Un juzgado de Oviedo aplica la sentencia del TJUE sobre las cláusulas suelo

Un juzgado de Oviedo archiva las diligencias contra la anterior junta de gobierno municipal

Los hechos habían sido denunciados por una asociación vecinal tras la celebración de diversas actividades lúdicas en una misma zona céntrica de la capital asturiana

8 / 11 / 2019 06:18

La magistrada titular del Juzgado de Instrucción nº 3 de Oviedo, María Begoña Fernández, ha dictado un auto de sobreseimiento provisional de las diligencias previas que se habían abierto contra el anterior alcalde de Oviedo, Wenceslao López Martínez.
También estaba implicada el resto de la Junta de Gobierno de la última corporación municipal por los delitos de prevaricación, tráfico de influencias, malversación y fraude.
Todo ello en relación a la celebración de distintas actividades lúdicas en el entorno del conocido como «Bulevar de la sidra» de la capital del Principado.

En el auto, la magistrada expone las distintas actividades celebradas en esa zona a lo largo del tiempo, y analiza el resultado de las diligencias practicadas.

Aprobación por unanimidad y conforme a los informes técnicos

La totalidad de los investigados coinciden en que la aprobación por unanimidad de la que entonces era la Junta de Gobierno del Ayuntamiento de Oviedo, «lo fue conforme a los informes técnicos».

«Se trataba de un asunto rutinario del orden del día que ya se adelantaba en el mismo como tal aprobación siendo una ocupación mas de las planteadas en dicho orden, sin que constare formulada objeción o salvedad alguna por parte del sr. secretario municipal, ni advertencia del técnico».

También apuntan que «se limitaron a dar su aprobación al acto siempre en el sentido aconsejado por los informes técnicos y plenamente convencidos de su legalidad».

En este sentido la magistrada concluye «en la inexistencia de elementos indiciarios en cuanto a la presunta participación de los afectados en una conducta o actuación subsumible en el precepto analizado».

La magistrada no ve una conducta sancionable como prevaricación

Se apoya en la abundante jurisprudencia establecida «para que un ilegalidad administrativa, suponga una conducta prevaricadora penalmente sancionable, y en esencia, la inexcusable necesidad de que lo resuelto, carezca del mas mínimo fundamento o consistencia legal, sin que quepa discusión o interpretación alguna».

Por todo ello la magistrada concluye que el resultado de las diligencias instructoras practicadas, evidencia «la ausencia de elementos indiciarios que puedan sustentar otro pronunciamiento que no sea el sobreseimiento y archivo de la causa».

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