Juicio con jurado sevilla
El LAJ del tribunal del jurado de Sevilla tiene que optar por continuar con las actas, desafiando al Ministerio o cumplir con la legislación. Foto: El Correo de Sevilla.

¿Videograbará el LAJ el juicio de jurado previsto para mañana en Sevilla o mantendrá solo el método de las actas, desafiando al Ministerio?

4 / 09 / 2022 01:00

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El letrado de la Administración de Justicia (LAJ), Luis Revilla, responsable de la oficina del Tribunal del Jurado de Sevilla, comienza mañana en la Audiencia Provincial de la ciudad del Gualdalquivir un nuevo juicio con jurado.

La mañana del lunes el LAJ desvelará «el misterio» de su posición: ¿seguirá dando fe de los juicios con jurado solo mediante el recurso de las actas que elabora una funcionaria del cuerpo de tramitación, como ha venido haciendo desde 2009, cuando una modificación de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECRim) estableció la obligatoriedad de grabar todas y cada una de las vistas en soporte informático –han sido más de 300 los juicios que no han contado con videograbaciones–?

¿O finalmente cumplirá con lo que establece el artículo 743 de la LECRim, el artículo 230.3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, el artículo 147 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y la Ley Ley 18/2011, de 5 de julio, reguladora del uso de las tecnologías de la información y la comunicación en la Administración de Justicia?

Sin olvidar el acuerdo del Pleno de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 28 de mayo de 2017, la jurisprudencia del Supremo y del Constitucional y, quizá igual de importante para los LAJ, la Instrucción 3/2010 de la Secretaría General de la Administración de Justicia relativa a aspectos derivados del nuevo régimen de competencias de los Secretarios Judiciales establecido por la Ley 13/2009.

Si da orden de videograbar el juicio con jurado popular supondrá, por parte de Revilla, el reconocimiento público del error que ha venido cometiendo desde hace 13 años; y su rectificación.

Lo contrario, continuar con las actas en detrimento de las videograbaciones, representará un desafío en toda regla al Ministerio de Justicia y, de forma particular, al secretario general de la Administración de Justicia, Manuel Olmedo, su «jefe supremo», un magistrado que tiene muy claro el acerbo legislativo actual y que los juicios deben grabarse. No puede haber otra interpretación.

CNLAJ: UNA DEFENSA DEL LAJ INEXPLICABLE

Revilla fue apoyado públicamente –y de forma incomprensible– por el Colegio Nacional de Letrados de la Administración de Justicia (CNLAJ), la asociación mayoritaria de este cuerpo de funcionarios compuesto por 3.748 personas.

El LAJ pertenece a esta asociación que acudió en su ayuda, «validando» su forma de actuar; obviando toda la legislación vigente.

Si Revilla mantuviera su actitud y decidiera proseguir con las actas en detrimento de las videograbaciones, sin optar por las dos soluciones –son totalmente compatibles–, entraría en conflicto directo con el Ministerio, que tendría que responder con rotundidad.

Porque, de otra forma, se estaría enviando, desde la calle de San Bernardo, donde tienen sus sedes los tres edificios del Ministerio, un evidente mensaje de debilidad a este cuerpo nacional de funcionarios.

En ese escenario, con toda seguridad, la actitud de Revilla podría ser emulada por compañeros en otros juzgados de España, lo que habría necesidad de «corregir» inevitablemente.

EXPLICACIONES

Queda pendiente, por otra parte, que las instituciones directamente relacionadas con los juicios con jurado de Sevilla, léase el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, la Audiencia Provincial de Sevilla, la Fiscalía Superior de Andalucía, la Fiscalía de Sevilla, y los responsables de este cuerpo, a nivel autonómico y provincial, den algún tipo de explicación que justifique que haya existido esta anómala situación desde hace 13 años sin que nadie haya tomado medidas.

Trece años durante los cuales los condenados, mayormente en juicios por homicidio y asesinato, no han dispuesto de las grabaciones de sus juicios que, seguramente, habrían sido de gran valor para los recursos de apelación y de casación interpuestos por sus abogados.

Letrados que nunca protestaron por esta «anomalía». Solo en dos ocasiones, una en 2017 y otra en este 2022, lo hicieron.

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