El Consejo Fiscal analiza hoy el Anteproyecto de Ley de libertad sexual que lleva el ‘solo sí es sí’ al Código Penal
Contempla la elaboración de protocolos de prevención y detección de abusos sexuales a menores; en la imagen Una de las muchas manifestaciones contra la sentencia de 'La manada' de la Audiencia de Navarra que hubo en su momento.

El Consejo Fiscal analiza hoy el Anteproyecto de Ley de libertad sexual que lleva el ‘solo sí es sí’ al Código Penal

PONE EN EL CENTRO DE LOS DELITOS SEXUALES EL CONSENTIMIENTO EXPRESO DE LA VÍCTIMA PARA QUE NO SEA NECESARIA LA EXISTENCIA DE VIOLENCIA O INTIMIDACIÓN PARA SER CONSIDERADO AGRESIÓN
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17/12/2020 09:35
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Actualizado: 17/12/2020 09:48
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El Consejo Fiscal lleva en el orden del día de hoy el análisis del Anteproyecto de la Ley Orgánica de Garantía Integral de la Libertad Sexual, impulsado por el Ministerio de Igualdad y elaborado por el Ministerio de justicia, que plantea una reforma del Código Penal para eliminar la diferencia entre abuso y agresión sexual.

Las valoraciones del Consejo Fiscal no son vinculantes, pero tienen un valor técnico jurídico relevante.

El Consejo Fiscal está formado por tres miembros natos, que son la fiscal general del Estado, Dolores Delgado, el teniente fiscal del Tribunal Supremo, Luis Navajas, que se jubiló ayer y cuya plaza ya ha salido a concurso y se fallará en el Consejo Fiscal del próximo 22 de diciembre, y el fiscal jefe inspector, Fausto Cartagena.

Los otros 9 miembros del Consejo Fiscal son vocales elegidos por la Carrera Fiscal. Por la lista de la Asociación de Fiscales (AF) fueron elegidos Concepción Talón, Juan Andrés Bermejo, Juan Ríos, Rosario Lacasa y Rosa Rubio; y por la Unión Progresista de Fiscales (UPF) los titulares han sido sustituidos por Aurelio Blanco, Inés Herreros, Carlos García-Berro, y Eduardo Navarro.

El anteproyecto iba a ser abordado en el Consejo Fiscal de noviembre, que fue suspendido debido a que Delgado tenía coronavirus.

Para su análisis se cuenta con un borrador elaborado por la secretaría técnica, que se ofrece al vocal ponente, quien puede hacerlo suyo o modificarlo para presentarlo a debate en el Pleno.

Sus conclusiones se harán públicas en breve.

Este anteproyecto también tiene que ser analizado por el Consejo de Estado y por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

Tras la evalución del Anteproyecto de Ley por los órganos consultivos, el Anteproyecto deberá volver a ser aprobada como Proyecto de Ley en el Consejo de Ministros y después llegará al Congreso de los Diputados para su tramitación parlamentaria.

El texto de este Anteproproyecto de Ley ha sido elaborado por el Ministerio de Justicia, que dirige Juan Carlos Campo, sobre una propuesta del Ministerio de Igualdad, dirigido por Irene Montero.

La revisión de estos delitos se abordó a raíz de la sentencia de la Audiencia Provincial de Navarra que condenó a los cinco miembros de ‘la manada’ por un delito de abuso sexual y les absolvió del de agresión. Después, el Tribunal Supremo corrigió esta resolución y los sentenció por violación, elevando la pena a 15 años de cárcel.

Según ha informado el Gobierno, significará la protección integral del derecho a la libertad sexual de todas las personas, así como la erradicación de todas las violencias sexuales, reconociendo que afectan a las mujeres de manera desproporcionada.

Su ámbito de aplicación comprende, sin perjuicio de lo previsto en el Código Penal, las violencias sexuales entendidas como cualquier acto de naturaleza sexual no consentido, o que condicione el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado.

Se entenderá que no existe consentimiento cuando la víctima no haya manifestado libremente por actos exteriores, concluyentes e inequívocos conforme a las circunstancias concurrentes, su voluntad expresa de participar en el acto.

Elimina la diferencia entre abuso y agresión, y pone en el centro de los delitos sexuales el consentimiento expreso de la víctima para que no sea necesaria la existencia de violencia o intimidación para que sea considerado una agresión.

Según la propuesta del Ejecutivo, se castigará con la pena de prisión de un año a cuatro cualquier comportamiento sexual «que atente contra la libertad sexual de otra persona sin su consentimiento».

Incluye como delito leve el denominado «acoso callejero», con pena de localización permanente y trabajados comunitarios hasta un mes, o bien multa.

Este nuevo delito de «acoso ocasional» se define como aquellas expresiones, comportamientos o proposiciones sexuales o sexistas que creen a la víctima una situación objetivamente humillante, hostil o intimidatoria. Hasta ahora, solo estaba previsto en violencia doméstica, entre familiares o pareja o expareja.

Las condenas por violaciones irán de cuatro a 10 años, aunque se podrán elevar a 12 si concurre una circunstancia agravante y a 15 si concurren dos o más.

Desde Igualdad explican que se añaden «mejoras» en otros delitos contemplados en el Convenio de Estambul, como es el caso del delito de acoso sexual, con penas de 3 a 7 meses o multa, de 6 a 12 meses, y máximo 24 en los casos más graves.

Desde Igualdad también han señalado que «excepcionalmente» y siempre que no haya circunstancias en el delito, el los delitos de agresión se podrá rebajar la pena, interponiendo a prisión o trabajos en beneficio de la comunidad de 6 meses a un año.

En la reforma del Código Penal que plantea el Ministerio, se castiga la violación (que requiere penetración) con una pena de prisión de cuatro a 10 años, aunque la pena podrá llegar a los 12 años si concurre un agravante. Si se dan dos circunstancias agravantes, tales como el uso de armas, un trato degradante o vejatorio, una agresión grupal, o una víctima especialmente vulnerable, se impondrá la pena máxima por violación de 15 años, la misma prevista en la actualidad.

En el Anteproyecto de Ley, además de los delitos sexuales contemplados en el Código Penal, se consideran violencias sexuales la mutilación genital femenina, el matrimonio forzado y la trata con fines de explotación sexual.

La ley comprende las violencias sexuales como «cualquier acto de naturaleza sexual no consentido o que condicione el libre desarrollo de la vida sexual en cualquier ámbito público o privado» y su ámbito de aplicación comprende a todas las mujeres desde los 16 años.

El Anteproyecto marca un plazo de un año para revisar las competencias de los juzgados de violencia sobre la mujer, de la Fiscalía y de los equipos técnicos, con el objetivo de ver si estos pueden asumir dicha especificidad.

También conllevará la creación de una red de servicios de información y asistencia integral especializada, con «centros de crisis» que atiendan a las víctimas de delitos sexuales las 24 horas del día, así como otros derechos de asistencia integral especializada.

INCLUYE PROTOCOLOS PARA LA DETECCIÓN EN LOS COLEGIOS DE CASOS DE ABUSO SEXUAL A MENORES

Tras su aprobación en marzo por el Consejo de Ministros en marzo, el texto del Anteproyecto de Ley ha incorporado novedades como la inclusión de los menores como víctimas de violencia sexual. Contempla la elaboración de protocolos de prevención y detección de abusos sexuales a menores.

Recoge la responsabilidad institucional en la detección de las violencias sexuales ya apuntada hace un año por el Tribunal Supremo (TS) en la sentencia número 495/2019, de 17 de octubre, que subrayaba la importancia de estos protocolos en los centros escolares para la detección de estos delitos.

El TS confirmó en esta resolución una condena de 16 años de prisión por un delito continuado de abusos sexuales a una menor de 14 años.

Esta sentencia, convertida en referencia obligada para estos casos, la firma el tribunal de la Sala de lo Penal integrado por los magistrados Julián Sánchez Melgar (presidente), Vicente Magro Servet (ponente), Francisco Monterde Ferrer, Andrés Palomo Del Arco y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina. 

Según ha informado el Gobierno, esta Ley será un referente internacional en materia de protección de las mujeres ya que las protege de todas las violencias sexuales. «En ese sentido, destaca su carácter integral basado en la prevención, el acompañamiento y la reparación. Es clave en la Ley poner en el centro el consentimiento de la mujer, es decir la libertad sexual», ha explicado.

También ha indicado que con esta Ley, además, se da cumplimiento a las responsabilidades de España en el marco de la violencia de género fuera del ámbito de la pareja o expareja, en su deber de proteger y promover el disfrute de los derechos humanos de las mujeres.

«Eso significa cumplir con las obligaciones que establecen los principales tratados internacionales y europeos de derechos humanos, como la Convención para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) o el Convenio sobre la Prevención y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia doméstica del Consejo de Europa (Convenio de Estambul) ratificado por el Estado español en 2014», ha precisado.

Asimismo, ha señalado que de forma paralela, esta norma además dará cumplimiento a algunas de las medidas establecidas en el Pacto de Estado contra la Violencia de Género (2017), mejorando el marco del propio Pacto, gracias a la integralidad de la norma.

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