La presidenta de la Sala de lo Social del TS convoca un Pleno para analizar la reciente sentencia del TJUE sobre los interinos
El objetivo es determinar si es pertinente o no un cambio de doctrina de la Sala Cuarta. Foto: Confilegal.

La presidenta de la Sala de lo Social del TS convoca un Pleno para analizar la reciente sentencia del TJUE sobre los interinos

El próximo 22 de junio
|
10/6/2021 01:00
|
Actualizado: 10/6/2021 01:00
|

El Pleno de la Sala de lo Social del Tribunal Supremo estudiará el próximo 22 de junio el impacto de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre interinos (asunto C-726/19).

Según ha confirmado a Confilegal la propia presidenta de la Sala, María Luisa Segoviano, el Pleno será presencial y los magistrados convocados llevarán estudiadas aquellas sentencias que están pendiente de fallo sobre esta cuestión de trabajadores temporales en situación de abuso.

El objetivo es analizar si es pertinente o no un cambio de doctrina de la Sala Cuarta.

Hasta el momento, la Sala de lo Social no ha reconocido el derecho a indemnización de los trabajadores interinos, ni que haya una situación de abuso, pese a llevar el trabajador varios años en ese puesto por necesidades estructurales.

En un Pleno de marzo del 2019, la Sala Social señaló que los trabajadores con contrato de interinidad por sustitución de otro trabajador no tienen derecho a la indemnización que se otorga en los despidos por causas objetivas (20 días por año trabajado), ni tampoco a la indemnización de 12 días por año que se concede a la finalización del contrato temporal.

A raíz de dicha resolución se alzaron varias voces señalando la necesidad de una reforma de la temporalidad en las administraciones públicas, un debate que sigue estando de actualidad en el día de hoy, con más de 800.000 trabajadores interinos en fraude de ley.

El objetivo del Pleno del próximo 22 de junio es analizar el reciente fallo del TJUE y ver qué incidencia tiene en la doctrina actual y cómo se abordaría un posible cambio de criterio al respecto.

Desde esta Sala confirman que tienen bastantes asuntos pendientes por resolver. También Segoviano reconoce que las sentencias del TJUE no son de fácil lectura, son complicadas y hay que verlas con calma. “Por ello no se pueden sacar conclusiones apresuradas porque dejan cuestiones abiertas para al juez nacional”.

Es previsible que haya un intenso debate ese día 22 de junio, la idea es encontrar un consenso o una opinión mayoritaria sobre la tendencia a seguir a partir de ahora: si mantenerse en los criterios actuales o adoptar un cambio de criterios tras las deliberaciones que tengan lugar ese día.

Un Pleno, clave de cara al futuro

Las reacciones a esta convocatoria de Pleno no se han hecho esperar a todos los niveles. A nivel jurídico, Fruitos Richarte, exmagistrado, ahora abogado, socio director del despacho Judilex, especializado en ‘Compliance’, un profesional volcado en la defensa del colectivo de interinos se ha manifestado sobre este asunto.

“Este tipo de iniciativas deberían hacerse más asiduamente. Creo que están actuando como deben de proceder. Hay un hecho posterior a la presentación de la demanda y el pleito, como es esta sentencia del TJUE que puede incidir en la decisión que deben tomar los magistrados”.

Fruitós Richarte, socio director del despacho Judilex.

Hasta el momento, explica, “la jurisprudencia de esta Sala de lo Social ha ido de espaldas a los planteamientos del TJUE. En el fallo se habla de que no reconocían ni indemnización ni concediendo la situación de indefinido no fijo. Te ibas a la calle sin ningún tipo de indemnización”.

“Ahora la sentencia del TJUE parece que les corrige y les señala que no deben permitir que el empresario abuse del trabajador temporal. Ese es el objetivo de la Directiva 1999/70 evitar este tipo de abusos en estos profesionales”.

Otra cuestión que señala este experto es que en el fallo del TJUE se aclara a los jueces españoles “que si la jurisprudencia del Tribunal Supremo es contraria al derecho europeo no debe aplicarse”.

A su juicio, “el Gobierno trabaja en la temporalidad de las empresas, muy pocos en comparación con las empresas publicas, es complicado hacer cualquier trampa porque la inspección está muy encima. La inspección solo trabaja en ámbito privado, pero en el público no hace nada y debería hacerlo”.

Para Beatriz González, abogada experta en derecho administrativo, el Pleno vendrá a resolver la postura de la Sala tras la cuestión prejudicial planteada por una sección del TSJ de Madrid en la sentencia de 3 de junio pasado.

Desde su punto de vista, “las últimas sentencias de la Sala Social del Tribunal Supremo han sido contrarias a cualquier abuso existente. Las que salieron en septiembre del año pasado tras el fallo del TJUE de marzo del 2020 no hablaban de abuso pese a que había trabajadores de larga duración que cubrían necesidades estructurales”, destaca.

Esta jurista nos aclara que la utilidad de los Plenos de las diferentes Salas del Supremo van en esa dirección, “se trata de unificar criterios de tal forma que la seguridad jurídica se mantenga cuando hay fallos de este tipo de calado que vienen de Europa”.

Esperamos que la conclusión a la que lleguen es que “hay que empezar a aplicar la jurisprudencia del TJUE y darse cuenta que el artículo 4 bis de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ), que dice que los jueces nacionales están obligados a aplicar la doctrina del TJUE, no es una potestad. Están obligados a ello”.

Por su parte, Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados, cree que “el Pleno es absolutamente necesario tras señalar la sentencia del TJUE del 3 de junio que la jurisprudencia española emanada del Tribunal Supremo no se ajusta a la Directiva 1999/70”.

Fabián Valero, socio director de Zeres Abogados.

Al mismo tiempo señala que “debe retomarse el criterio de que tres años en la duración máxima de un contrato de interinidad en vacante, sin que se pueda prorrogar esta duración por motivos presupuestarios”.

Este experto en derecho laboral considera que “debe darse un paso adicional en la configuración del indefinido no fijo, garantizando la estabilidad en el puesto como personal a extinguir”.

Noticias Relacionadas:
Lo último en Tribunales