Díez-Picazo rectifica: El Pleno de la Sala tiene que debatir y decidir sobre el giro jurisprudencial del IAJD
Luis María Díez-Picazo Giménez, presidente de la Sala de lo Contencioso-Adminsitrativo del Tribunal Supremo. Poder Judicial.

Díez-Picazo rectifica: El Pleno de la Sala tiene que debatir y decidir sobre el giro jurisprudencial del IAJD

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19/10/2018 14:55
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Actualizado: 19/10/2018 14:59
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El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, Luis María Díez-Picazo, ha regresado a la tradición del funcionamieto de ese órgano judicial: cuando una sentencia puede dar un giro radical a la jurisprudencia de la Sala es necesario que esa decisión sea tomada por los 33 magistrados que la componen y no solo por 6, como ha sido el caso en la sentencia del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (IAJD), conocida ayer.

En ese sentido, Díez-Picazo ha hecho público hoy un comunicado, que dice:

«Dado que la sentencia nº 1505/2018 de la Sección 2ª de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo, relativa al sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados supone un giro radical en el criterio jurisprudencial hasta ahora sustentado y habida cuenta, asimismo, de su enorme repercusión económica y social, el Presidente de la Sala ha acordado, con carácter urgente:

«Primero.- Dejar sin efecto todos los señalamientos sobre recursos de casación pendientes con un objeto similar».

Y, «Segundo.- Avocar al Pleno de la Sala el conocimiento de alguno de dichos recursos pendientes, a fin de decidir si dicho giro jurisprudencial debe ser o no confirmado».

La decisión de Díez-Picazo no tiene precedentes en la historia reciente de la Sala de lo Contencioso-Adminsitrativo del Supremo y es fruto del enorme malestar levantado entre los magistrados de esa Sala, de los de la Sala de lo Civil y de muchos magistrados de las Audiencias Provinciales.

Díez-Picazo ha respondido así a los interrogantes planteados hoy por Confilegal al haber permitido que un cambio de criterio, tan importante como este, que supone un giro de 180 grados en la jurisprudencia de la Sala, haya sido tomado por un tribunal de 6 magistrados en vez de por el Pleno, compuesto por 33 magistrados.

Su decisión deja en el aire esta nueva jurisprudencia, que establecía que el IAJD le correspondía pagarlo a la entidad bancaria y no al comprador, como era costumbre hasta ahora.

El presidente de la Sala de lo Contencioso-Administrativo comunicará próximamente a sus compañeros el día y la hora del Pleno a celebrar.

 

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