Condenan de nuevo a Wizink y Carrefour por usura en los contratos de dos tarjetas ‘revolving’
Uno fue suscrito en 2006 con un TAE compras del 24,71% y un TAE efectivo del 26,82%, y el segundo en 2016 con un TAE del 21,99%.

Condenan de nuevo a Wizink y Carrefour por usura en los contratos de dos tarjetas ‘revolving’

El juzgado de Primera Instancia 3 de San Fernando los declara nulos por intereses superiores al 20%
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08/4/2021 15:34
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Actualizado: 19/5/2023 12:44
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Los tribunales españoles siguen dando mayoritariamente la razón a los consumidores en relación a los contratos de tarjeta ‘revolving’ con intereses abusivos.

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha declarado recientemente que las directivas de protección de los consumidores no se oponen a la normativa española de usura, la conocida como Ley Azcárate de 1908, base sobre la que se están declarando nulas este tipo de cláusulas abusivas.

Precisamente, un día después de este pronunciamiento, el juzgado de Primera Instancia 3 de San Fernando (Cádiz) declaró nulos, por usura, dos contratos de tarjeta ‘revolving’ con intereses superiores al 20%. En línea con la jurisprudencia fijada por el Tribunal Supremo en marzo de 2020.

La magistrada Silvia Fernández-Reinoso Artacho, en dos resoluciones del 26 de marzo contra las que cabe recurso de apelación, declara nulos los contratos y condena a dos entidades a devolver las cantidades que excedan del capital prestado y que haya percibido por intereses, comisiones o primeras de seguro, más los intereses legales de esta cantidad.

En este caso, los contratos nulos son de Wizink (tarjeta Visa Citi Oro) y Servicios Financieros Carrefour (tarjeta Pass). El primero fue suscrito en 2006 con un TAE compras del 24,71% y un TAE efectivo del 26,82%, y el segundo en 2016 con un TAE del 21,99%.

En ambos casos los consumidores habían estado utilizando, junto con otras tarjetas de la misma entidad, tanto en disposiciones de cajero como en compras, ya que la configuración de la tarjeta permitía varias fórmulas de amortización.

La magistrada recuerda que, de acuerdo con la jurisprudencia, «el interés remuneratorio de una tarjeta de crédito con pago aplazado que incluye un crédito ‘revolving’ será usurario, cuando cumpla dos requisitos: que sea notablemente superior al interés normal del dinero y desproporcionado para las circunstancias del caso».

«La tarjeta ‘revolving’, al igual que los plásticos tradicionales permiten realizar compras aplazando el pago, su singularidad es que es el cliente el que puede elegir el plazo de devolución del crédito de un interés previamente pactado con el banco», explica José Luis Ortiz Miranda, titular del Bufete Ortiz Abogados de Cádiz, que ha llevado estos dos procedimientos.

«En vez de pagar al mes siguiente como sucede con las tarjetas convencionales, el cliente puede elegir una cantidad fija para desembolsar a más largo plazo durante las mensualidades que necesite».

«Se convierte la deuda en perpetua y al deudor en un deudor cautivo»

De este modo, recuerda, «a medida que vaya amortizando, el cliente irá recuperando la línea de crédito, de ahí su denominación como ‘revolving’ (giratorio en inglés).»

El problema, subraya, es que «al permitir al cliente elegir las cuotas a devolver mensualmente, si se amortizan cantidades bajas (como aquí pasó) se puede a no llegar a cubrir el principal, generando nuevos intereses (intereses sobre intereses es anatocismo) y convirtiendo la deuda en prácticamente perpetua y al deudor en un deudor cautivo».

Tras la sentencia del Supremo de marzo de 2020, «la reacción general de los bancos ha sido modificar unilateralmente la cláusula de interés remuneratorio en cuestión», pero «ello no quita para que al que le han cobrado durante un montón de años un interés superior al 20% pueda reclamar con muchas posibilidades de éxito».

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