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Un juzgado de Oviedo propone juzgar a Álvarez-Cascos por un delito de apropiación indebida de fondos de Foro Asturias

La magistrada titular del juzgado de Instrucción 2 de Oviedo cree que 5.550 euros de gastos personales cargados al partido no están justificados debidamente

31 / 05 / 2021 15:24

El juzgado de Instrucción 2 de Oviedo ha propuesto juzgar al que fuera secretario general del PP y vicepresidente del Gobierno Francisco Álvarez-Cascos por un presunto delito de apropiación de fondos del partido Foro Ciudadano, conocido como Foro Asturias, que lideró tras abandonar el PP.

La magistrada, Simonet Quelle Coto, así lo acuerda en un auto con fecha de hoy, contra el que cabe recurso, en el que ordena continuar la investigación por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos fueran constitutivos de delito.

De este modo, da traslado al Ministerio Fiscal y a las acusaciones particulares personadas para que, en el plazo de diez días, soliciten la apertura del juicio oral formulando escrito de acusación o el sobreseimiento de la causa. De forma excepcional, pueden pedir la práctica de diligencias complementarias.

Álvarez-Cascos desempeñó diferentes cargos representativos en el partido, entre ellos el de presidente, cargó que ocupó entre marzo de 2011 y marzo de 2015.

Según consta en el auto, era el máximo representante legal del partido, entre cuyas competencias (según los Estatutos), se encontraba la de proponer a la Comisión Directiva los nombramientos de secretario General, vicesecretarios y tesorero.

Dispuso de los fondos y recursos económicos del partido para fines ajenos a la actividad política

Desde el origen del partido y durante el periodo en el que Álvarez-Cascos ostentó cargos de representación en el mismo, «no se llegó a nombrar la figura de tesorero, siendo la Comisión Directiva, el órgano de máxima relevancia en el funcionamiento del partido y centrada principalmente en la actividad política, la encargada de aprobar los presupuestos y su ejecución».

Para ello, basaban la «utilización de los recursos económicos en criterios de confianza y en la oferta profesional efectuada al investigado, así como en la existencia de una serie de personas que, sin tener formalmente asignada tal función de tesoreros, ejercían de facto las autorizaciones de gasto, las cuales se efectuaban mediante convalidaciones de tales personas que de facto ejercían tal función de tesorero, con la total conformidad del partido».

En todo ello, «ostentando, presuntamente, el Sr. Álvarez-Cascos Fernández un absoluto control de la actividad y de las decisiones del partido y valiéndose de su cargo orgánico dentro del partido para disponer de los fondos y recursos económicos titularidad de FORO para fines ajenos a la actividad política, tratándose de gastos de carácter personal«.

La magistrada señala que llegó, por tanto, «presuntamente, entre el periodo comprendido entre el 15/05/2011 y el 16/10/17 y sirviéndose de su condición de presidente y posteriormente de secretario general y, de la inexistencia de un insuficiente sistema de control de gastos en el partido, a cargar a las cuentas del partido gastos de naturaleza personal no relacionados con su actividad política y por ende desvinculados de la actividad y del interés del partido».

Más de 5.000 euros en gastos personales

Tales gastos, según la resolución, son los siguientes: «Gastos de procurador por asunto político previo relacionado con otro partido político y procurador por un asunto personal; psicotécnico; zapatos; cuatro desplazamientos a la localidad de A Coruña y gastos de hotel y alimentación; hotel de su suegro; pedidos de comida a domicilio particular y a nombre de familiares».

También, «juegos de videoconsola; cuatro billetes de tren AVE de sus hijos; cinco entrada para la ‘Copa Davis’, dos entradas para el Museo Thyssen y dos entradas para el Museo del Prado; cama completa, compuesta por colchón, patas y canapé y gastos de restaurante en localidades de veraneo, además de otros establecimientos de comida rápida».

Estos gastos ascienden en su totalidad a la suma de 5.550,51 euros, «habiéndose practicado cuantas diligencias se estimaron necesarias para determinar la naturaleza y circunstancias de los hechos, de las personas que en ellos tuvieron participación, así como del órgano competente para el enjuiciamiento».

Por todo ello, ordena continuar la investigación por los trámites del procedimiento abreviado por si los hechos fueran constitutivos de un delito continuado de apropiación indebida.

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