Sánchez Magro paraliza cautelarmente la fusión entre Mediaset Italia y España
Fachada de Mediaset, en Madrid. Foto: Mediaset.

Sánchez Magro paraliza cautelarmente la fusión entre Mediaset Italia y España

Mediaset España "discrepa profundamente" con la decisión, y "procederá a impugnarla de forma inmediata"
|
11/10/2019 16:18
|
Actualizado: 31/7/2020 13:10
|

El magistrado titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid, Andrés Sánchez Magro, ha suspendido cautelarmente la fusión entre Mediaset Italia y España mientras resuelve lademanda presentada por Vivendi impugnando los acuerdos sociales aprobados en la Junta General Extraordinaria de Mediaset España del pasado 4 de septiembre.

Sánchez Magro ha acordado la suspensión cautelar de todos los acuerdos sociales aprobados en dicha Junta General Extraordinaria de Accionistas de Mediaset España en la que se dio el visto bueno a su fusión con su matriz italiana, para crear MediaForEurope (MFE).

El juez ha fijado una caución para Vivendi de 19 millones de euros, que considera «el importe más adecuado valorando los diferentes intereses que hay en juego y los posibles daños que se le podrían irrogar a la demandada si las medidas se reputasen más adelante como indebidas».

En un auto, fechado a 10 de octubre, de 17 páginas, el magistrado Andrés Sánchez Magro acuerda parcialmente la adopción de las medidas cautelares solicitadas por la sociedad mercantil Vivendi, que a finales de septiembre inició un procedimiento judicial en España impugnando los acuerdos adoptados por la junta general extraordinaria de accionistas de Mediaset España el 4 de septiembre.

El juez justifica la adopción de medidas cautelares porque «si la fusión deviniera eficaz, podrían llegar a formalizarse operaciones corporativas importantes, que podrían incluso afectar a la estructura de capital y al propio accionariado, que serían completamente irreversibles al incidir en derechos de terceros».

Con esta resolución cabe recurso de apelación en el plazo de 20 días ante este Juzgado, para su resolución por la Audiencia Provincial de Madrid.

Mediaset España ha informado hoy en un comunicado de este fallo a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV), en el que señala que «discrepa profundamente» con esta decisión.

En él, anuncia que «procederá a impugnarla de forma inmediata, confiando en que la misma será revocada por la Audiencia Provincial de Madrid».

Además, la compañía ha indicado que «las razones que sustentan la posición de Mediaset España son, a juicio de esta entidad, muy sólidas y avalan la razonabilidad jurídica, económica y empresarial de los acuerdos sociales que han sido impugnados».

Vivendi considera que la operación solo beneficiaba a Fininvest, el principal accionista de Mediaset controlado por el grupo de Berlusconi, al proporcionarle un control del grupo Mediaset y al diluir a los accionistas minoritarios.

El magistrado Andrés Sánchez Magro, titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid. Foto: Fernando Arús/Fleet People.

‘PELIGROS MUY CONCRETOS, COMO LA MERMA DE SUS DERECHOS SOCIETARIOS Y EL CONTROL OMNÍMODO POR PARTE DE FININVEST’

El titular del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Madrid destaca que «no es cierto» Vivendi «se haya limitado a esbozar en su escrito rector un peligro meramente abstracto», sino que por el contrario, «ha concretado los peligros muy concretos» que le pueden deparar si la fusión siguiera adelante, como con la «merma de sus derechos societarios» y «el control omnímodo por parte de Fininvest (el vehículo societario de la familia Berlusconi), tanto a nivel del Consejo de Administración de MFE (nombrando 14 vocales de 14) como de la propia Junta General de Accionistas a través de unos Estatutos sociales».Añade que, «sin que competa a este juzgador tener que valorar si son o no conformes al Derecho neerlandés, parece indiciariamente al menos, que han sido claramente diseñados para “blindar” por completo a este accionista cuando lo cierto es que tendrá aproximadamente un 35% del capital social de la sociedad resultante de la fusión, que estaría lejos de reportarle este control tan inexpugnable que ahora parece pretenderse».

Mediaset España argumentó en este proceso que Vivendi había comprado 3.300.000 acciones de la compañía a lo largo de los pasados meses de junio y julio, una vez que ya estaba convocada la Junta General, y asumió con ello el «peligro» derivado de la aprobación de los acuerdos.

Al respecto, el juez cree que estas compras son más bien «una expresión inequívoca» de la voluntad de la compañía francesa «por combatir en Derecho unos acuerdos que entiende que atentan contra sus legítimos derechos como accionista relevante de Mediaset Italia y, por derivación, de la propia Mediaset España».

Respecto al argumento esgrimido por la defensa de Mediaset España acerca del derecho de separación, que es una opción que tienen todos los accionistas ante la modificación estructural, por previsión legal (artículo 62 de la LME) dice que «carece de virtualidad».

«Que la ley garantice a todos los accionistas disconformes el derecho a poder vender sus acciones a una valoración legalmente pre-establecida, en modo alguno quiere decir que los accionistas minoritarios deban soportar por ello acuerdos que puedan ser abusivos o ilegales», destaca.

El magistrado tampoco acepta la tesis de que Vivendi una empresa competidora (operan en mercados distintos, Vivendi en el pago y Mediaset en abierto) o que sus intereses están contrapuestos a los de la propia sociedad.

Sánchez Magro apunta que debe dejarse constancia de que Vivendi solo están en la TV de pago, no en abierto. Señala que en el acto de la vista se expuso por la representación letrada de Vivendi que ninguna autoridad de Competencia hasta la fecha ha considerado que la TV en abierto compita con la TV de pago.

Añade que tampoco están en el mismo mercado geográfico.

«Y no tiene este juzgador pruebas o elementos para concluir que los intereses de Vivendi estén en contraposición con los de la sociedad demandada; desde luego, Vivendi tiene unos recursos muy importantes invertidos en el Grupo Mediaset (Italia y España) y no parece razonable que quiera perjudicar a la sociedad puesto que se perjudicaría gravemente a sí misma», expone el magistrado.

«Finalmente, que existe un grave conflicto entre Fininvest y Vivendi, parece fuera de toda duda, pero esta es una cuestión muy distinta y ajena a este procedimiento; lo que no puede es lógicamente equipararse los intereses y posturas del accionista de control, que son prima facie legítimas y respetables, con el interés social de Mediaset España», añade.

‘BLINDAR EL PODER DE FININVEST EN EL GRUPO MEDIASET’

Para Sánchez Magro, «indiciariamente, y de modo cautelar sin prejuzgar el fondo del asunto», tras realizar una valoración conjunta de todos los elementos en presencia, todo parece apuntar «a un cuadro global» en el que las modificaciones estructurales «parecen estar dirigidas simultáneamente a blindar el poder de Fininvest en el Grupo Mediaset y, sobre todo, a debilitar y mermar los derechos de Vivendi, que quedará diluida en el plano de los derechos políticos y sin posibilidad alguna de ejercer unos elementales derechos como accionista».

«Por ello, de forma provisional e indiciaria, se aprecia abusividad potencial en estos acuerdos», destaca.

Sobre si constituye realmente esta fusión una necesidad razonable para Mediaset ante los retos empresariales que tiene planteados, el juez señala que se ha podido constatar que «las economías de escala que se invocan son muy dudosas, cuando no inexistentes; que la internacionalización no es tal (se trata de un grupo hispanoitaliano y lo seguirá siendo); que no se aprecia porqué se van a producir más y mejores contenidos por el mero hecho de la fusión».

También indica que «no se vislumbra dónde está el carácter paneuropeo del Grupo y que los supuestos ahorros de 800 millones de euros son extremadamente cuestionables y cuestionados», por el Informe Pericial aportado por Vivendi y por «diferentes entidades bancarias españolas y europeas, como consta en prueba documental aportada.

En paralelo al procedimiento judicial en España, Vivendi inició otro en Holanda solicitando al Juzgado, entre otras cosas, que prohíba a Mediaset Investment la introducción en sus estatutos de ciertas previsiones contenidas en sus artículos 13 (relativas a las acciones especiales de voto), 42 (obligaciones de los accionistas) y/o 43 (requerimiento de Oferta Pública de Adquisición Obligatoria). La comparecencia ha sido señalada para el día 16 de octubre de 2019.

Además, ha iniciado un procedimiento judicial en Italia impugnando la junta de Mediaset que aprobó la fusión con la matriz española, y la primera comparecencia de las partes tendrá lugar el 10 de enero de 2020, según comunicó el pasado martes Mediaset España a la CNMV después de que la compañía italiana recibiera el escrito de demanda por parte de la francesa Vivendi.

El documento le fue remitido también a Fininvest, propiedad de la familia del exprimer ministro italiano Silvio Berlusconi; y a Simon Fiduciaria, fideicomiso de Vivendi.

Vivendi solicita que el Tribunal de Milán anule el acuerdo aprobado por la junta el 4 de septiembre y todos los documentos anteriores, relacionados y/o consecuentes a la misma.

Noticias relacionadas:

El Supremo desestima el recurso de casación de Mediaset España, que tendrá que dejar de emitir ‘Pasapalabra’

La CNMC sanciona con 376.504 € a Mediaset (Tele 5 y FDF) por emisión de publicidad encubierta

La CNMC abre dos expedientes sancionadores a Mediaset ‘por posible emisión de publicidad encubierta’

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales