ello, «un evidente menosprecio» hacia el funcionario del Tribunal de Cuentas.

Nada más lejos de la realidad.

No fue Confilegal el que hizo referencia a las posibles represalias sino la persona contra la que se ha redactado la misiva: José Antonio Hernández, quien fue el primero en denunciar en El País que el señor Medina pretendió meter a su hermano, Enrique Medina, funcionario técnico de organismos autónomos del Ministerio de Agricultura, en un puesto nivel 30 de libre designación -4.300 euros al mes netos-, en la Presidencia del Tribunal de Cuentas.

El Tribunal Supremo calificó esa componenda de «desviación de poder», en su sentencia de 25 de abril de 2016. Y anuló el nombramiento.

Hernández dice en nuestra información que el hecho de que el número 2 del Tribunal de Cuentas “envíe a sus personas de confianza a recoger firmas por todo el edificio implica una coacción y una intimidación. ¿Cómo se van a negar los empleados a firmar un escrito de apoyo a su superior jerárquico. A Javier Medina. No son libres. No pueden serlo”, decía en nuestro artículo.

Es su opinión. Su diagnóstico.

Por último, el consejero Medina se sorprende de que Hernández conozca una carta que él desconoce y que, «de existir, sería la manifestación libere un grupo de profesionales del Tribunal de Cuentas».

Un grupo de profesionales que dependen jerárquicamente de él y que  jamás habrían dado un paso sin su consentimiento. Algunos de ellos han sido nombrados y promocionados por el.

Por otra parte, en el Tribunal de Cuentas todos los puestos superiores, es decir los que van comprendidos entre el nivel 28 y el 30, son puestos cuyo nombramiento se efectúa por el procedimiento de libre designación, es decir “a dedo”; de la misma manera que son nombrados a dedo pueden ser cesados. En cualquier momento. Discrecionalmente.

Aclarados los puntos, esta es la carta que nos remitió el señor Medina:

Sr. Director de Confilegal:

En la edición digital fechada en el día de ayer, 28 de marzo de 2017, se publica una noticia firmada por Carlos Berbell, con el título «Un consejero del Tribunal de Cuentas recabafirmas  entre sus subordinados  contra unperiodista de El País», que se refiere a mi persona.

Al amparo de lo  que dispone la  Ley Orgánica 2/1984, de  26 de marzo, reguladora del derecho de rectificación (LRDR), y especialmente sus artículos1 a 4,  me veo obligado a  ejercitar dicho derecho por los siguientes motivos:

lº)  La información central de la noticia es inveraz.  En ningún  momento he promovido, incitado y, mucho menos, ordenado que se proceda a la elaboración de una carta, cuya existencia y contenido desconozco. Todas las afirmaciones que se inician con las expresiones «Medina acusa» o «Medina promueve» son,  por tanto, carentes de todo fundamento. Esta afirmación debería ser suficiente tener derecho a ia rectificación  que solicito,  ya que Confilegal  no facilita, no puede facilitar, ninguna prueba de tales aseveraciones.  Por otro lado,  tampoco ninguna persona natural  o jurídica,incluyendo la mía, puede probar  que no ha realizado determinada acción. Ello, como Vd. debe saber es denominado  en Derecho, «prueba diabólica», no admisible  en ningún Estado democrático.

2°)  De la información publicada en el día de ayer, se vislumbra, además, un  ataque indirecto  a aquellos funcionarios a los que la noticia califica de «subordinados» de un Consejero  y supone un profundo desconocimiento de la  estructura orgánica del Tribunal de  Cuentas. En  esta Institución más del  80% de sus funcionarios ocupan una plaza  en propiedad obtenida en el  pertinente concurso de méritos,  no removible más  que por un hipotético expediente disciplinario. Colegir, como hace la noticia, posibles represalias  contra los llamados «subordinados» por esa hipotética puesta a disposición de una  carta que, insisto, desconozco,  en el  caso de que no fuera firmada, supone, además del desconocimiento de cómo opera la función pública  en un país democrático, un evidente  menosprecio del funcionariado de  esta Institución.

3º) En fin, lo que resulta ya sorprendente que pueda ser publicado en un medio de comunicación es el hecho de que en él, el periodista José Antonio Hernández, que parece conocer una  carta que yo desconozco,  y que, de existir, sería la manifestación libre de  un grupo de profesionales del Tribunal de Cuentas, suponga un «ataque directo y frontal a la libertad de información».  Es decir, parece colegirse que la descripción de hechos  y valoración de los mismos por  un periodista estaría amparada por la libertad de información y, sin embargo,  una hipotética carta en la que  se pudiera discrepar de la opinión de un periodista, sería un  ataque a la libertad. Sencillamente, sorprendente.

Por todo lo anterior, cumpliendo las previsiones formales de los artículos 1a  3 de la LRDR, solicito la rectificación de ia citada noticia, para que no  tengan que entrar en juego las del artículo  4 del mismo texto legal.

Atentamente,

Javier Medina

CARTA A EL PAÍS PARA LA QUE SE HAN RECOGIDO FIRMAS: 

CARTA A EL PAÍS – 28 DE MARZO DE 2017

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