El PSOE lleva al Congreso una Proposición de Ley para que todas las infracciones graves de tráfico se tramiten por la vía penal
El magistrado de la Sala de lo Penal del Supremo Vicente Magro Servet, que lleva tiempo reclamando que todas aquellas infracciones graves, que son casi todas, siempre fueran a la vía penal para que los accidentados pudieran ser reconocidos por el forense y tramitar sus procedimientos por la vía penal, considera "muy acertada" la iniciativa del PSOE. Foto: Carlos Berbell/Confilegal

El PSOE lleva al Congreso una Proposición de Ley para que todas las infracciones graves de tráfico se tramiten por la vía penal

Con esta iniciativa se suprime un inciso final de los artículos 142 y 152 que daba lugar a que los jueces de instrucción pudieran valorar la entidad de la infracción y archivar en la vía penal
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23/7/2021 12:18
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Actualizado: 23/7/2021 12:18
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El PSOE ha registrado en el Congreso una Proposición de Ley Orgánica para que se suprima un inciso final de los artículos 142 y 152 del Código Penal que estaba dando lugar a que los jueces de instrucción pudieran valorar la entidad de la infracción de tráfico y aunque fuera una infracción menos grave, decir que la entidad no era tan relevante para llevarlo a la vía penal y, en consecuencia, archivar.

Según los expertos en la materia, un volumen importante de asuntos se estaban archivando en la vía penal y obligaban a los perjudicados a irse a la vía civil.

Con esta Proposición de Ley, desaparece dicho inciso de los artículos 142 y 152 y ya todos los asuntos en los que la infracción de tráfico sea considerada como «grave» por la Ley de Seguridad Vial, tendrá que tramitarse obligatoriamente por la vía penal.

El PSOE también propone la reducción de la pena a un mes de multa en caso de provocarse por imprudencia menos grave lesiones que necesitan tratamiento médico o quirúrgico que no son invalidantes, pero sí relevantes. Con esta reducción de la pena, la consecuencia es que «no sea preceptivo estar asistido de abogado y procurador y que el proceso se juzgue por un juez de instrucción, pero sin menoscabo de todas las garantías para la víctima», explica.

Este es un tema sobre el que el magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Vicente Magro Servet ha publicado varios artículos en revistas especializadas advirtiendo que los accidentes de tráfico debían ir todos a la vía Penal en cuanto se tratara tan solo de una imprudencia menos grave, es decir que todas aquellas infracciones graves, que son casi todas, siempre fueran a la vía penal para que los accidentados pudieran ser reconocidos por el forense y tramitar sus procedimientos por la vía penal.

El magistrado Vicente Magro Servet tiene a sus espaldas 34 años de servicio ininterrumpido en la Carrera Judicial. Foto: Carlos Berbell/ Confilegal.

Preguntado por la iniciativa del PSOE, el magistrado señala a Confilegal que la considera «muy acertada», que va a permitir tramitar por la vía penal todas las infracciones graves de tráfico «evitando los archivos y dando más protección a los perjudicados para ser reconocidos por el médico forense y una mayor agilización en el cobro de sus indemnizaciones».

Además, destaca que «el propio Tribunal Supremo, en la sentencia 2533/2020, de 22 de julio, con ponencia del magistrado Antonio del Moral, también estableció analizar la imprudencia menos grave, y recomendaba que las denuncias por accidentes de tráfico se tramitaran en principio por la vía penal hasta que se hiciera el reconocimiento por el médico forense».

«En esta sentencia del Pleno de la Sala de lo Penal, se especificó lo que se considera imprudencia menos grave, analizando de forma amplia la posibilidad de que se tramitaran por la vía penal», señala el magistrado Magro Servet.

Por tanto, esta jurisprudencia del Supremo ha motivado también la iniciativa legislativa del PSOE, que fija ya el criterio de forma exacta suprimiendo el citado inciso final, también en sintonía con la doctrina de la sentencia con ponencia de Del Moral, firmada también por Magro Servet y los magistrados Manuel Marchena Gómez (presidente), Julián Sánchez Melgar, Miguel Colmenero Menéndez de Luarca, Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre, Andrés Palomo del Arco, Ana María Ferrer García, Pablo Llarena Conde, Susana Polo García, Carmen Lamela Díaz y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina.

El PSOE registró ayer su Proposición de Ley Orgánica de modificación del Código Penal en materia de imprudencia en la conducción de vehículos a motor o ciclomotor.

LA INICIATIVA PARA DESCARGAR 

El grupo parlamentario socialista recuerda en su exposición de motivos que la reforma del Código Penal llevada a cabo por la Ley Orgánica 1/2015, de 30 de marzo, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, llevó aparejada la derogación del Libro III relativo a las faltas y la reconstrucción de las conductas allí incluidas que o bien pasaron a tipificarse como delitos leves o quedaron fuera del Código Penal.

Añade que a este hecho se unió la aprobación de la Ley 35/2015, de 22 de septiembre, de reforma del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación que «supuso un cambio muy importante en la reclamación de las indemnizaciones por los daños sufridos como consecuencia de un siniestro». La supresión del Auto de cuantía máxima, así como el establecimiento de un nuevo y más complejo sistema de exigencia por los daños sufridos las personas y en sus bienes, así como los gastos y otros perjuicios a los que tenga derecho según establece la normativa aplicable.

El PSOE señala que la Ley Orgánica 2/2019, de 1 de marzo, de modificación de la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal, en materia de imprudencia en la coducción de vehículos a motor o ciclomotor y sanción del abandono del lugar del accidente, supuso, entre otras cuestiones, dotar al sistema penal de una mayor seguridad jurídica para poder objetivar conductas que constituyen acciones peligrosas generadoras de riesgo de ls imprudencia menos grave, así como llevar a cabo una mayor adecuación de las penas y las conductas merecedoras de reproche penal».

Subraya que la reforma de 2015 «produjo en las víctimas sensación de indefensión elevada como consecuencia de que muchos juzgados de instrucción, como bien señaló la Fiscalía de Seguridad Vial, tendieron ‘al dictado de autos de archivo a limite, incluso cunado hay indicios de imprudencia grave como en atropellos a peatones’, o al dictado indiscriminado de resoluciones de sobreseimiento libre, sin una mínima instrucción que aclare la gravedad de la imprudencia o la existencia de resultados lesivos típicos».

Los socialistas añaden que son «prácticamente inexistentes» las incoaciones directas de procedimientos por delitos leves de imprudencia menos grave, «con el riesgo que supone de devaluación de la respuesta penal frente a los siniestros viales y prorección de las víctimas, en un mal entendido alcance de la reforma, llegando al punto de que en algunas provincias no se ha llegado a celebrar juicio alguno por delito leve en materia de imprudencia menos grave en el ámbito de la siniestralidad vial».

El PSOE también recuerda que el pasado 27 de abril, el fiscal delegado intervino en la Comisión de Seguridad Vial del Congreso y, «como gran conocedor de la problemática que afecta a las víctimas de accidentes, reiteró la importancia de su protección y que al efecto, recientemente había remitido a las policías de tráfico un oficio detallando de forma pormenorizada los supuestos en los que se habrá de levantar atestado, con el fin de garantizar la protección de las víctimas y asegurar su adecuado resarcimiento económico».

Apunta que la reforma tampoco ha dado la respuesta esperada en opinión de determinados colectivos, como la Mesa Española de la Bicicleta, que han concluido «la necesidad de proceder a una nueva reforma del Código Penal para evitar los resquicios de la ley que posibilitan que se archiven imprudencias menos graves cuando se produzcan lesiones o muerte tras la comisión de una infracción catalogada como «grave» en la Ley de Seguridad Vial y que, por rutina, los tribunales consideran «leves» y, por tanto, carentes de responsabilidad penal, en uso de la facultad que les da la norma con esta redacción».

Por todo ello, el PSOE propone modificar el texto legal «para eliminar que que el juez o tribunal pueda subjetivamente apreciar la inexistencia de delito».

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