Más de un año de prisión para una doctora de Urgencias por homicidio por imprudencia

Más de un año de prisión para una doctora de Urgencias por homicidio por imprudencia

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10/5/2018 06:08
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Actualizado: 09/5/2018 21:30
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El juzgado de lo penal número uno de León ha condenado a una doctora a un año de prisión y a tres de inhabilitación en el Servicio de Urgencias por un homicidio a causa de imprudencia profesional que derivó en el fallecimiento de una paciente, informa la asociación El Defensor del Paciente de Castilla y León.

A través de un comunicado El Defensor del Paciente señala que la mujer, que contaba 78 años y tenía antecedentes de accidente isquémico en agosto de 2010, acudió al Servicio de Urgencias del Complejo Hospitalario de León el 11 de febrero de 2011 tras sufrir un síncope mientras realizaba la compra.

En el Servicio de Urgencias, tras examinar los antecedentes y explorar de la paciente, fue derivada a su domicilio al haber remitido los síntomas, con la cautela de volver si se encontrara mal.

Unos días más tarde, el 15 de febrero, la paciente sufrió pérdida de fuerza en el lado izquierdo y no era capaz de caminar, por lo que sus hijas avisaron al médico de cabecera, quien acudió a visitar a la mujer a su domicilio.

Después de explorar a la paciente, el facultativo anotó sobre el informe de Urgencias del día 11 de febrero que sospechaba que la mujer había sufrido un ictus, por lo que la deriva de nuevo al Hospital.

A su llegada a Urgencias del Hospital de León, la paciente fue atendida por la ahora condenada, entonces MIR de primer año, quien «a pesar de contar con el informe de urgencias del día 11 de febrero, en el que se incluyen los antecedentes de la paciente, así como la nota del médico de cabecera manuscrita sobre dicho informe, no valora en absoluto tales datos», señala El Defensor del Paciente.

Tras realizar una analítica la médico diagnostica a la paciente una «artrosis de rodilla» al «confundir la imposibilidad de caminar de la paciente con un simple dolor mecánico».

Además, la sentencia subraya que la MIR no recabó la asistencia de su adjunta, como era obligado, por lo que su exploración y posterior diagnóstico no fue refrendado por ningún médico con mayor experiencia.

La paciente falleció apenas unos días más tarde, el 22 de febrero, tras sufrir un derrame cerebral masivo, producto de diferentes focos hemorrágico, que evidenciaban una evolución en días previos.

Reprocha a la doctora su actuación

La sentencia condenatoria precisa que la médico no efectuó las pruebas necesarias pese a que lo imponía las pruebas con las contaba, pues todo apuntaba a un nuevo episodio isquémico-vascular, como así anotó el médico de cabecera cuando remite a la paciente al Hospital.

Asimismo, reprocha a la condenada tanto su actuación durante el día de autos como durante el tiempo en que ha durado la instrucción de la causa, y desmonta todos sus argumentos defensivos, a los que no da crédito en absoluto, enfrentándolos a los datos que figuran en la documentación médica, y que necesariamente la condenada «pudo y debió ver».

Sostiene que la MIR «de forma absolutamente imprudente y temeraria, emite un diagnóstico erróneo, derivado de un absoluto desprecio al deber objetivo de cuidado, al no tener en cuenta  los antecedentes dela paciente, no realizar una adecuada exploración física (exploración deficiente, dice la sentencia), ni solicitar la realización de pruebas diagnósticas por imagen».

«Todo lo cual hubiera evidenciado la presencia de un accidente  isquémico-vascular en tiempo precoz, pudiendo haber puesto en marcha las medidas terapéuticas oportunas para evitar su progresión y, con ello, el fallecimiento de la paciente».

Por ello. impone la condena de un año de prisión y tres de inhabilitación para el ejercicio de su profesión, pero se circunscribe tal prohibición al Servicio de Urgencias Hospitalarias.

La condena se rebaja por las dilaciones excesivas en el curso del procedimiento, que se ha prolongado durante 7 años.

La aseguradora de la médico, unos días antes de la celebración de juicio el pasado mes de abril, ya indemnizó a las hijas de la paciente la suma de 200.000 euros.

Un toque de atención a los médicos de urgencias

Para la presidenta de la Asociación de El Defensor del Paciente, Carmen Flores esta sentencia «es un toque de atención a los médicos que atienden las urgencias hospitalarias, para que realicen las exploraciones que sean necesarias y pertinentes, para que se tomen el tiempo que sea necesario todos y cada uno de los pacientes que acuden al servicio; los ancianos también».

Además, subraya que «Los médicos en formación deben recabar siempre la ayuda de su adjunto, pues es el mejor modo de aprender y confirmar sus progresos, de convertirse en buenos médicos, que es lo que demanda la sociedad”. «Queremos buenos médicos, y no condenas por imprudencia», concluye Flores.

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