Más de 9 meses después la Confederación Hidrográfica del Tajo no ha decidido si hay que demoler el chalet del fiscal decano de Talavera
La Confederación Hidrográfica del Tajo ya está fuera de tiempo sobre la decisión que tiene que tomar, de demoler el chalet del fiscal decano; dos de sus hombres podrían ser acusados formalmente de "prevaricación urbanística omisiva" si la Audiencia Provincial de Madrid considera que su inacción ha permitido la existencia de un ilícito como la de esta construcción.

Más de 9 meses después la Confederación Hidrográfica del Tajo no ha decidido si hay que demoler el chalet del fiscal decano de Talavera

UN FISCAL DE MADRID CONSIDERA QUE LA CHT HA COMETIDO UN DELITO DE "PREVARICACIÓN URBANÍSTICA OMISIVA"
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27/7/2020 06:50
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Actualizado: 27/7/2020 01:07
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Han pasado 9 meses y 17 días. La Confederación Hidrográfico del Tajo (CHT) tenía seis meses para tomar una decisión sobre si demoler el chalet del fiscal decano de Talavera, Ángel Demetrio de la Cruz Andrade, o permitir su existencia, a pesar de que está en parte construido en zona de servidumbre, un espacio prohibido absolutamente por ley, en la localidad de Pepino, a 8 kilómetros al norte de la mencionada ciudad.

«Estimado señor, en relación con su petición de información indicarle que el expediente al que hace referencia sigue su proceso de tramitación de conformidad con los preceptos legales de aplicación», es la contestación que, desde la oficina de prensa de la CHT, han dado a Confilegal el pasado 13 de julio.

En octubre del año pasado, las mismas fuentes de la CHT ratificaron que habían paralizado la demolición del mencionado chalet después de que María García, la esposa del fiscal decano, interpusiera un escrito, solicitando la legalización de la vivienda. Y avanzaron que el plazo para decidir era de seis meses, que se cumplió en marzo. 

LA ORDEN DE DEMOLICIÓN ES DE 2009

Dicho escrito fue presentado fuera de tiempo pues el 6 de marzo de 2009, hace 11 años, la CHT ordenó a sus dueños que lo demolieran, cosa que no hicieron.

El 31 de octubre de 2017 repitieron ese mismo requerimiento, que tampoco cumplieron.

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha sentenció, el 30 de abril de 2019, que debía ejecutarse la demolición. Un fallo que no recurrieron los dueños del chalet y que se hizo firme el 22 de julio de 2019. 

Sin embargo, el el 10 de septiembre de ese año, 2019, el fiscal decano de Talavera y su esposa presentaron el escrito de legalización. Y a pesar todo les fue admitido y se paralizó la demolición.

¿Tuvo algún peso que Demetrio de la Cruz Andrade ostentara esa responsabilidad en la Fiscalía de Talavera? 

LA CHT PODRÍA HABER COMETIDO UNA «PREVARICACIÓN URBANÍSTICA OMISIVA»

Así lo ha calificado César Estirado, fiscal de la Fiscalía de Madrid –y compañero del fiscal decano de Talavera– en el recurso de apelación interpuesto contra la decisión de archivo de la magistrada Carmen Valcarce, titular del Juzgado de Instrucción 5 de Madrid: «Prevaricación urbanística omisiva», contemplada en los artículos 320 y 11 del Código Penal.

La denuncia había sido interpuesta por la Asociación contra la corrupción y en defensa de la acción pública” (ACODAP).

El fiscal Estirado lo tiene claro: “Es patente una indebida inactividad de los responsables competentes de la CHT en cuanto al cumplimiento de la Orden de demolición de la construcción que afectaba las zonas de servidumbre y de policía (la primera no legalizable) del dominio público hidráulico que se mantiene desde la resolución de fecha 6 de marzo de 2009  hasta el requerimiento de ejecución de fecha 13 de octubre de 2017, más de ocho años”.

Los denunciados son nada menos que Javier Díaz Regañón Jiménez y José Antonio Díaz-Lázaro Carrascocomisarios de aguas de la CHT, por los supuestos delitos de falsedad documental y prevaricación administrativa. 

YA HAY INSTRUCTORA PARA EL RECURSO DE APELACIÓN

Dicho recurso de apelación le ha correspondido a la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid, que el día 16 de julio lo admitió a trámite.

Solo una semana después, el día 23, el letrado de la Administración de Justicia lo llevó ante la magistrada ponente, Paz Batista González.

Para el fiscal del caso, el hecho de que la Confederación Hidrográfica del Tajo no haya hecho nada –la “inactividad administrativa”– es “prevaricadora”.

El resultado es “equiparable a dictar una resolución expresa”.

Por lo que aprecia la existencia de “dolo” –intencionalidad– de los responsables, “dada la trascendencia urbanística que tiene la tolerancia pasiva de la Autoridad competente para demoler unas obras no autorizadas y sometidas a requisito de su autorización, máxime si son legalizables”.

La Confederación Hidrográfica del Tajo es un organismo autónomo del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico que fue creado mediante de Real Decreto el 5 de marzo de 1926 para gestionar las aguas de la parte española de la cuenca del Tajo.

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