El TSJCat confirma 25 años de cárcel para Rosa Peral y 20 años para Albert López por el ‘crimen de la guardia urbana’
La condenada, exguardia urbana de Barcelona, durante la reconstrucción del asesinato; en la imagen, saliendo de la casa que compartía con la víctima hasta su muerte, en Vilanova i la Geltrú (Barcelona). Foto: EP

El TSJCat confirma 25 años de cárcel para Rosa Peral y 20 años para Albert López por el ‘crimen de la guardia urbana’

El tribunal del jurado de la Audiencia de Barcelona los condenó a esta pena en abril por asesinar al novio de ella
|
01/12/2020 13:50
|
Actualizado: 01/12/2020 15:27
|

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJCat) ha confirmado las condenas a los agentes Rosa Peral y Albert López por el ‘crimen de la guardia urbana’.

Peral fue sentenciada a 25 años y López a 20.

El tribunal de la Sala de Apelaciones de la Sala Civil y Penal del TSJCat ha desestimado los argumentos presentados por las ¡defensas de ambos en sus recursos de apelación, manteniendo así la pena inicial impuesta por el Tribunal del Jurado de la Audiencia Provincial de Barcelona.

El TSJCat confirma, como afirmó la Audiencia que Peral y López consideraban que Pedro Rodríguez, «por diversas razones, obstaculizaba su relación» y por eso le mataron, y quemaron el cadáver dentro de su coche la noche después del crimen, para lo que lo trasladaron hacia una pista forestal junto al pantano de Foix.

También ratifica la indemnización de un total de 885.000 euros impuesta a los condenados: 450.000 para el hijo del fallecido, 225.000 para su padre, 100.000 a cada uno de sus hermanos y 10.000 a su expareja y madre de su hijo.

La sentencia, fechada a 30 de noviembre, está firmada por los magistrados Javier Hernández García (presidente), María Jesús Manzano Meseguer (ponente) y Roser Bach Fabregó.

Contra ella cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo.

LOS CONDENADOS RECURRIERON LA SENTENCIA Y SIGUIERON CULPÁNDOSE MUTUAMENTE 

Peral alegaba en su recurso falta de motivación del veredicto para culparla de la muerte de su novio, Pedro Rodríguez (agente del mismo cuerpo policial) y que la sentencia no complementa la motivación, «sino que la sustituye», ya que considera que en ningún momento da pruebas efectivas de un plan conjunto para el crimen.

Apuntaba directamente al otro condenado, Albert López, que cree que sí tenía móvil para el crimen porque ella le había dejado para iniciar una relación sentimental con la víctima, él estaba «locamente enamorado» de ella, y había amenazado con que no quedaría así.

En cambio, el abogado de López, José Luis Bravo, afirmó que «el protagonismo de Rosa en los hechos en incuestionable, aunque ella, finalmente, a medida que la investigación apuntaba hacia ella no tuvo inconveniente en cambiar de objetivo y culpar de todo ello a Albert, dibujándolo como un psicópata».

Sobre la llamada perdida desde un móvil prepago la noche de los hechos, que según el tribunal del jurado fue señal de inicio de un plan para asesinar a Pedro Rodríguez, Peral dijo que «ni justifica ninguna señal ni ningún plan» porque los dos condenados habían hablado por teléfono diez minutos antes durante cuatro minutos.

Añadía que además no se trataba «del mejor plan posible matar a Pedro R. en casa de Rosa con sus hijas menores presentes, cuando podían haber escogido cualquier otro escenario, en lugar de dejar restos en su casa, y sin que estuvieran las menores, puesto que pasaban también muchos días con su padre».

TESIS DE LA FISCALÍA

Tanto López como Peral cargaban contra la Fiscalía, ya que ella tacha su tesis de acusación como «absolutamente increíble, arbitraria, irracional e ilógica», y él lamenta que el jurado había acogido, sin más, y de forma acrítica sus tesis: A lo largo del juicio sostuvo que ambos condenados planificaron el asesinato en lo que calificó como una prueba de amor.

López mantenía que Pedro Rodríguez murió «mucho antes» de que él llegara a la casa que la víctima compartía con Peral, aseguró que ella la llamó antes de las 22.00 horas diciendo que había matado a Rodríguez y él llegó sobre las 3.00.

Esta versión contrasta con la argumentación en el recurso de Rosa Peral, que aseguraba que ella no «presenció ni participó en la muerte», ni conoce las circunstancias concretas en las que murió.

FALTA DE MOTIVACIÓN

La abogada de la condenada, Olga Arderiu, afirmó en su escrito que el magistrado presidente del tribunal  intenta sustituir la falta de motivación del Jurado «añadiendo muchos elementos no expuestos explícitamente por estos y, por tanto, suplantando la tarea personalísima e ineludible del Jurado en tanto que juzgador».

El magistrado presidente, Enrique Rovira, durante la lectura del veredicto en la Audiencia de Barcelona, el pasado 23 de marzo Foto: David Zorrakino/ EP.

Lamentaba que no se hubieran admitido pruebas que corroborarían su buena relación con la víctima, con quien mantenía una relación sentimental, asegurando que su relación «no era tormentosa», y otras que probarían el carácter violento del otro acusado, a quien ella atribuye la autoría del crimen.

Abundaba en que si se analizaban conversaciones existentes en el teléfono de Peral y en el de Rodríguez «se puede ver que mas el 90% son románticas, en las que hablan reiteradamente de casarse, tener un bebé, ir a una clínica de fertilidad».

La defensa de Albert López también criticaba en el recurso que en el juicio no se admitieron pruebas que podían ir a favor de él, al impedir que una testigo declarara que la hija de Peral la vio pelear con la víctima y limpiar sangre la noche del crimen.

Reprochaba que no se aceptara la declaración de la pareja del exmarido de Peral, a quien una hija contó que había visto una pelea entre Peral y Rodríguez la noche del crimen, además de ver a su madre limpiando el suelo ensangrentado.

El magistrado que presidió el tribunal del jurado no aceptó esta declaración porque la niña está exenta de declarar contra su madre por ser una familiar directa, por lo que rechazó una declaración que reprodujera las palabras de la menor, si bien accedió a que la testigo contara, usando mímica, lo que la niña había explicado.

Sin embargo, Rosa Peral considera que con esta decisión se vulneró su derecho a un proceso con todas las garantías al haber permitido que la testigo mostrara qué dijo e hizo la hija pese a haberse acogido a su derecho a no declarar.

En juicio se celebró del 3 de febrero al 17 de marzo (26 sesiones) e intervinieron 57 testigos, 38 peritos y 15 forenses.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales