La Audiencia de Madrid absuelve al exnúmero dos de la Policía Eugenio Pino y al inspector jefe Bonifacio Díez por el caso pendrive de Pujol
Eugenio Pino (en la imagen) y el inspector jefe Bonifacio Díaz Sevillano fueron absueltos de los delitos de revelación de secretos, falso testimonio y estafa procesal de los estaban acusados.

El TSJM revisará el 11 de enero el recurso de Pujol Ferrusola contra la absolución del exnúmero dos de la Policía Eugenio Pino por el caso pendrive

La Audiencia de Madrid concluyó que no hubo revelación de secretos porque al facilitar a la UDEF la información sobre Pujol Ferrusola, la actuación del DAO de la Policía estaba amparada por el deber de perseguir el delito

4 / 01 / 2022 15:52

Actualizado el 04 / 01 / 2022 16:02

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) revisará el próximo martes, 11 de enero, el recurso de Jordi Pujol Ferrusola, primogénito del expresidente catalán Jordi Pujol, contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid que absolvió al comisario jubilado Eugenio Pino, exdirector adjunto operativo (DAO) de la Policía Nacional con Jorge Fernández Díaz en el Ministerio del Interior, en el caso del pendrive ‘fantasma’ de los Pujol.

El tribunal de la Sala de lo Civil y Penal del TSJM celebrará la vista pública de apelación a las 10.00.

Pino y el inspector jefe Bonifacio Díaz Sevillano fueron absueltos de los delitos de revelación de secretos, falso testimonio y estafa procesal de los estaban acusados. 

El tribunal ha citado al exDAO para que comparezca personalmente en la vista, pero no así al otro agente absuelto.

La vista se aplazó el pasado mes de noviembre por problemas de agenda del letrado de Pujol Jr, que tenía otra vista en la Audiencia Nacional.

Los abogados de Pujol Ferrusola consideran que durante la instrucción y el juicio quedó probada la comisión de un delito de revelación de secretos, ya que sostienen que Pino entregó un pendrive con información de los Pujol a la Unidad de Delincuencia Económica y Fiscal (UDEF) a sabiendas de que su origen era ilícito.

En su sentencia, la Audiencia señaló que a pesar de los numerosos testimonios aportados durante el juicio, celebrado entre el 9 y el 12 de junio de 2020, “se desconoce quién, cómo y cuándo accedió a la totalidad de la ‘vida informática’ de Jordi Pujol Ferrusola”, sin que tampoco “se haya podido determinar cómo y a través de quién llegó esa información a poder del Director Adjunto Operativo (DAO) del Cuerpo Nacional de Policía”, Eugenio Pino.

Además, indicó que durante el juicio tampoco pudo establecerse “si la información fue facilitada por el comisario de asuntos internos Martín de Blas, si procedía de la empresa de detectives Método-3, o si era fruto de la colaboración con ex-detectives de dicha agencia».

El tribunal de la Sección 23 de la Audiencia Provincial de Madrid integrado por María del Rosario Esteban Meilán, Jesús Gómez-Angulo Rodríguez (ponente) y María Paz Batista González sostiene en la resolución recurrida que la conducta del exDAO Eugenio Pino «está alejada de un correcto actuar profesional», y que «su oscurantismo sobre el origen de la información puso en serio riesgo de contaminación la investigación sobre Jordi Pujol Ferrusola» desarrollada en la Audiencia Nacional y que está pendiente de juicio.

Concluyó que Pino la actuación de Eugenio Pino «faltó gravemente a los deberes de lealtad de la policía judicial para con la investigación procesal, pero al no constar una prevalencia de su posición funcionarial en la obtención del material informativo ilícito, ni un uso que, más allá de graves omisiones o incorrecciones formales, pueda catalogarse de alejado de la pauta profesional indicada, no parece que quepa efectuarle reproche penal”.

El primogénito del expresidente catalán alega en el recurso, en el que sólo impugnó la absolución del exDAO, que los hechos probados de la sentencia, así como algunas de las afirmaciones contenidas en los fundamentos jurídicos demuestran que cometió un delito de revelación de secretos porque, aún teniendo conocimiento del «origen delictivo» de la memoria USB, decidió ceder la información a «un tercero», extendiendo, por tanto, la «lesión a intimidad» de Pujol Ferrusola que se había cometido previamente.

Solicita que se dicte una nueva sentencia contra Pino y que se le condene a dos años y medio de cárcel al entender que no existía un deber de perseguir el delito y de denuncia.

Según manifiesta, la entrega del pendrive «no obedecía a ninguna razón de urgencia ni necesidad» de poner en conocimiento a la policía judicial de esta nueva información porque el juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ya «se encontraba desde hacía varios años investigando» a Pujol Ferrusola.

PEDRAZ ABRIÓ EN JUNIO JUICIO ORAL CONTRA PUJOL Y SUS SIETE HIJOS

El pasado mes de julio, el magistrado de la Audiencia Nacional Santiago Pedraz abrió juicio oral contra Jordi Pujol, sus siete hijos y otras once personas, entre ellas la exmujer de Pujol Ferrusola, Mercé Gironés, o los empresarios Luis Delso HerasCarlos Sumarroca Claverol y Carlos Vilarrubí.

Por hechos tipificados como delito de asociación ilícita, blanqueo de capitales, delito continuado de falsificación de documento mercantil, siete delitos contra la Hacienda Pública y delito de frustración de la ejecución.

Impuso una fianza de 7,5 millones al primogénito, que éste cubrió con su colección de coches de lujo, una casa y una cuenta bancaria.

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