MATAS y  VILLAR MIR declararán como IMPUTADOS por Son Espases

Absuelven al expresidente del Gobierno balear Jaume Matas por el caso «Turisme Jove»

Los jueces dudan de la culpabilidad del acusado y aplican el principio de “in dubio pro reo” 

10 / 04 / 2019 16:40

Actualizado el 10 / 04 / 2019 16:41

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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Palma de Mallorca ha absuelto al expresidente del Gobierno balear Jaume Matas de los delitos de prevaricación, malversación y falsedad en documento mercantil, en concurso medial.

Los magistrados Diego Jesús Gómez-Reino Delgado (presidente), Raquel Martínez Codina, y Alberto Jesús Rodríguez Rivas han sido los encargados de fallar a favor del expresidente balear.

Matas venía siendo acusado por el Ministerio Fiscal y la Acusación particular ejercida por la Comunidad Autónoma en una pieza derivada del denominado caso “Turisme Jove”.

Los magistrados ponen de manifiesto en su sentencia sus dudas referentes a la culpabilidad del acusado y aplican el principio “in dubio pro reo”(en caso de duda, se favorece al acusado). 

Orden de pago

La Sala argumenta que a pesar de ser factible la hipótesis de las acusaciones, de que el acusado hubiera dado la orden de pago de los 108.000 euros de dinero público abonado en pago de facturas falsas y por tanto con desviación de fondos públicos; “también caben y son posibles otras alternativas, y con igual o semejante grado de probabilidad”.

Los jueces contemplan -entre estas otras alternativas- que la orden de pago pudiera haber llegado de Vicepresidencia y Relaciones Institucionales “sin participación alguna del señor Matas».

E incluso que, aunque Jaume Matas diera la orden de pago a García Oeo, «por haber sido previamente acordada sin su intervención y en el seno de la propia Consejería de Vicepresidencia, desconociera que obedecía a un pago irregular de fondos públicos”.

Por este motivo, el tribunal cree haber respetado el derecho a la tutela judicial efectiva que asiste a ambas acusaciones al ofrecer explicación razonable de su conclusión absolutoria.

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