La Confederación Hidrográfica del Tajo ordena al fiscal jefe de Talavera de la Reina que derribe su chalet
El fiscal decano de Talavera de la Reina, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, y su chalet, construido está levantado sobre una zona próxima -y prohibida- a un cauce fluvial.

La Confederación Hidrográfica del Tajo ordena al fiscal jefe de Talavera de la Reina que derribe su chalet

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18/2/2018 06:20
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Actualizado: 20/2/2018 02:19
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La Confederación Hidrográfica del Tajo (CHT) ha ordenado al fiscal jefe de Talavera de la Reina, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, que derribe el chalet que posee en el término municipal de Pepino por haber construido su chalet en zona de un cauce fluvial protegida y, por lo tanto, prohibida, según informa la Asociación Ecologistas en Acción.

«La Confederación Hidrográfica del Tajo, gracias a las reiteraciones de nuestras denuncias y al requerimiento de la Fiscalía Coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo, ha dado trámite al expediente sancionador D-30681 tras la denuncia de fecha 21-09-2007 al Fiscal Jefe de Talavera de la Reina, por haber construido su chalet en el Dominio Público Hidráulico del Arroyo de la Fuente o Berrenchín en el Término municipal de Pepino, (Toledo)», dice esta organización en una nota de prensa que distribuyó ayer.

La resolución de ordenar derribar el chalet data del 6 de marzo de 2009 y se sancionaba a María García, titular  y copropietaria del chalet junto a su marido, a reponer «las cosas a su estado anterior».

Es decir, a derribar voluntariamente, a costa de su propio bolsillo, el chalet de 466 metros cuadrados, de los 871 que tiene la parcela de la Urbanización el Gran Chaparral Fase 2, donde está ubicado.

La comunicación formal de tal decisión a los afectados se produjo el pasado 30 de noviembre y se les dio un mes para llevarlo a cabo.

LA FISCALÍA DE MEDIO AMBIENTE HA «DESPERTADO» LA IMPOSICIÓN DE LA SANCIÓN

«¿Por qué han pasado más de ocho años para que la Confederación Hidrográfica del Tajo haya dado al inicio de ejecución de la sanción que es de marzo del 2009?», se pregunta la organización ecologista en su comunicado.

La respuesta es el interés tomado por la Fiscalía de Medio Ambiente tras recibir una denuncia anónima sobre los hechos y tener conocimiento, además, de una denuncia que Ecologistas en Acción había interpuesto el 7 de octubre de 2015 ante la propia CHT.

Desde esa Fiscalía, se dirigió un primer oficio el 27 septiembre a Justo Mora Alonso-Muñoyerro, comisario de Aguas de la CHT, requiriendo sobre el estado del expediente sobre el chalet que tiene el fiscal decano de Talavera en Pepino, localidad cercana a esa ciudad.

«Por el presente solicito nos informe si se ha incoado en esa CONFEDERACIÓN algún expediente en relación a dicha vivienda unifamiliar, debiendo en caso afirmativo identificar el expediente e informar de los hechos que dieron lugar a su incoación y su estado de tramitación», dice el citado oficio, al que ha tenido acceso Confilegal.

El mencionado técnico contestó a la Fiscalía de Medio Ambiente relatando cómo estaban las cosas e informando que el 30 de octubre habían requerido «a la denunciada para que proceda a la ejecución voluntaria de la citada Resolución».

Un requerimiento que se produjo de un modo oficial a los afectados el 30 de noviembre pasado.

Al no constar que el fiscal decano de Talavera, De la Cruz Andrade, y su esposa, hayan cumplido con la orden de la CHT, le corresponde a la Confederación demoler el chalet de un modo forzoso.

«Si Ecologistas en acción no lo hubiera denunciado, ¿se hubiera quedado dicha sanción en el cajón del olvido? Cuando el citado chalet se encuentra: Primero, construido en el dominio público hidráulico; Segundo, a 70 metros, aproximadamente, aguas debajo de la presa del lago de la urbanización; Tercero, en la zona de importante riesgo de inundación, catalogado por la propia Confederación Hidrográfica del Tajo», dice Ecologistas en Acción en su comunicado.

La foto describe la situación del chalet del fiscal decano de Talavera.

Esta asociación elaboró un informe muy completo en 2016 sobre el chalet del que dice que está construido sobre “el margen izquierdo del arroyo de la Fuente o del Berrenchín y a una distancia no superior a los 3 metros del citado margen”.

Ecologistas en Acción, que cita la Ley de Aguas, recuerda que constituyen “el dominio público hidráulico, entre otros bienes  los cauces de corrientes naturales, continuas o discontinuas y los lechos de lagos, lagunas y embalses superficiales, en cauces públicos”.

ECOLOGISTAS-EN-ACCIÓN-INFORME-SOBRE-SITUACIÓN-DE-LA-VIVIENDA-UNIFAMILIAR-y-ESPACIO-FLUVIAL_PEPINO_FINAL

A estos efectos, la citada ley establece una llamada “zona de servidumbre” de 5 metros, a cada lado del cauce, y una “zona de policía”, de 100 metros -que comprende también los 5 metros citados- sobre las mismas zonas, en las que “está taxativamente prohibido construir“.

En esas zonas fue construido el chalet.

«Por su ubicación, la vivienda de la parcela 237 de la segunda fase de la Urbanización El Gran Chaparral se encuentra parcialmente sobre la zona de servidumbre del dominio público, hidráulico del arroyo de la Fuente o del Berrenchín y plenamente tanto dentro de la zona de policía como de la de riesgo de inundación». 

EL FISCAL DECANO AMENAZÓ A CONFILEGAL POR INFORMAR SOBRE ESTE ASUNTO 

El fiscal decano, De la Cruz Andrade, amenazó, en octubre pasado, a Confilegal con acciones legales por la información que hemos venido publicando desde este medio sobre la ubicación de su chalet, levantado en una zona de un lecho fluvial, protegida y prohibida, según ha venido defendiendo Ecologistas en Acción.

“Esto no va a quedar así. Lo único que le digo es eso. Que ya tiene metida una querella. Por acusación y denuncia falsa y por calumnias e injurias”, le espetó telefónicamente ayer al autor de este artículo.

Y añadió que otros medios de comunicación que se habían ocupado de esta información iban a seguir el mismo camino.

La función principal de los fiscales españoles es la defensa de la legalidad.

FUNCIÓN DE LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL TAJO

La Confederación Hidrográfica del Tajo es una entidad de derecho público, con personalidad jurídica propia y distinta del Estado, adscrita, a efectos administrativos, al Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente.

Es un organismo autónomo, con plena autonomía funcional como las ocho confederaciones restantes. Todas ellas fueron creadas en 1926 por Real Decreto Ley.

Se encargan de la planificación hidrológica, la gestión de recursos y aprovechamientos, la protección del dominio público hidráulico (D.P.H.), las concesiones de derechos de uso privativo del agua, el control de calidad del agua, el proyecto y ejecución de nuevas infraestructuras hidráulicas y los programas de seguridad de presas.

La CHT tiene soberanía total sobre el dominio público hidráulico, entendiendo como tal los cauces de corrientes naturales (ríos y arroyos), continuas o discontinuas y los lechos de lagos, lagunas y embalses superficiales, en cauces públicos.

La normativa prohíbe levantar ningún tipo de construcción en la llamada zona de servidumbre, que es una franja de 5 metros a cada lado del D.P.H., que se reserva para usos de vigilancia, pesca y salvamento, y de la zona de policía, una franja de 100 metros a cada lado del D.P.H., en la que se condiciona el uso del suelo y las actividades que en él se desarrollan.

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