Dos jueces descalifican a Pilar de Lara en unas escuchas de una investigación de la Audiencia Nacional

Una magistrada reprende a Pilar de Lara por enviarle una causa con 4 años de retraso tras haberse inhibido

27 / 09 / 2018 06:15

Actualizado el 29 / 09 / 2018 00:20

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Antes fue la nueva magistrada de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, Carmen Lamela, la que le leyó la cartilla a la titular del Juzgado de Instrucción 1 de Lugo, Pilar de Lara, por haberle enviado una causa dos años y medio después de haber decidido remitirla al Juzgado Central de Instrucción 3 de la Audiencia Nacional.

Un periodo durante el que siguió instruyéndola sin tener jurisdicción.

La historia se ha vuelto a repetir. Pero esta vez no ha tardado dos años y medio sino 4. 

En esta ocasión ha sido la magistrada Ana López-Suevos Fraguela, titular del Juzgado de Instrucción 1 de Santiago de Compostela, a quien le correspondió una de las dos causas que De Lara envió al Juzgado Decano para su reparto.

En su caso le tocaron las Diligencias Previas 338/2014, por un supuesto delito de tráfico de influencias.

Su compañero, del Juzgado de Instrucción 3, Andrés Lago Louro, recibió, por su parte, las Diligencias Previas 342/2014, también por tráfico de influencias.

En ambos casos, la magistrada de Lugo había acordado inhibirse por medio de sendos autos de 26 de mayo de 2014 a favor de los Juzgados del Partido Judicial de Santiago por entender que ellos eran los competentes porque los hechos sucedieron en ese partido judicial. 

Sin embargo, la magistrada tardó en remitir ambas causas casi cuatro años: El 5 de abril de 2018.

CONTINUÓ INSTRUYENDO

El Juzgado de López-Suevos Fraguela las recibió el 21 de mayo de este año.

Como ya ocurrió en el caso remitido a Lamela, De Lara continuó instruyendo las DP 338/2014 sin tener competencia alguna. 

Así lo afirma con toda claridad la magistrada.

«Debe señalarse que la causa siguió instruyéndose por un plazo de cuatro años y su estudio permite observar que durante su tramitación se dedujeron testimonios e informes en relación con algunos presuntos hechos delictivos y personas investigadas que aparentemente fueron objeto ya de inhibición a otros órganos judiciales«, escribe el titular del  Juzgado de Instrucción 3 de Santiago en uno de los dos autos.

Y añade que a su Juzgado le resulta imposible determinar, con la simple lectura de las actuaciones, «qué hechos y qué delitos se imputan a cada quién». 

Por lo que ha rechazado aceptar la inhibición.

LA INVESTIGACIÓN ESTABA VICIADA DE NULIDAD

En la segunda causa, las DP 342/2014, referida a una «supuesta financiación irregular del PSOE de Santiago de Compostela» utilizando para ello la empresa Imprenta Ibérica que habría generado facturas falsas, «lo que podría constituir un delito de falsedad documental y un delito electoral», el magistrado Lago Louro señala que fue abierta el 22 de noviembre de 2013 y que está integrada por 77 tomos.

Un breve análisis del material le llevó a concluir que «los hechos investigados se produjeron hace más de cinco años, con lo que es muy probable que se hallen prescritos».

«Se acuerda la inhibición en auto de fecha 26 de mayo de 2014, es decir, más de 4 años después, lo que a todas luces hace inviable cualquier posible diligencia de investigación, al haber transcurrido sobradamente el plazo previsto en el artículo 324 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal [establece un plazo para la instrucción de 6 meses prorrogable hasta los 18 meses al declararse la causa compleja]», añade.

«No consta, por lo tanto, que se hubiera declarado compleja la causa» ni tampoco es viable «el mantenimiento del secreto  parcial de las actuaciones». 

Y concluye afirmando que cualquier diligencia de investigación que realizara «estaría viciada de nulidad». 

«ZASCA» DE LA AUDIENCIA PROVINCIAL DE LUGO

La magistrada De Lara recibió, recientemente, un «zasca» por parte del tribunal de apelación de la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Lugo al haber llevado una “investigación prospectiva, proscrita en nuestro ordenamiento”.

La prueba peticionada abunda en una investigación prospectiva, proscrita en nuestro ordenamiento, pues si esas negociaciones resultaron infructuosas, nada pueden aportar a la presente causa, pues no se encuentra ninguna fundamentación que apunte a la existencia de hechos que puedan abundar en la investigación“, señaló el tribunal, formado por los magistrados Ana Rosa Pérez Quintana, Darío Reigosa Cubero y María Luisa Sandar Picado -esta última presidenta y ponente del auto-.

La misma Sección de la Audiencia Provincial de Lugo impuso un serio correctivo a De Lara Cifuentes el pasado mes de marzo no en uno sino en 14 autos casi consecutivos por los que anuló las investigaciones realizadas en el sureste de España a lo largo de diez meses por no tener competencia legal de ningún tipo.

Con este marco de supuestas irregularidades de fondo, el promotor de la Acción Disciplinaria (pAD), Ricardo Conde, tiene que tomar una decisión final sobre la magistrada Pilar de Lara que será abrirle expediente disciplinario o dar carpetazo a todo y archivar.

Las diligencias informativas abiertas por De Lara provocaron un gran número de quejas, por parte de los abogados de los investigados en macrocausas abiertas por la magistrada, las cuales llevan más de 7 años de instrucción, “sin fundamento”, con supuesto abuso del secreto de sumario, desde su punto de vista.

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