¿Se va a acabar con las investigaciones prospectivas de la Policía o la Fiscalía?

11 / 09 / 2017 06:00

Actualizado el 24 / 09 / 2018 14:08

Recientemente hemos asistido a la presentación a S.M. el Rey de la Memoria Anual de la Fiscalía 2017. En la misma se reiteraba la tan cacareada prohibición de las investigaciones prospectivas.

Al margen de los numerosos pronunciamientos que sobre el tema ha hecho nuestro Alto Tribunal, y la clara ratificación de la prohibición constitucional de las investigaciones “ad prevendam”, es loable tal declaración. Declaración que, por otro lado, debería ser innecesaria. Porque esta cuestión es muy importante, capital.

No obstante, los letrados que ejercemos diariamente en el foro observamos atónitos -que no impasibles, pues para ello usamos de los resortes legales a nuestro alcance- como en numerosos sumarios, algunos de una trascendencia máxima, los testigos aterrizan en el sumario sin que la Fiscalía aporte razón alguna por la que tiene conocimiento de su razón de ser.

También observamos como la Policía Judicial dirige investigaciones contra imputados sin existir una “notitia criminis”.

O al menos sin acreditar cuál es la fuente de conocimiento de la misma. Abusando de las investigaciones preprocesales, que sólo deben ser utilizadas excepcionalmente en caso de urgencia, dando conocimiento de las mismas al juez natural, en cuanto desaparece dicha razón de excepcionalidad.

Desconocemos como para éstos la fuente de prueba se convierte en medio de prueba, sin ningún control judicial y sin explicación en el sumario.

Pero éste es solo uno de los ejemplos en los que diariamente hemos de desenvolvernos.

Son muy de agradecer las palabras del fiscal general del Estado, José Manuel Maza, en este sentido, contenidas en la citada Memoria.

Pero no es menos que dicha intención debe plasmarse en conseguir que el celo de sus fiscales evite situaciones de indefensión y de investigaciones prospectivas de la policía judicial sin ningún control jurisdiccional.

Las palabras del fiscal general del Estado pueden parecer de perogrullo, pero la realidad diaria indica que no está de más recordárselo a la Policía Judicial. Y así lo ha hecho el señor Maza, lo que indica que le preocupa  personalmente, y mucho.

Es necesario acabar de una vez por todas con estas prácticas irregulares que afectan nada menos que al derecho de defensa, uno de los sagrados derechos fundamentales de nuestra democracia.

La Policía Judicial está al servicio de la Fiscalía y no a la inversa. Así deberían ser las cosas, que no siempre lo son, como bien ha indicado el fiscal general del Estado.

Es decir, que en caso de contar ésta con una “notita criminis” deberá comunicarla a la mayor celeridad posible al juez natural para evitar primero investigaciones preprocesales que escapan del control jurisdiccional, y, sobre todo, en caso de que dichas investigaciones conlleven limitación de derechos fundamentales, éstas se adopten por el juez competente en el seno de unas diligencias judiciales.

Garantizar todos los derechos de un investigado no solo es una cuestión constitucional, también es una de las obligaciones que deben ser especialmente comprobadas por todos los operadores de la justicia.

Es muy estimulante, y de agradecer, que la primera autoridad de la Fiscalía General del Estado haya dedicado más de una página de su extensa memoria a este problema. Porque visualizarlo de esa forma es una forma de comenzar a solucionarlo.

Lo evidente es lo que nadie explica con claridad y el señor Maza lo ha hecho. Con toda la claridad del mundo.

Sitio web: https://www.garzonabogados.com/

 

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