El Tribunal Supremo confirma la condena a Chaves y Griñán por el caso ERE
José Antonio Griñán tendrá que entrar a prisión a cumplir la pena de 6 años que le impuso la Audiencia Provincial de Sevilla
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26/7/2022 09:07
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Actualizado: 26/7/2022 10:16
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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena del caso ERE a los expresidentes de la Junta de Andalucía Manuel Chaves y José Antonio Griñán. Por tanto, Griñán tendrá que ingresar en prisión para cumplir la pena de seis años y dos días que le impuso la Audiencia Provincial de Sevilla por un delito continuado de prevaricación y un delito continuado de malversación.
Además de la pena de cárcel, ha sido sentenciado a 15 años de inhabilitación.
En el caso de Chaves, su condena es de 9 años de inhabilitación para empleo o cargo público por un delito continuado de prevaricación.
El tribunal de la Sala de lo Penal, integrado por los magistrados Juan Ramón Berdugo Gómez de la Torre (presidente), Ana Ferrer García, Susana Polo García, Carmen Lamela Díez y Eduardo de Porres Ortiz de Urbina (ponente), ha desestimado los recursos de casación que ambos interpusieron contra la sentencia 490/2019, de 19 de noviembre de 2019, de la Sección Primera de la Audiencia.
Sin embargo, el Supremo ha estimado íntegramente los recursos de casación interpuestos por los exsecretarios generales técnicos de la Consejería de Empleo Javier Aguado Hinojal, Juan Francisco Sánchez García y Lourdes Medina Varo, y ha acordado, por mayoría de sus miembros, anular la resolución de la Audiencia, dictando una nueva sentencia en la que los absuelve del delito continuado de prevaricación administrativa, declarando de oficio las costas procesales de primera instancia y las derivadas de sus recursos de casación.
Los dos primeros habían sido condenados por la Audiencia a 9 años de inhabilitación especial, mientras que Medina a 8 años, 6 meses y 1 día.
El TS también ha estimado parcialmente el recurso del exdirector general de Trabajo y Seguridad Social Juan Márquez Contreras, y lo ha condenado como autor responsable de sendos delitos continuados de malversación de caudales públicos y prevaricación administrativa, en relación de concurso ideal, pero apreciando la atenuante analógica y muy cualificada de reparación del daño, con la consiguiente reducción de sanciones.
Le ha impuesto tres años de prisión, y siete años y medio de inhabilitación absoluta, que conlleva la privación definitiva de todos los honores, empleos y cargos públicos que tuviere el penado o cualesquiera otros honores, cargos o empleos públicos, con imposición de las 2/37 partes de las costas procesales de primera instancia y declarando de oficio las causadas con su recurso de casación.
Inicialmente, había sido condenado a 7 años de cárcel y 18 de inhabilitación absoluta.
VOTO PARTICULAR DISCREPANTE
El Supremo ha avanzado hoy el fallo de los recursos, la sentencia se conocerá en los próximos días, una vez que se redacte el voto discrepante anunciado por las magistradas Ana Ferrer y Susana Polo.
Estas magistradas consideran que deberían haber sido estimados parcialmente los recursos interpuestos por Griñán, Miguel Ángel Serrano Aguilar, Jesús María Rodríguez Román, Francisco Vallejo Serrano, y Carmen Martínez Aguayo y que deberían haber sido absueltos del delito continuado de malversación de caudales públicos.
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