La Fiscalía: Los exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán ‘llevaron la desobediencia hasta el extremo’
El juicio, que se celebra en el TSJCat, queda hoy visto para sentencia tras tres jornadas. Foto: EP

La Fiscalía: Los exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán ‘llevaron la desobediencia hasta el extremo’

Afirma que su conducta no está amparada en la inviolabilidad parlamentaria, que no protege frente a actos de desatención de lo resuelto por el Constitucional
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24/7/2020 14:26
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Actualizado: 24/7/2020 15:19
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El teniente fiscal de la Fiscalía Superior de Cataluña, Pedro Ariche, ha señalado hoy en el juicio a los exmiembros de la Mesa del Parlamento catalán que los acusados «anunciaron su desobediencia», la «ejecutaron», y «la llevaron hasta el extremo», en alusión al pleno del 6 y 7 de septiembre de 2017 donde se aprobó la ley del referéndum y la de transitoriedad jurídica.

La Fiscalía acusa a los exmiembros de la Mesa Anna Simó (ERC), Ramona Barrufet, Lluís CorominasLluís Guinó (JxSí) y a la exdiputada de la CUP Mireia Boya de un delito continuado de desobediencia grave, y pide para cada uno un año y ocho meses de inhabilitación y una multa de 30.000 euros.

Los cinco formaron parte de la Mesa del parlamento autonómico que presidió Carme Forcadell, que en octubre de 2019 fue condenada por la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo por un delito de sedición a 11 años y medio de cárcel.

Las partes están exponiendo hoy, en la tercera jornada del juicio sus conclusiones finales, y el caso quedará este viernes visto para sentencia.

La abogada del Estado Beatriz Vizcaíno también ve «plenamente acreditado» que los acusados cometieron el delito continuado de desobediencia, y pide una pena de 20 meses de inhabilitación para cada uno.

El letrado Juan Cremades, que ejercita la acusación popular en representación de VOX, que también los acusa de desobediencia, y retiró la acusación por organización criminal, por el que pedía 12 años de cárcel, sostiene que al tramitar resoluciones relacionadas con el proceso separatista, crearon «un entramado legal paralelo al ordenamiento constitucional», que sirvió al gobierno catalán «para llevar a cabo la ruptura con el ordenamiento constitucional».

Cremades manifiesta que actuaron «con ánimo rebelde, doloso y desobediente» al tramitar las resoluciones con la intención de facilitar la celebración del 1-O, y

Por su parte, las defensas de los cinco acusados piden la absolución al considerar que no desobedecieron los mandatos y decisiones del Tribunal Constitucional.

«No actuaron con ánimo de desobedecer al Tribunal Constitucional, sino con ánimo de respetar el derecho fundamental» de los impulsores de iniciativas legislativas, dentro del proceso independentista, ha manifestado la abogada Judit Gené, y ha pedido la absolución para sus tres defendidos.

LA EXPOSICIÓN DEL FISCAL 

El fiscal Pedro Ariche ha expuesto que Lluís Corominas, Ramona Barrufet, Lluís Guinó, Anna Simó y la exdiputada Mireia Boya idearon y crearon un plan para usar, tramitar y facilitar la aprobación «de resoluciones y leyes abiertamente inconstitucionales».

El fiscal ha destacado que los acusados, en su momento «renunciaron al diálogo en favor de la unilateralidad», «de la ruptura con la legalidad estatal y con la legalidad propia de Cataluña».

«En lugar de dar cumplimiento a un mandato judicial, justamente lo han quebrado», ha expresado Aricha, y ha subrayado que «su conducta no se halla amparada en la inviolabilidad parlamentaria», que no protege frente a actos de desatención de lo resuelto por el Tribunal Constitucional

Ariche ha señalado que el equilibrio que impone la separación de poderes no es ajeno a la existencia de límites en el ejercicio de los mismos.

Ariche ha aludido al programa electoral de JxSí, y ha indicado que contenía una «frase inquietante»,al referirse a que no podía haber diálogo con el Gobierno de Mariano Rajoy porque lo condicionaba al cumplimiento de la ley.

Ha apuntado que «cuanto menos no es afortunado» condicionar que no puede haber diálogo porque una de las partes quiere respetar la legalidad.

Ariche ha hecho hincapié en que los acusados, como miembros de la Mesa, estaban obligados al cumplimiento de la legalidad: «No de la legalidad constitucional propiamente dicha, que también, sino incluso de la legalidad estatutaria que refiere el propio Estatuto de Autonomía de Cataluña».

Ha destacado que sin embargo, permitieron presentar y tramitar leyes y resoluciones independentistas desde la Mesa de la Cámara catalana, ignorando las advertencias e informes de los letrados y rechazando las propuestas de reconsideración de la oposición.

Ariche rechaza el argumento de los acusados de que no podían entrar en el fondo de las iniciativas al tramitarlas en la Mesa porque hacen una «interpretación sesgada» del artículo 37 del Reglamento, que regula la función esencial de la calificación y admisión, ya que, según afirma, eran conscientes del mandato del Tribunal Constitucional.

«Ha quedado claro en el juicio que lo que no se admite por la Mesa no puede llegar al pleno», ha insistido Ariche, y ha argumentado el papel clave que el órgano rector tuvo a la hora de poder aprobar las leyes de desconexión y las propuestas de resolución sobre la independencia.

Sobre el pleno del 6 y 7 de septiembre, ha dicho que se tramitaron las leyes de forma rápida por el «entendimiento pueril» de que debía hacerse todo en un día -aprobar la ley del referéndum, de transitoriedad, nombrar a la Sindicatura Electoral, entre otros trámites- antes de la suspensión por parte del Constitucional, y que para ello se laminaron los derechos de la oposición.

Ariche ha calificado de «especie de performance» la votación secreta en el pleno de las propuestas de resolución el 27 de octubre de 2017, y ha constatado que de dichas propuestas, la parte declarativa -que contenía la declaración de independencia y proclamación de la república- no se votó y no tuvo ningún valor jurídico.

Sobre el papel de Corominas y Boya, en calidad de presidentes de los grupos parlamentarios de JxSí y la CUP, respectivamente, ha dicho que se les atribuye haber presentado las iniciativas que después se votaron, y que existía un previo concierto con los miembros de sus grupos: «Propiciaron la tramitación de las leyes rupturistas y demás iniciativas subsiguientes».

De izquierda a derecha: Juan Cremades, que representa a VOX, que ejercita la acusación popular, la abogada del Estado Beatríz Vizcaíno, y el teniente fiscal de la Fiscalía Superior de Cataluña Pedro Ariche. Foto: POOL/EP

ABOGACÍA DEL ESTADO

La abogada del Estado Beatriz Vizcaíno ha expuesto que los exmiembros de la Mesa «se negaron reiteradamente a cumplir los mandatos del Constitucional», y ha añadido que aunque no hubieran recibido un requerimiento personal del tribunal, al ser representantes públicos estaban obligados a cumplir la ley.

Aun así, ha explicado que «consta en autos perfectamente documentado» que las declaraciones de inconstitucionalidad se notificaron personalmente a cada uno de ellos.

También ha señalado que, aunque los acusados digan no reconocer al Constitucional, como hizo Mireia Boya, usando su derecho a no declarar contra sí mismos, eso «no les excusa» de cumplir las resoluciones del tribunal.

«En lugar de acatar las resoluciones del TC, las desobedecieron de forma insistente», ha reiterado Vizcaíno, mencionando la ley de referéndum y los Presupuestos de 2017, donde se incluyó una partida para procesos electorales supuestamente destinada al 1-O.

Tampoco avala el argumento de la defensa de Boya, que alegó que al presentar el proyecto de ley de transitoriedad jurídica actuaba como representante de su grupo parlamentario, porque «nadie está obligado a cumplir una orden que implique la comisión de un delito».

Sobre los plenos en los que el Parlamento catalán votó las leyes del referéndum y de transitoriedad jurídica, ha dicho que «se suprimen todos los trámites de aprobación» que prevé el reglamento de la Cámara y que, a diferencia de lo habitual, se llevaron al pleno el mismo día que se registraron en la Mesa.

Para Vizcaíno, usaron «este mecanismo para evitar que la Abogacía abriera un incidente de ejecución» o que otro grupo parlamentario presentara un recurso de amparo y pidiera una medida cautelar.

LA ACUSACIÓN POPULAR, EJERCITADA POR VOX

El abogado Juan Cremades ha descrito el papel que jugaron los miembros de la Mesa en las jornadas del 6 y 7 de setiembre y el 27 de octubre de 2017: «Votaron sistemáticamente a favor de tramitar resoluciones inconstitucionales con el objetivo de crear un entramado legal paralelo a la legalidad española».

«Eran plenamente conscientes de que la proposición de ley del referéndum y de transitoriedad jurídica suponían un ataque directo a la Constitución», ha sostenido  Cremades sobre la votación de las leyes de desconexión los días 6 y 7 de septiembre de 2017, y ha valorado que deberían haber inadmitido a trámite cualquier iniciativa que pudiera ser inconstitucional.

Sobre la inviolabilidad como parlamentarios -que las defensas han alegado desde el inicio del juicio-, ha aseverado que «choca de pleno con el principio de igualdad porque nadie está por encima de la ley, tampoco los diputados del ‘Parlament'».

También ha dicho que «no ha habido un incumplimiento» sino varios, por lo que pide apreciar el presunto delito de desobediencia como continuada, ya que hubo varias advertencias del Tribunal Constitucional durante la legislatura.

LAS DEFENSAS

 Judit Gené, defensa de los exdiputados de JxSí y exmiembros de la Mesa de la Cámara catalana, ha expresado que al tramitar leyes independentistas desde la Mesa, actuaron «en defensa del ‘Parlament’ y de la legitimidad de los diputados, los grupos parlamentarios y de las personas que votaron la composición de este órgano legislativo».

«No hay un derecho fundamental a la constitucionalidad, hay un derecho fundamental a la participación política», ha afirmado Gené.

Ha defendido que los tres diputados a los que defiende, al actuar desde la Mesa del Parlamento, lo hacían amparados por la inviolabilidad parlamentaria, ya que votar estas iniciativas legislativas es un acto político, de naturaleza parlamentaria, y no administrativo.

«La inviolabilidad parlamentaria está recogida por la ley y es la ley que dice que cuando mis representantes actúan en esta condición, actúan amparados por una prerrogativa que los ampara», ha insistido Gené.

Ha indicado que ello radica en «los derechos fundamentales de la libertad de opinión, ideológica, de poder defender en un parlamento, de manera democrática y pacífica, todas las ideas que sean respetuosas con los derechos fundamentales».

Así, Gené ha argumentado: «No se nos puede decir que somos desobedientes porque estamos sometidos al imperio de la ley cuando es esta ley la que precisamente nos garantiza que tenemos esta inviolabilidad parlamentaria».

Según ha resaltado, los tres parlamentarios no querían «ponerse por encima de nadie ni ampararse en un poder legislativo para ser inmunes ante la ley, sino que entienden que la ley les permitía actuar de la manera que lo hicieron».

También ha dicho que la jurisprudencia del Constitucional sobre el papel del órgano rector indicaba que no debía entrar en el fondo de las iniciativas ni hacer ningún juicio de constitucionalidad para no incidir en el derecho de participación política, y que esta doctrina cambió en 2015 a raíz del proceso independentista.

Ha señalado que, sin embargo, la doctrina no quedó plenamente fijada hasta 2019, por lo que ha pedido al tribunal que se coloquen en el momento de los hechos, cuando «no existía esta claridad» sobre el papel de la Mesa en cuanto a su deber de no tramitar propuestas abiertamente inconstitucionales.

Según Gené, «ellos consideraban que había una doctrina del TC que les amparaba» al admitir resoluciones y leyes dentro del proceso independentista, y ha apuntado que sí que cumplieron en algunos casos con lo que les pedía el tribunal de garantías al haber estudiado las iniciativas y argumentar por qué las tramitaban.

Por su parte, el abogado de la exdiputada de ERC Anna Simó, Raimon Tomàs, ha afirmado que este juicio «pone en riesgo el concepto de democracia parlamentaria».

«El derecho de participación política estaría vacío de contenido, si los representantes de la ciudadanía no pueden determinar el contenido de las iniciativas que presentan», ha dicho.

El letrado ha defendido que Simó «actuó en todo momento, en la tramitación de iniciativas parlamentarias, de acuerdo con el reglamento de la Cámara», lo que ha calificado como una garantía para los derechos de los diputados de todos los grupos y su derecho de iniciativa parlamentaria.

Tomàs también ha destacado que en este juicio «el 99,9% de la prueba practicada es indiscutida por las defensas, los hechos son públicos y notorios, están en actas y en el diario de sesiones».

Así, considera que no se están discutiendo hechos, sino su concepción y consecuencias, y ha asegurado que «el debate se circunscribe en si la actividad parlamentaria puede ser limitada, censurada, si un órgano jurisdiccional puede limitar la actividad de un parlamento», en referencia al Tribunal Constitucional.

Ha hablado de un cambio de doctrina en las actuaciones del TC, que considera que se hizo expresamente para responder al proceso independentista y que «establecía un control previo» a la actividad parlamentaria.

Sobre la acusación por tramitar la ley de Presupuestos de 2017, ha mostrado su «sorpresa en la voluntad de imputar un delito de desobediencia en un hecho que nunca generó ningún tipo de controversia».

Además, ha negado que los letrados de la Cámara advirtieran sobre las cuentas, cuya tramitación se enjuicia porque contenían una partida para procesos electorales y supuestamente destinada al 1-O.

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